Don Tomás y don Marcos Roso, vecinos de la Villa de Xalapa, el primero como principal deudor y el segundo como su fiador, otorgan que el primero ha recibido del Licenciado don Bernardo María Sánchez de Ibáñez, Cura Propietario, Vicario y Juez Eclesiástico de la parroquia y Doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua, la cantidad de 900 pesos en calidad de depósito irregular, por tiempo de 5 años, cantidad que pertenece a la Hermandad de las Benditas Ánimas, obligándose a contribuir con 45 pesos anuales, y para su seguro pago hipoteca una casa con su sitio que le pertenece, ubicada en la calle de la Amargura, al norte linda con de don Domingo de Castro, al sur con casa de don Juan de Bárcena y al poniente con solar de don José de Zárate.
Don Vicente Lledo, vecino del pueblo de Altotonga, principal deudor, y don José Bello, vecino del mismo pueblo, como fiador, otorgan que se obligan a pagar a María Ana Roso, viuda y albacea de don Antonio Merino, y a don Marcos Roso, vecinos de esta Villa de Jalapa, la cantidad de 904 pesos y 3 reales, por compras que el principal deudor hizo a fiado.
Don Marcos Roso, vecino y del comercio de Jalapa, otorga poder general a don Tomás Franco, residente en la ciudad de Veracruz, para que en su nombre cobre todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos que le deban, así también para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
Doña María Catarina Domínguez, vecina que fue del pueblo de Naolinco y ahora de Jalapa, otorga que debe y se obliga apagar a don Marcos Roso, vecino de este pueblo, 60 pesos de oro común, mismos que el susodicho le ha prestado para hacer bien a su hijo José de Estrada y se obliga a pagarlos en 4 meses y para el seguro de dicha paga hipoteca un solar que tiene en el pueblo de Naolinco que tiene de frente 125 varas y 3 cuartas, linda al oriente con el camino Real que sale a Veracruz y del otro lado solar de don Francisco Rodríguez por el sur con solar de Leonardo Antonio Gutiérrez y de Rafael Ramírez por donde tiene 82 varas, al poniente y norte con inclinación al oriente que cierra el fondo acuchillando con el frente linda con solar del difunto Gabriel Rodríguez por donde tiene 136 varas.
El Licenciado don Ramón Ruiz, Abogado de la Real Audiencia de México, residente en esta Villa, curador ad litem de don Francisco Delgado, mayor de 18 años y menor de 25, otorga poder especial a don José Volante y Ocadiz, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que en representación de los derechos que le asisten, conteste en el artículo que don Marcos Roso, su hermano político, le ha puesto de resultas de un premio de 4 000 pesos que tuvo la suerte de sacar en la Real Lotería, y se halla pendiente en la Real Audiencia de esta Nueva España; para lo cual haga las agencias y diligencias judiciales y extrajudiciales que se requieran y convengan al derecho del mencionado menor.