Don Miguel Ignacio de Miranda, vecino y del comercio de la ciudad de la nueva Veracruz, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, vecino de la Puebla, para que en su nombre lo constituya y obligue de mancomún con don Manuel Antonio Ysasi, vecino y del comercio de Veracruz, por abonadores de don José Ignacio de Zulueta, don Salvador Carrau, don Domingo Escandón, don Miguel de Lizardi y don José Mariano de Almanza, todos vecinos y de aquel comercio, como fiadores propuestos para caucionar la cantidad de 20,000 pesos a razón de 4,000 pesos cada uno, que han de entregarse a don Mariano Francisco Pasquel, de la propia vecindad, otorgando al efecto la escritura de abono de los enunciados cinco fiadores de la expresada cantidad de mancomún con el referido don Manuel Antonio Ysasi.
María Josefa de Paz, doncella mayor de 25 años, vecina de esta Villa, ha recibido de don Domingo Escandón, vecino y del comercio de la Ciudad de la Nueva Veracruz, 300 pesos que le ha prestado por hacerle bien y buena obra, los que se obliga a pagar en 4 años.
María Josefa de Paz, doncella mayor de 25 años, vecina de esta Villa, otorga poder especial a don Domingo Escandón, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que administre, gobierne, arriende, venda o hipoteque a su arbitrio una casa de paredes y teja, ubicada en la Calle de Tecuanapa o del Beaterio, con la que hace frente al norte, entre las casas de don Pablo Fraile de Santa María que quedan al poniente, y la de doña Ana Castro al oriente.
Don Tomás Murphy, don José Mariano de Almanza, don Domingo Escandón, don Salvador Carrau, don Ángel González y don Pedro Miguel de Echeverría, todos vecinos y del comercio de la Ciudad de la Nueva Veracruz, otorgan poder especial a don Miguel de Lizardi, de la misma vecindad y comercio, para que en unión del citado Lizardi y de otros sujetos, pueda constituirlos y obligarlos como fiadores en aquella intendencia a favor de la Real Hacienda, de todo el valor del cargamento que condujo a aquel puerto la fragata americana Tañer.\t
Don Domingo Escandón, vecino y del comercio de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, como apoderado de doña María Paz, doncella, vecina de esta Villa, vende a don Juan de Dios Arzamendi, vecino de dicha ciudad, una casa de paredes cubierta de madera y teja, ubicada en la Calle de Tecuanapa o del Beaterio, con la que hace frente al norte, entre la casa de don Pablo Fraile de Santa María, que queda al poniente y la de Antonia de Castro, que queda al oriente, y por su fondo al sur linda con casas de don Antonio Gómez, Clérigo Presbítero. La vende en 2 500 pesos.
Don Domingo Escandón, vecino y del comercio de la Ciudad de Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder a don Pablo de Escandón, de la misma vecindad, para que en su nombre y representación se presente ante el Juez de la testamentaria del difunto don Manuel Teodoro Bravo, vecino que fue de Tehuacán, y cobre de sus herederos y albaceas las cantidades que por escritura consta estarle debiendo dicho difunto.
Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, actual alcalde de segunda nominación, dijo que el Presbítero don José Gil y Cosío, es dueño legítimo de una casa de altos y bajos, ubicada en esta villa a la calle Primera de la Amargura, con 18 varas de frente hacia el poniente y 31 varas de fondo al oriente, por donde linda con solar de la casa del finado don Felipe Díaz de Peón; por el sur con casa alta de los herederos del difunto don Manuel de Olmedo y por el norte con casa baja del Presbítero don José Manuel Casas; la cual compró a don Manuel Téllez, como consta la escritura otorgada en esta villa a 4 de septiembre de 1820. Que a virtud de hallarse demente el Presbítero Gil le fue nombrado tutor suyo don Manuel de Villa y Cosío, vecino de Veracruz, quién solicitó se le habilitase para vender la casa mencionada. Y en efecto se practicaron los trámites y requisitos legales, hasta que habiéndose subastado dicha finca, sin haberse presentado más postor que el señor don Ramón Ruiz, quién ofreció al contado las dos terceras partes de su valor y 10 pesos más, que uno y otro hacen 2 676 pesos 5 y medio reales, y sujetándose además a la suerte que corra la decisión de un punto pendiente relativo a una obligación de 661 pesos 3 reales, otorgada por el referido don Manuel Téllez a favor de doña Ana María Solórzano, como albacea de don Domingo Escandón, con hipoteca de la casa que se ha mencionado, para continuar reconociendo dicha suma en los términos y con las condiciones que se refieren en la escritura de obligación formalizada en la ciudad de Veracruz el 18 de junio de 1817, registrada en el libro de hipotecas de esta villa a los 7 de julio de 1817. Por lo tanto, habiendo quedado la venta al señor Ruiz en el precio y con las condiciones mencionadas y no pudiendo pasar a esta villa el tutor, éste último le confirió al compareciente un poder especial para el otorgamiento de la escritura y usando de dicha facultad, por la presente, el nominado don Francisco Fernández y Agudo a nombre de don Manuel de Villa y Cosío como tutor del Presbítero don José Gil y Cosío otorga que vende la casa antes mencionada al señor don Ramón Ruiz, actual Ministro Superior de Justicia de este Estado, en precio de 2 676 pesos, cinco y medio reales, que en este acto exhibe el comprador y de cuya suma otorga el formal recibo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODon Francisco Antonio de Zulueta, vecino de la Ciudad de México y de tránsito en esta Villa de Jalapa, otorga poder especial a don Domingo Escandón, vecino de la Veracruz, para que lo obligue como fiador de don José Inocencio de Zulueta, también vecino de la Veracruz, junto con don Pedro Patricio Sáenz, su otro fiador, para que paguen a los acreedores de dicho principal las cantidades estipuladas en junta que tuvo con ellos.\r\n
Don Pedro Garay y Bea-Murguia, vecino de la Villa de Xalapa, junto con don José Antonio de la Madrid y Loviano, vecino y del comercio de la ciudad de la Nueva Veracruz, el primero con poder de don Miguel de Lizardi y don Domingo Escandón, Síndicos de la quiebra de don Baltazar Ruiz Fernández, y el segundo como dueño de la hacienda el Lencero, venden a don José Ignacio de Uriarte, vecino de la citada ciudad de la Veracruz, la referida hacienda de el Lencero, situada en esta jurisdicción de Xalapa, ubicada en el camino Real que va a la Veracruz, linda al sur con las tierras del Mayorazgo de la Higuera, al poniente con tierras de don Fernando de Bárcena y de don Juan Pérez Pensado, al norte con tierras del Castillo de los herederos de don Roque Jacinto Florido, las de los Acosta y las del rancho de Atezca y al oriente con tierras del rancho el Coyol, propias de don Juan de Bárcena, dicha venta la hace en 40, 050 pesos y 4 reales.
Don Domingo Escandón y don Juan Antonio de Bárcena, vecinos y del comercio de Veracruz, residentes en esta Villa, otorgan poder especial a don Jaime Salvet, vecino de la Ciudad de México, para que en nombre de don Juan Antonio de Bárcena y de los derechos que representa de su tío don José Antonio de Bárcena, vecino de Cádiz, y los de dicho Escandón, se presente en el Real Tribunal del Consulado de México donde se halla radicado el concurso de la quiebra de don Joaquín Marañón, vecino de Guadalajara, y en los demás tribunales que convenga al cobro de las cantidades en que se hallen listados de los bienes de dicho fallido y demás deudores del mismo Marañón.