María Infanta y Juan de Acevedo, su hijo, se obligan a pagar a Baltazar Ruiz, 250 pesos de oro común, los cuales son por razón de seis bestias mulares.
Juana Gómez, viuda de Baltazar Ruiz, por poder que tiene conferido del susodicho, otorga su testamento, que a su tenor dice: hijo de los difuntos Baltazar Ruiz e [Isabel] Rodríguez, natural de Jerez de la Frontera, manda se digan diversas misas, dentro de sus bienes se encuentra la casa de su morada con su solar y jacales, además de animales, tienda, una pipa de vino, y dentro de sus documentos se encuentran cédula y escrituras en contra de diferentes deudores.
Juana Gómez, viuda de Baltazar Ruiz, vecina de este pueblo de Orizaba, dijo que por cuanto ella trató de contraer matrimonio con Cristóbal Gutiérrez de Huesca, y resultó impedimento por parte de Juana de Vargas, su prima hermana, respecto de causa de ajuntamiento y copula carnal, razón por la cual otorga poder al Licenciado Luis de Herrera, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que parezca ante el señor provisor de esa ciudad y haga en su nombre todos los pedimentos necesarios, para limpiar su imagen y reputación en el pueblo, realice las averiguaciones y probanzas que convinieren, y las presente ante su santidad, y pida se le conceda dispensación para contraer dicho matrimonio.
Salvador Jiménez, vecino de Maltrata, se obliga a pagar a Baltazar Ruiz, 80 pesos de oro común, los cuales son por razón de dos bestias mulares.
Juana Gómez, viuda de Baltazar Ruíz, vende a Alonso de Ariza, vecino de la ciudad de Tepeaca, una negra esclava llamada Luisa, de tierra de Mozambique, de 25 años poco más o menos, por precio y cuantía de 400 pesos de oro común.
Juana Gómez, viuda de Baltazar Ruiz, otorga poder general a Juan Hernández, su yerno para que se encargue de todos los pleitos, causas, negocios civiles y criminales.
Alonso de Ariza, vecino de la ciudad de Tepeaca, se obliga a pagar a Juana Gómez, viuda de Baltazar Ruiz, 400 pesos de oro, que son y proceden de una esclava negra, llamada Luisa, de tierra de Mozambique.
Doña Ana de Silva Morgado y Moreno, viuda del Coronel don Francisco Moreno, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Luis del Camino y a don Baltazar Ruiz, residentes en la Ciudad de México, para que en su nombre cobren de los albaceas, herederos o personas en quien se hallen los bienes quedados por fallecimiento de su nieto don José Moreno, Teniente Coronel Graduado, vecino de dicha ciudad, 500 pesos que le dejó a la otorgante.\t
Doña Anna de Silva Morgado y Moreno, vecina de esta Villa, viuda del Capitán Teniente Coronel graduado don Francisco Moreno, revoca el poder para testar que otorgó el 27 de abril de 1789 y por la presente otorga su testamento donde declara que ha llegado a la total insolvencia, hallándose socorrida por su nieto el Religioso Presbítero de Nuestro Padre Señor San Francisco Fray Ildefonso Moreno y por su hermana Ramona, mujer de don Baltazar Ruiz, en cuya casa está. Dice que hace esta declaración y disposición de pobreza esperando que el referido su nieto continué con su grande caridad hasta su fallecimiento y entierro. Añade que si por accidente adquiriere algunos bienes o derechos, nombra como sus herederos a dicha doña Ramona Moreno y a los hijos de sus nietos difuntos. Nombra como albacea a dicha doña Ramona y a su marido don Baltazar.
Don Carlos Díaz y Herrero, Don Pablo Martín Jáuregui, don Juan Manuel Muñoz, don Tomás Martínez y don Pedro de Garay y Bea- Murguía, residentes en este pueblo, otorgan poder especial a don Tomás Aguirre, vecino de la Nueva Veracruz, para que en representación de ellos, acepte bajo las formalidades que se requiera, una o dos acciones que a cada uno se les ha asignado en la compañía de seguros que con el fondo de 200,000 repartidos en 40 acciones de a 5,000 pesos cada una está por establecerse en la ciudad de Veracruz, y debe dar principio desde el 1 de enero de 1789, bajo la dirección de don Baltazar Ruiz , y en falta de este don Juan Manuel Muñoz para lo cual los obligue al cumplimiento de las cláusulas y condiciones de su establecimiento.