Don Pedro Bolio [y Lara], de esta vecindad, abastecedor de carnero de esta Villa, dijo que por cuanto no se han cumplido las intenciones y orden que se propuso a él rematar el abasto, declara que no es posible continuar en este encargo, por lo que ha convenido traspasarlo a don José Antonio Domínguez, que corre ya por su cuenta, quien se obliga a cumplir el contrato en los mismos términos, como si en él se hubiera fijado el remate, y ofrece por sus fiadores a su hermano don Antonio Basilio Domínguez, y a don Antonio Meneses, vecinos del pueblo de Coatepec, de tal forma que si el abastecedor no cumple, los fiadores lo harán por él.\t
MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0054
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02/04/1810
Parte de Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0059-PX_0059_0131
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07/11/1794
Parte de Archivo Notarial de Xalapa
Los herederos de don Manuel Eugenio de Acosta a saber, don José Antonio Viveros, María de Jesús de Acosta, su esposa; don Agustín García Campomanes, marido de Mariana de Acosta, y demás hijas; otorgan poder especial a don Pedro Bolio y Lara, vecino de la Villa de Xalapa, para que en sus nombres asista al juicio divisorio de los bienes que quedaron por el fallecimiento de dicho don Manuel Eugenio de Acosta