Don Juan Benito Muedra, de esta vecindad y comercio, otorga poder general al Señor Coronel Juan Fernández Munilla, residente en el pueblo de Perote, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades que le deban, y si en razón de dichas cobranzas se ofreciera contienda de juicio, lo siga, así también parezca ante los tribunales y juzgados que convenga.
Don Juan Benito Muedra,del Comercio de España, residente en esta Villa de Xalapa, otorga poder general a don Vicente Domínguez, Factor de la Real Renta de Tabaco en Valladolid, Michoacán, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban.
Don Juan Benito Muedra, del Comercio de España y residente en esta Villa de Jalapa, otorga poder especial a don Francisco de la Torre Marroquín, vecino de la ciudad de Antequera en el Valle de Oaxaca, para que lo obligue por la cantidad de pesos y para los fines que tiene convenidos en una carta de correspondencia.
Don Juan Benito Muedra,del Comercio de España y residente en esta Villa de Jalapa, otorga poder general a don Jerónimo Gómez Torre, vecino de Guanajuato, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban, así para que lo defienda en todas sus causas, negocios y pleitos, civiles y criminales.
Don Juan Benito Muedra, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder especial a don Pablo Fraile de Santa María, vecino de la corte de México, para que recaude de don Antonio de Elías Sáenz, vecino de la citada corte, los efectos que existan de las remesas que le tiene hechas y el producto de lo vendido y cobrado, haciendo los cobros necesarios.
Don Vicente de la Torre Marroquín, del comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Juan Andrés Benito Muedra, del comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, para que cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos y otros efectos que le deban y para que lo represente y defienda en todos sus pleitos.
Don Miguel de Arieta y don Vicente de la Torre Marroquín, del Comercio de España y residentes en Jalapa, albaceas de don Miguel Antonio Vizcardo, otorgan poder general a don Juan Benito Muedra, del mismo comercio y residencia, y a don Pedro Navarrete, vecino de la ciudad de Veracruz, para que concurran a la práctica de cuantas diligencias se ofrezcan en aquella ciudad, relativas a la testamentaria del expresado difunto, así también para que cobren todo lo que se le debe al difunto.
Don Juan Benito Muedra, del Comercio de España, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Felipe Santiago Sanz, vecino de México, para que en su representación demande y cobre judicialmente de cualquier persona, la cantidad de pesos, oro, plata y otros bienes que le estuvieren debiendo a través de vales, libranzas, escrituras, etc., de lo que perciba que entregue los recibos que le sean pedidos, y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, que lo siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando las documentación, testimonios y lo que sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de sustituir.
Don Pedro Delfín, hijo de los difuntos don Pedro Delfín y doña Felicia Rivan, otorga poder para testar a don Juan Benito Muedra y a don Vicente de la Torre Marroquín, residentes en este pueblo, para que ordenen su testamento en donde ordena se vendan los bienes de su propiedad, del remanente de ellos instituye como heredero a los dichos Juan Benito y Vicente. Por último, manda que de lo que él heredó de su padre, se le tomen cuentas a don Juan Antonio Miranda.
Don Ramón Terreros, vecino de Valladolid de Michoacán y de tránsito en la Villa de Xalapa, otorga poder general a don Juan Benito Muedra, vecino de esta villa, para que pida, reciba, demande y cobre de manera judicial o extrajudicial, a cualquier persona todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban, así como en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales que tenga con cualquier persona, lo defienda y demande, para lo cual comparezca ante cualquier juez, justicias, ministros y tribunales, superiores e inferiores, civiles y criminales.