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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0054 · Item · 1827/03/02
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Tiburcia Rubio Roso, de esta vecindad, viuda del finado don Elías Nogueira, otorga poder especial a doña María Guadalupe Delgado de Roso, su hermana política, residente en la capital de la Federación, para que se presente ante el Excelentísimo Presidente de la República, por conducto del Excelentísimo Señor Ministro de Hacienda, a pedir y reclamar el reintegro de 430 pesos que el citado su difunto marido suministró a esta Aduana Nacional en 1821, para socorro de las tropas independientes, a devengarlos en los derechos que adeudasen sus introducciones, lo que no tuvo efecto a causa de su muerte; por lo que le da el poder para que promueva cuanto a su derecho importe.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0044 · Item · 1832/03/28
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Tiburcia Rubio Roso, viuda de don Elías Nogueira, de sesenta y siete años de edad, natural de Misantla y vecina de esta ciudad, hija legítima de don Mateo Rubio Roso y de doña Lucía Ortiz de Zárate, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara haberse casado con don Elías Nogueira, no habiendo procreado hijos durante dicho matrimonio. Declara que a las puertas de su casa fue expuesta una niña a quien se bautizó y puso por nombre María Dolores, ignorándose hasta hoy quienes sean sus padres, a cuya niña crio y educó con todo el esmero como si hubiera sido hija suya y de su marido, por lo que es conocida como María Dolores Nogueira Rubio Roso; también, declara que la susodicha está casada con don Manuel de Azua, Teniente del cuarto regimiento de caballería, y tiene la reputación de su hija. Declara por bienes una casa ubicada en la calle de Señor San José y varias deudas activas, entre las cuales hay una de poco más de 400 pesos a que es acreedora a la Hacienda Federal. Declara debe a su hermano, el Presbítero don José María Rubio Roso, como 260 pesos y a su cuñada, doña María Josefa de Olea y Hoyos, más de 26 pesos. Nombra como heredera a la huérfana María Dolores Nogueira Rubio Roso. Nombra como albaceas a don Manuel de Azua y a su esposa doña María Dolores Nogueira.

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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0115 · Item · 1833/09/12
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Don Manuel de Azua y doña María Dolores Nogueira Rubio Roso, marido y mujer, el primero originario de Málaga en la península española, hijo de don Manuel de Azua y doña Ildefonsa Gómez, difuntos, la segunda originaria de esta ciudad, conocida y reputada por hija de doña María Tiburcia Rubio Roso, difunta. Por la presente, otorgan que mutuamente se confieren poder para testar, para que el que sobreviva de los dos, proceda en nombre y representación del finado a formalizar y ordenar su testamento, haciendo en él las mandas, legados, declaraciones, restituciones, declaraciones y demás que mutuamente se dejaran comunicado. Finalmente revocan y anulan por ningún valor ni efecto cualquier testamento, codicilo, poderes para testar que antes de este hayan hecho u otorgado por escritor por palabra.

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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0039 · Item · 1831/02/25
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Tiburcia Rubio Roso, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, dijo que es dueña de una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la primera calle que nombran de Belén a la cual hace su frente al oriente; lindando por el costado del norte con casa alta que hoy poseen los herederos de don Cipriano Pensado y Navarrete; por el costado del sur linda con casa baja que fue de doña Josefa de la Torre, y actualmente la tiene don Jorge de la Serna; y por el poniente, que es su fondo, linda con casa conocida como del concurso de Rivero. Cuya deslindada finca hubo la comparente en virtud de adjudicación que le hicieron sus hermanos, como consta en escritura del 9 de julio de 1823. Por la presente, por el mucho amor y cariño que profesa a doña María Dolores Rubio Roso, joven de dieciséis años, que habita con la compareciente, quien la ha criado, educado y mantiene en su casa y compañía, le hace donación irrevocable de la mencionada casa con sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos, y servidumbres. Dicha finca se halla libre de gravamen.

