Don José Antonio del Cristo y Conde, Asesor de Su Majestad del Real Tribunal del Consulado de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Juan Jacinto de Lanuza, vecino y del comercio de la Congregación de Irapuato, para que en su nombre y representación como esposo de doña María Ana de Lanuza [y Riaño], intervenga en la testamentaria del difunto don José María de Lanuza, hermano de doña María Ana, y promueva desde luego la descripción extrajudicial de sus bienes con la licencia judicial, y exija las cuentas respectivas al crédito activo y privilegial que sobre ellos tiene, como indica en el codicilo del testamento del difunto; en consecuencia proceda a demandar, cobrar y percibir la cantidad que resulte a su favor, practicando para ello todas las agencias y diligencias convenientes hasta realizar dicha cobranza.
Don José Miguel de Iriarte y Lezeta junto con don Juan Joaquín de Cendoya, del Comercio de España y residentes en Jalapa, dueños de la hacienda de labor y trapiche de moler azúcar nombrada San Cayetano, alías Pacho, declaran que han recibido la cantidad de 4, 000 pesos en calidad de depósito irregular, por el periodo de 4 años, pagando un rédito de 5 % anual; cantidad otorgada por don Mateo Badillo, del mismo comercio y albacea testamentaria de don Fernando González del Campillo, Oficial Real y Tesorero de las Reales Cajas de Veracruz; apoderado de doña María Ana Lanuza y Riaño, viuda del expresado difunto quien es albacea, tutora y curadora de sus hijos menores, don José Ignacio y doña María Josefa González del Campillo.
Don Agustín Butler, del Comercio de España y residente en Jalapa, próximo a regresar a la ciudad de Sevilla, otorga poder especial a don Mateo Badillo, del mismo comercio y residente en Jalapa, para que lo pueda obligar como fiador de doña María Ana Lanuza y Riaño, viuda de don Fernando González del Campillo, hasta en la cantidad de 6, 000 pesos para que la susodicha los tome en calidad de depósito irregular para la tutela de sus hijos menores, obligándose el declarante a cubrir dicha cantidad.
Don Francisco Hidalgo, vecino del pueblo de Jalapa, declara que ha recibido 2, 000 pesos de oro común en calidad de depósito irregular por espacio de 2 años, de don Mateo Badillo, del comercio de España y residente en este pueblo, apoderado general de doña María Ana de Lanuza y Riaño, coalbacea del difunto don Fernando González del Campillo, quien fue Tesorero Real de las Reales Cajas de la ciudad de la Nueva Veracruz, del cual también es albacea.
Don Carlos Díaz de la Serna y Herreros, Regidor Alguacil Mayor de este Ilustre Ayuntamiento, apoderado de don José Antonio del Cristo Conde, Abogado de la Real Audiencia de México y Asesor del Real Tribunal del Consulado de la Nueva Veracruz, otorga que ha recibido de don Mariano de Campo, de esta vecindad y comercio, 2 000 pesos que se hallaban impuestos sobre la casa que compró a don José Antonio Pereyra de Castro, ubicada en la primera cuadra de la Calle Real de esta Villa, la cual dicho Pereyra compró con este gravamen a don Francisco Hidalgo, quien recibió la citada cantidad en depósito irregular de don Mateo Badillo, como albacea de don Fernando González del Campillo, pertenecientes a sus hijos menores y de su viuda doña María Ana Lanuza y Riaño, mujer actual del poderdante don José Antonio del Cristo Conde, por lo que se otorga recibo y cancelación.\t
Doña María Ana Lanuza y Riaño, viuda de don Fernando González del Campillo, quien fue Tesorero Oficial Real de las Cajas de Veracruz; otorga poder especial a don José Ignacio de Lanuza, vecino de Irapuato, para que proceda de manera judicial o extrajudicial a recibir y entregar la hacienda de labor nombrada El Cuisillo, ubicada en la jurisdicción de Irapuato, que quedó por bienes de su difunto esposo y la cual compró la otorgante en remate en la ciudad de la Nueva Veracruz.
Don Mateo Badillo, vecino del pueblo de Jalapa, con poder general otorgado por doña María Anna de Lanuza y Riaño, viuda de don Fernando González del Campillo, Tesorero Oficial que fue de la Real Hacienda y Cajas de Veracruz; atento a dicha constituyente, le solicita substituya dicho poder en cuanto a cobranzas, venta y arrendamiento de bienes y pleitos, en don Agustín Pérez Marañón, vecino de la ciudad de Guanajuato.
Don Carlos Díaz y Herreros, Regidor Decano y Alguacil Mayor de esta Villa, apoderado del licenciado don José Antonio del Cristo Conde, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y Asesor del Real Tribunal del Consulado de aquella plaza, dijo que su poderdante como marido de doña Anna María de Lanuza, tutora y curadora de sus hijos, entregó a don José Miguel de Iriarte y Lezeta y a don Joaquín de Cendoya Arizabaleta , vecinos de esta Villa, en depósito irregular 4 000 pesos, a cuyo seguro hipotecaron su Hacienda y Trapiche San Cayetano, alias Pacho, y por cuanto Iriarte y Cendoya se han separado de la compañía que tenían sobre la mencionada hacienda, quedando Iriarte como dueño absoluto, consiente siga el depósito a cargo de dicho Iriarte en los términos que establecieron.
Don Mateo Badillo, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Sáenz de Santa María, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que lo obligue como fiador de doña María Ana Lanuza y Riaño, viuda de don Fernando González del Campillo, hasta en la cantidad de 4, 950 pesos que es el valor de una hacienda nombrada el Cuisillo, ubicada en la jurisdicción de Irapuato, y que la citada viuda debe de afianzar su valor para pagarlo en el periodo de 9 años.
Don Mateo Badillo, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Sáenz de Santa María, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que lo obligue como fiador de doña María Ana Lanuza y Riaño, hasta por la cantidad de 4, 950 pesos por el tiempo de 9 años, asimismo para obligarlo como abonador del menor don Agustín Butlers por la cantidad de 5, 000 pesos.