Don Mariano de Campo, de este comercio y vecindad, como apoderado de los herederos de Acosta, y don Cayetano Acosta, marido legítimo de doña Mónica Acosta, heredera del Presbítero don José Nicolás de Acosta, ambos se expresaron respecto a cierto litigio que trataron de promover la susodicha y su consorte por el derecho que exponen tener a las tierras nombradas los Ojuelos, por lo cual se han comprometido en poner dicho asunto en manos y parecer de jueces árbitros para que de común acuerdo decidan las dudas y diferencias que encontraren, por lo que otorgan poder a los licenciados don Sebastián Jarero, vecino de la Nueva Veracruz, y a don José María Durán, de esta Villa, ambos Abogados de la Real Audiencia de México. El primero nombrado por parte de don Mariano de Campo y el segundo por la de don Cayetano Acosta, para que ambos de mancomún vean los autos o papeles que sobre el caso hubiera y con audiencia o sin ella procedan a sentenciar lo que les parezca.
El Capitán José de Arias y Torija, dueño de ingenio de azúcar y de labor en esta jurisdicción de Xalapa, otorga poder al Licenciado Sebastián Jarero, Abogado de la Real Audiencia y vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa,vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, otorga poder al Licenciado Sebastián Jarero, Abogado de la Real Audiencia de Nueva España, y vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles.
Don Pedro Mariano de la Cruz, vecino de esta Villa, otorga poder especial al Licenciado don Sebastián Jarero, Abogado de la Real Audiencia y vecino de la Nueva Veracruz, para que en nombre de la otorgante solicite de cualesquiera cofradías, capellanías, obras pías o personas particulares o comunidades, la cantidad de pesos que le quisieran dar a premio de 5 % a censo redimible o depósito irregular, por los tiempos o plazos que ajustare y con hipoteca de una casa en esta Villa.