Don Francisco Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de este pueblo, dueño de casas, tierras, ranchos de labor y avios de ligera, otorga poder especial al Licenciado don Mariano de Enciso, Regidor perpetuo de la Nobilísima Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre lo obligue como principal o como fiador por el Bachiller don Gregorio Fernández, Cura, Vicario y Juez eclesiástico de este pueblo y su doctrina, a favor de la Tesorería General de las Bulas del Obispado de la Puebla o de quien mas haya lugar por la cantidad de pesos que importaren las bulas que se le entregaran a dicho señor cura.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de Jalapa, otorga poder al Licenciado don Mariano de Enciso, Regidor de la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre pueda convenir con el Licenciado don Francisco Javier de Gorozpe Yrala y Padilla, vecino de la misma ciudad, todas y cualesquiera diferencias que tienen pendientes en el pleito que siguen en el juzgado, en razón del arrendamiento que se le celebro y de que tiene hecha suelta y dejación de su Hacienda y Trapiche de Tuzamapa, y sobre la ejecución verificada en sus bienes por la renta vencida del cuarto anual, con tal de que se le rescinda dicho arrendamiento con abono de las mejoras y gastos que en beneficio de dicha hacienda hizo.
Don José Arias y Torija, dueño y poseedor de la Hacienda y Trapiche San Pedro Buenavista en esta jurisdicción, otorga poder a don Francisco Javier Fernández de Ulloa, del comercio de este pueblo de Jalapa, y por su falta en segundo lugar al Licenciado don Mariano de Enciso, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y Regidor de la Nobilísima Ciudad de los Ángeles, para que en razón de la transacción y concierto que sobre la rescisión del arrendamiento de la Hacienda de Tuzamapa va a tratar dicho don Francisco Javier Fernández de Ulloa con el Licenciado don Francisco Javier de Gorospe Irala y Padilla, vecino de la misma ciudad, lo obligue como su fiador.