Auto sobre la memoria testamentaria y bienes que dejo Nicolás Felipe Bustamante, cuya memoria fue hecha en el paraje de la Banderilla el día 4 de octubre de 1802, donde declara ser natural de la Villa de Cabezón de la Sal, de las Montañas de Santander. Declara estar casado con doña Antonia Fierro, con quien tuvo tres hijos Antonia de Bustamante, Feliciana y Francisco, los cuales se encuentra en los reinos de Castilla. Nombra como sus albaceas a don Mariano Florido y a don Juan Onofre Garrido, su compadre.
El Presbítero don Francisco Mateo y don José Mariano Florido, hermanos, vecinos de esta Villa de Xalapa, otorgan poder general a don Juan Arredondo, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, de donde es vecino, para que cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías y efectos de cualquier especie que le deban asimismo para que lo defienda y represente en todos sus pleitos, causas y negocios.\t
El Presbítero Francisco Mateo Florido y don José Mariano Florido, hermanos y vecinos de esta jurisdicción de Xalapa, como nietos y herederos únicos de don Roque Jacinto Florido, otorgan poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la ciudad episcopal de la Puebla de los Ángeles, para que siga y acabe los asuntos que tienen promovidos sobre un comunicado que les dejó su difunto abuelo, a favor de las almas del purgatorio.
Don José María Díaz [Platas] y don José Mariano Florido, hijos y albaceas testamentarios de doña Anastasia Antonia Rodríguez, otorgan que han recibido de don Domingo Franceschi[Franco], vecino de esta villa, la cantidad de 500 pesos, quien se obligo a cubrirlos por la venta de una casa a su favor, por lo que solicitan la cancelación de la escritura de obligación.
Don José Pensado, vecino de las inmediaciones de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don José María Díaz [Platas] y de don José Mariano Florido, albaceas testamentarios de doña Anastasia Antonia Rodríguez la cantidad de 655 pesos 7 ½ reales que importó la hijuela de partición que se le aplicó a su mujer Anastasia Díaz, hija y heredera de los difuntos don Juan Manuel Díaz Platas y doña Anastasia Antonia Rodríguez, cantidad que tendrá en su poder como dote de su mujer, por lo que obliga su persona y bienes.
Don Francisco Díaz, vecino de las inmediaciones de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don José María Díaz [Platas] y de don José Mariano Florido, albaceas de sus padres don Juan Manuel Díaz Platas y doña Anastasia Antonia Rodríguez, la cantidad de 655 pesos 7 ½ reales como importe de su hijuela.
Don José Mariano Florido, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de los albaceas de sus padres políticos la cantidad de 655 pesos 7 ½ reales, mismos que se obliga a tener en su poder como dote y capital de su esposa doña Manuela Díaz, y en caso del fallecimiento o separación de ella los devolverá a sus herederos.
Don Roque Jacinto Florido, hijo legítimo de don Juan Martín Florido y de doña Catarina Domínguez, difuntos, natural del Castillo de las Guardias en los Reinos de Castilla, Arzobispado de Sevilla, y vecino del pueblo de Banderilla en suelo ajeno, jurisdicción de esta Villa de Xalapa otorga su testamento donde declara fue casado con Marcelina Gertrudis de Vargas; nombra como su heredero legítimo a su hijo don Juan Onofre Florido y como albaceas testamentarios a don Francisco Mateo y a don José Mariano Florido, sus nietos. Declara que los bienes, deudas activas y pasivas, derechos y acciones que tiene y le pertenecen lo saben sus albaceas.
Don Antonio García Campomanes, dueño de casas y haciendas en este pueblo, otorga poder especial a don José Mariano Florido, para que lo pueda obligar hasta por la cantidad de 4, 000 pesos, como fiador de don Roque Florido, y pagarlos en 2 plazos, la mitad en 3 años y los otros en 6.
El Muy Reverendo Padre Fray José Ignacio de Bocanegra, Guardián Presidente; don Bernabé de Elías Vallejo y don Rafael Velad, Votos Perpetuos; don Matías Martínez de Espinosa y don José María Becerra, don Andrés Semeria, don Jorge de Ojeda, don José Mariano Florido, don Domingo de la Rosa y don Narciso Jerónimo Echegaray, Consiliarios; con don Francisco Borja Lotina, Secretario, quienes componen la Venerable Mesa; dijeron que don José Fernández de Castañeda falleció bajo su último testamento que otorgó ante don Francisco de Madariaga, Escribano de la ciudad de México, el 7 de abril de último, en cuyo testamento se hallan dos cláusulas en las cuales nombra a la Venerable Mesa del Tercer Orden de Nuestro Padre San Francisco de Xalapa, como su albacea testamentaria y tenedor de bienes solo en lo respectivo a sus casa, asimismo, en otra cláusula nombra como heredera del remanente de su bienes, con especialidad de sus catorce casas, a la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María, que se venera en la capilla del mismo Tercer Orden de San Francisco de Xalapa, para que el usufructo o alquileres de ellas se invierta de la siguiente manera: 15 pesos mensuales para el culto de la Santísima Virgen y el remanente, pagados los cobradores, reparos de las casas y demás gastos precisos, se harán dos partes iguales de las que tomará una el padre guardián para repartirla entre si y los demás religiosos moradores de allí, y que apliquen todos misas rezadas de la limosna de un peso para las Ánimas del Purgatorio; y la otra mitad la entregará la Venerable Mesa albacea, también mensualmente al señor cura de la parroquia de Xalapa, para que la reparta a su discreción entre los clérigos más necesitados de aquella ciudad, apliquen también misas de la limosna de a peso para las Ánimas del Purgatorio. Y para dar cumplimiento a lo dispuesto por el testador, otorgan poder especial al Ministro Hermano Mayor de esta misma Venerable Orden Tercero don Antonio Velasco Quiroz, para que representando sus propias personas y los derechos y acciones de la testamentaria de don José Fernández de Castañeda, pueda recibir las expresadas casas por ante escribano que de dicha entrega de fe, asimismo, para que administre dichas casas poniéndolas en arrendamiento, cuidando de sus reparos y conservación, y para todo lo demás que sea necesario.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO