Don Francisco Domínguez Muñoz, natural de la Villa de Huelva, en Castilla la Nueva, vecino de esta Villa de Xalapa, hijo legítimo de don Francisco Fernández Muñoz y doña Rita Josefa Muñoz, difunto, otorga su testamento donde declara haber contraído matrimonio in facie ecclesiae con doña Ana [Josefa] de Ariz con quien tuvo nueve hijos, de los cuales fallecieron seis en edad pupilar, quedando vivos solo tres: don José Muñoz, mayor de 40 años, doña Rosalía Muñoz, de 25 años, y doña Diega Muñoz, de 20 años de edad. Declara que sus bienes consisten únicamente en la casa de su morada, la que compró a don Domingo Franceschi, como parte del caudal que heredó su mujer de su padre, don Juan de Ariz. Nombra como albaceas y tenedores de bienes a don José Antonio Rincón y por su falta a don Clemente Couso, de esta vecindad, y como herederos universales nombra a sus tres hijos.\r\n
Valentín Argüelles, vecino del pueblo de Santa María Papantla, residente en Jalapa, con poder general otorgado por don José Muñoz, Administrador de la Real Renta de Tabaco de la cabecera de Santa María Papantla, vende a don Domingo Franceschi [Franco], vecino de Jalapa, una esclava de nombre María del Carmen, de 21 años de edad, junto con su hijo de pecho, Remigio Francisco, en la cantidad de 150 pesos por la madre y 30 pesos por el hijo.
Don Juan Mauricio Jones, de esta vecindad y comercio, puso en poder del escribano una letra girada por don José Muñoz, de Cáceres, contra el señor general don Francisco de Paula Toro y Espejo, a favor de la casa de los señores Sadler y Compañía del comercio de Londres, la cual endosó a la de los señores Manning y Marshall y Compañía de Veracruz, y ésta al del nominado señor Jones, cuya letra y endosos se transcriben en esta escritura. Y por cuanto se le requirió al señor general don Francisco de Paula Toro y Espejo, la aceptación de dicha letra, respondió que no puede aceptarla por no tener fondos del librador ni de los hermanos del que consta y carecer al mismo tiempo de proporción para satisfacerla. En razón de lo cual, el nominado don Juan Mauricio Jones dijo y otorga que protesta una, dos tres veces y las mas en derecho necesarias, que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, intereses y menoscabos que por defecto de su aceptación se le siguieren, serán de cuenta y riesgo del dador y sus endosantes y demás que hubiere lugar.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICORafael Muñoz, natural de las rancherías de Dañu, jurisdicción de Huichapan, estando gravemente enfermo, dijo como declaración testamentaria que es mayordomo de la recua de su padre don José Muñoz, misma que se compone de un atajo de 56 mulas cargadas de algodón que conduce para Celaya y San Juan del Río, también tiene 140 pesos para gastos de la recua en poder de su primo además declara que no tiene bienes. Es casado con María Librada Riofrío y no tiene hijos.
Don Juan Mauricio Jones, de esta vecindad y comercio, puso en poder del presente escribano una letra girada por don José Muñoz, de Cáceres, contra el señor general don Francisco de Paula Toro y Espejo, a favor de los señores Sadler y Compañía, del comercio de Londres, la cual se endosó al de los señores Manning Marshall y Compañía, de Veracruz, y éstas al del nominado señor Jones, cuya letra y endoso se citan en esta escritura, cuya original regresa el escribano con su firma al nominado señor Jones. Y a su solicitud pasó a casa del señor General don Francisco de Paula Toro y Espejo, a quien se requirió con dicha letra para su aceptación, y respondió que no puede aceptarla por no tener fondos del librador, ni proporción para satisfacerlos, en cuya virtud el señor Jones otorga que protesta una, dos, tres veces y las más en derecho necesarias, que todos los gastos y menoscabos que por defecto de su aceptación se le siguieses, serán de cuanta y riesgo del deudor, sus endosantes y demás que hubiere lugar, lo cual pide por testimonio.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Juan Mauricio Jones, de esta vecindad y comercio, requirió al señor general don Francisco de Paula Toro y Espejo, para que satisfaga la cantidad de 30 000 reales de vellón, importe de la letra que don José Muñoz, de Cáceres, giró contra dicho señor general a favor de los señores Sadler y Compañía del comercio de Londres, misma que fue presentada en ocho del corriente para su aceptación, con término de ocho días, la cual se trascribe en esta escritura. Y hecho dicho requerimiento de pago al expresado señor general, mediante haberse cumplido ayer el término de la letra, expresó que repite lo mismo que dijo al no aceptarla, que no puede satisfacerla por no tener fondos del librador ni de los hermanos del que contesta y carecer al mismo tiempo de proporción para cubrirla. En tal virtud, el nominado don Juan Mauricio Jones dijo y otorga que protesta una, dos tres veces y las mas en derecho necesarias, que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, intereses y menoscabos que por defecto de su pagamento se le ocasionen, serán de cuenta y riesgo de dicho señor general, dador y endosantes.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña Diega Muñoz, de esta vecindad, libre de matrimonio, tutela y patria potestad, por sí y en nombre de su hermano, don José Muñoz, soltero, quien desde principios de este siglo se dementó y desapareció; y don José Antonio Rincón, vecino de la Hoya, por su esposa doña Rosalía Muñoz; dijeron que por fallecimiento de sus padres, don Francisco Domínguez y doña Ana Josefa de Ariz, heredaron una casa, la cual necesita recomposiciones que ellos no pueden reportar; por lo cual, otorgan que venden dicha casa a don Jorge de la Serna, de esta vecindad, misma que es de cal y canto de edificio bajo, cubierta de madera y teja, está ubicada en esta ciudad, en sitio propio que mide 13 y tres cuartas varas de frente, por otro lado 11 varas y 12 en la medianía lateral, teniendo de fondo 89 varas, y hace frente al poniente con la plazuela de la Constitución; por el costado del norte con casa de don Domingo Franceschi; por el costado del sur con casa y solar de doña Antonia de la Barreda Gayón; por el oriente, que es su fondo, con calle de la fuente de Jalitic [Xallitic]. La venden en precio de 1 138 pesos 6 y un octavo real, que por su total valor ha de dar y entregar a doña Diega dentro de un año y en el ínterin sus correspondientes réditos, no de un 5 por ciento anual, sino de 6 pesos mensuales, cuya venta se hace bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon José Muñoz, Coronel Graduado y Teniente Coronel del Regimiento de Dragones de España, Gobernador electo de Tlaxcala, residente en esta Villa, otorga que ha recibido de las arcas de dicho regimiento, la cantidad de 540 pesos 7 reales, 3 granos, por fallecimiento del mariscal del repetido cuerpo, y se ha declarado heredera a su hija adoptiva María Estefanía de la Luz, cuya suma por ser en su poder otorga de ellos recibo; y se obliga a tenerla y a contribuirle con 8 pesos mensuales para su subsistencia y alimento, por mano de doña María Josefa Alonso y Chávez; y para mayor seguridad del principal ofrece por su fiador a don Pedro Muñoz, Ayudante Mayor del mismo regimiento de Dragones.