Estando en El Molino de Río Frío, propiedad de Don José de Ceballos y Burgos, jurisdicción de Jalapa, Catalina González, mujer legítima del Alférez Agustín Rodríguez Lovillo, residente en sus haciendas de la jurisdicción de Jalacingo, como hija y heredera de Lope González [de Villa de Moros] y Melchora de los Reyes, dio su poder cumplido a Antonio Luis, vecino de esta provincia, para que en su nombre cobre de su abuela Ana Díaz, 200 pesos que Pedro Calderón de la Barca, su segundo marido, mandó por cláusula de su testamento a la otorgante, así como lo que le toca de la legítima como hija de Melchora de los Reyes, quien a su vez lo fue de la referida Ana Díaz.
Doña Josefa del Espíritu Santo, mujer legítima de Don Lucas Díaz de la Cueva, y Doña Antonia González, viuda de Don Damián de Orlachea, dieron su poder cumplido a Don Juan de Medina Caraveo, vecino de Jalapa, para que en sus nombres venda un sitio de ganado menor y dos caballerías de tierra que tienen en esta jurisdicción, en lo alto de la Venta de la Hoya, de que se hizo merced a Lope González [de Villa de Moros], abuelo de Antonia González, en el precio que pudiera hallar, libre de censo, empeño, hipoteca y otra enajenación.
Don Juan de Medina Caraveo, vecino de Jalapa, en nombre y con poder de Doña Josefa del Espíritu Santo, mujer legítima de Don Lucas Díaz de la Cueva; y de Doña Antonia González, viuda de Damián de Orlachea; y Nicolasa González, una de las herederas de Don Lope González [de Villa de Moros], su abuelo, mujer legítima de Francisco Martín, vecina de Jalapa, venden a Don Antonio Díaz de Córdoba, vecino y labrador de la provincia de San Juan de los Llanos, un sitio de tierras de ganado menor con dos caballerías, que las dichas partes heredaron de Don Lope González, ubicados en los alto de La Joya, libre de censo, empeño, hipoteca y otra enajenación, en el precio de 200 pesos de oro común.
Pedro Calderón de la Barca, vecino de la provincia de Jalapa, dio su poder cumplido a su yerno Lope González de Villa de Moros, ausente, para que lo represente en todos sus pleitos, causas civiles y criminales y para que pueda cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos y mercaderías que le debieren.
Pedro Calderón[de la Barca], vecino de esta provincia, vende a Lope González [de Villa de Moros], su yerno, la Venta de la Hoya con sus casas, corrales y descargaderos, por el precio de 500 pesos de oro común.