Don Mateo Antonio González, vecino del pueblo de Actopan, Jurisdicción de la Antigua Veracruz, como marido y conjunta persona de doña María [Josefa] Rodríguez Rojo y Garrido, hija y heredera de los finados don Andrés Rodríguez Rojo y de su primera consorte, doña Francisca Garrido, otorga poder especial a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, para que en su nombre, como marido de doña María Rodríguez, represente los derechos que como tal le corresponden en la testamentaria del mencionado difunto, don Andrés Rodríguez Rojo.
Don Mateo González, vecino del pueblo de Actopan, marido de doña María Josefa Rodríguez Rojo, y don Joaquín Villegas, vecino de la Joya, como albacea de su difunto hermano don Benito Villegas, quien fue marido de doña María Manuela Rodríguez Rojo, difunta, ambas mujeres herederas del finado don Andrés Rodríguez Rojo, vecino que fue de esta vecindad, otorgan poder especial a don Juan Bautista Guido, de esta vecindad, para que los represente en la testamentaria y juicio de inventario del citado Andrés Rodríguez Rojo, asistiendo a las almonedas que se hagan de sus bienes.
Doña María Josefa Rodríguez Rojo, vecina de Jalapa, otorga poder general a don Mateo Antonio González, su legítimo esposo, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban y para que la defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga con cualquier persona.