Don Juan Esteban de Elías, natural de la Villa de Soto, Obispado de Calahorra y la Calzada, provincia de la Rioja, vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, de estado soltero, mayor de 60 años de edad, hijo legítimo de don Juan de Elías y de doña María Pérez, difuntos, otorga su testamento en el cual nombra como albaceas, en primer lugar a don Juan de Bárcena, en segundo a don Pablo Fraile de Santa María, y en tercer lugar a don Juan Melitón de Lascuráin, el primero y el último vecinos de esta Villa y el segundo de Veracruz, como también a don Simón de Agreda y don Clemente Hernández de Elías, vecinos de la Ciudad de Cádiz. Nombra como heredera universal a su alma y cancela el poder para testar que otorgó el 29 de diciembre 1810 en esta Villa.
Doña Josefa Juana Álvarez de Guitián, vecina de Jalapa, dijo que el 8 de enero de 1785 confirió poder para testar al Licenciado Francisco Ángel del Camino, de esta misma vecindad, y por cuanto su apoderado y albacea ha hecho viaje a la Villa y Corte de Madrid, temiendo la otorgante que le acaezca la muerte antes de su regreso, declara que por vía de codicilo que los 800 pesos que en dicho poder declaró tener en el de don Simón de Agreda, vecino de Veracruz, los tiene ya percibidos y gastados en su larga enfermedad, por lo que esa cláusula no tiene ningún valor.
Don Francisco Javier Sáenz de Santa María, vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, otorga poder general a don Simón de Agreda, vecino y del comercio de Cádiz, para que en su nombre demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de todas y cualesquiera personas particulares o comunidades, todas y cualesquiera cantidades de pesos oro, plata, joyas, maravedís, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos de cualesquier especie y porción que le deban, y para que lo represente y defienda en todos sus pleitos.