Don Manuel de Lebrija y Abellán, hijo legítimo de don Manuel de Lebrija y Pruna y de doña Feliciana de Abellán,vecinos de la ciudad de la Nueva Veracruz, otorga su testamento donde declara que su caudal es la cuarta parte del valor de la Casa de Provisión de Bizcocho, que en compañía de su madre y otros dos hermanos tiene en Veracruz, más lo existente en Cajas Reales, considerado en más de 100 mil pesos. Nombra como albacea a su esposa doña María Josefa Martínez y Rosado, y por su falta a don Felipe Díaz, como sus universales herederos nombra a sus hijos legítimos.
El Licenciado José María Lebrija y Abellan, residente en la Villa de Xalapa, por sí y como apoderado de su madre doña Feliciana de Abellan y encargado de la administración de la Casa de Provisión de Bizcocho de Veracruz, otorga poder especial a don Felipe Díaz, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en nombre del otorgante y de su madre, administre y gobierne dicha Casa de Provisión de Bizcocho, comprando y vendiendo, sacando de cajas reales, el dinero que necesitare para su habilitación.
El Licenciado José María Lebrija y Abellán, Abogado de la Real Audiencia de México y residente en la Villa de Xalapa, apoderado de doña Feliciana de Abellán, su madre y encargado de la administración de la casa provisión de galleta de Veracruz, otorga poder especial a don Felipe Díaz, vecino de la ciudad de la Veracruz, para que en su nombre, el de su citada madre y de sus hermanos, administre, rija y gobierne la Casa Provisión de Bizcocho de la citada ciudad de la Veracruz.
Doña Feliciana de Abellan viuda de don Manuel de Lebrija y Pruna, y don Manuel de Lebrija y Abellan y doña Gertrudis de Lebrija y Abellan, mayores de 25 años, madre e hijos, vecinos de la ciudad de la Nueva Veracruz y residentes en Jalapa, reciben de don Fernando Gutiérrez de Navia, vecino y del comercio de la ciudad de la Puebla, la cantidad de 6, 000 pesos en calidad de depósito irregular para tenerlos por un lapso de 5 años, pagando un rédito del 5 % por cada año y para la seguridad en su pago hipotecan 4 casas que heredaron de don Manuel de Lebrija y Pruna, que poseen en la ciudad de Veracruz y sirven de provisión a Su Majestad para todos los bajeles que anclan en aquel puerto.
El Licenciado José María Lebrija y Abellán, residente en la Villa de Xalapa, como apoderado de su madre doña Feliciana de Abellán y encargado de la administración de la Casa Provisión de Galletas en Veracruz y por los interesados de la testamentaria de su difunto padre, otorga poder especial a don Felipe Díaz, vecino de la ciudad de Nueva Veracruz, para que en nombre del otorgante, de su madre y hermanos rija, administre y gobierne la Casa de Provisión de Bizcocho de la ciudad de Veracruz.