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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0140 · Item · 1826/12/04
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Doña María Tiburcia Rubio Roso, don José Manuel de Zulueta, en uso del poder que exhibe de don Elías de Nogueira, que le confirió en la Puebla de los Ángeles el pasado 24 de noviembre; don José Francisco Nogueira, don José Cordera y don Manuel de Bárcena, maridos legítimos y conjuntas personas de doña María Josefa Nogueira de Cordera y doña María Magdalena Nogueira, viuda e hijos del finado don Elías Nogueira; dijeron que en junta extrajudicial, se repartieron y se adjudicaron los bienes del citado don Elías Nogueira, tocándole la casa mortuoria al hermano mayor don Juan Nogueira, convino éste en bonificar a los comparecientes, la parte de interés que a cada uno le corresponde en la cuenta de división y partición, a la primera por vía de gananciales habidos en su segundo matrimonio y a los demás como hijos y herederos legítimos. En cuya virtud restando solo el otorgamiento de la escritura de adjudicación para que les sirva de títulos de propiedad, viuda e hijos otorgan que adjudican y traspasan realmente en favor de don Juan Nogueira, también de esta vecindad, la casa mortuoria, de edificio bajo, con unas piezas altas en el interior, todas de paredes de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en la calle de San José, salida para el camino a Veracruz, a la que hace frente y esquina con el callejón que nombran del Perro, su frente mira al sur y del otro lado, dicha calle en medio, casa de don José Vicente del Valle; por el costado del poniente, dicho callejón del Perro y del otro lado casa de don José Simón Peña; por el costado opuesto del oriente, linda con el cementerio de la iglesia de San José; y por su fondo, al norte, hace otro frente cerrado a la plazuela del cuartel nombrada también de San José. Cuya casa es la misma que el difunto Nogueira aumentó y mejoró sobre la que hubo y compró de doña Juana Viveros, viuda y albacea de don Manuel Eugenio de Acosta, por escritura pública otorgada en esta villa el 13 de enero de 1800. Cuya adjudicación la hacen por la cantidad de 6 050 pesos, de cuya suma han recibido cada uno de los otorgantes la parte liquida que le toca de este valor, quienes otorgan recibo en forma.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0050 · Item · 12/07/1820
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El Presbítero don José María, don Tomás, don Marcos y doña [María] Tiburcia Rubio Roso, hermanos todos del finado Presbítero don Francisco Antonio, otorgan poder especial a don Pedro [Martín] del Puerto Vicario, para que en sus nombres proceda a la formación de inventario y descripción de los bienes mortuorios según la licencia judicial que para ello tienen, como únicos herederos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0078-PX_0078_0162 · Item · 16/11/1819
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El Presbítero don José María, don Marcos y doña María Tiburcia Rubio Roso Ortiz de Zárate, hermanos enteros, manifiestan que por no admitir en sí cómoda partición de los bienes de sus difuntos padres, han convenido adjudicarlos a su otro hermano el Presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, para igualar a las demás partes, por lo que otorgan que adjudican a favor del mencionado su hermano, dos casas contiguas, la una a la otra, del cal y piedra, situadas en la Calle de la Amargura, por la cantidad de 3 396 pesos; las cuales están afectas a 2 533 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0060-PX_0060_0013 · Item · 11/02/1795
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Don Francisco Antonio y don José María Rubio Roso, Presbíteros, doña María Gertrudis y doña María Tiburcia Rubio Roso, doncellas, hermanos todos vecinos de la Villa de Xalapa, hijos y herederos del difunto don José Mateo Rubio Roso, otorgan poder general a su hermano, don Marcos Rubio Roso, mercader viandante, para que cobre todas las cantidades que les estén debiendo y para que administre todos sus bienes.

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MX UV.USBIX ANX-P-0053-PX_0053_0136 · Item · 15/12/1784
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Doña Lucía Josefa Ortíz de Zárate, natural y vecina de Jalapa, hija legítima de don Santiago Ortiz de Zárate y de doña Jacinta Micaela de Acosta, otorga poder para testar a su hermano don José Joaquín de Zárate, a don Nicolás Fernández, a don Juan de Bárcena y a sus hijos mayores don Tomás Rubio Roso y don Marcos Rubio Roso. Declara fue casada con don José Mateo Rubio Roso, difunto, de quien tuvo por hijos a don Tomás, don Marcos, doña María Gertrudis Rubio Roso, doña María Tiburcia Rubio Roso de 18 años, don Francisco Antonio Rubio Roso de 17 años y a don José María Rubio Roso de 15 años. Nombra como albaceas testamentarias a sus apoderados.

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MX UV.USBIX ANX-P-0056-PX_0056_0038 · Item · 22/05/1789
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Doña Lucía Josefa Ortiz de Zárate, viuda de don José Mateo Rubio Roso, vecina de Jalapa, dijo que el 15 de diciembre de 1784 otorgó poder para testar y ahora por vía de codicilo revoca el nombramiento que otorgó para hacer testamento a su hermano don José Joaquín de Zárate, a don Nicolás Manuel Fernández, a don Juan de Bárcena, y a su hijo don Tomás Rubio Roso; y ahora subroga y nombra en su lugar para ambos efectos a sus hijos solteros don Marcos, doña María Gertrudis, doña María Tiburcia, don Francisco Antonio y don José María Rubio Roso.