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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0086 · Item · 1826/07/18
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Valero, de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José María León, también vecino de esta villa, una casita de paredes situada en esta villa, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, en la calle que nombran de San Juan, la que atraviesa de la plaza de la Constitución para la plazuela del Carbón, con el frente al poniente, el que se compone de 12 varas, y del otro lado paredes del fondo de la casa del difunto licenciado don José María Durán; y 23 de fondo hacia el oriente por donde acaba con una cuchilla angosta y linda con el de la casa de los herederos de don Manuel Rincón; por el costado del sur, linda con el de casa de los herederos de don Manuel Ochoa; por el del norte, con el de casa que fue de Catalina Casanova. Cuya casita es la misma que con una mitad hubo y compró de don José Fernández Gallardo, por escritura pública otorgada en esta villa el 5 de febrero de 1820; y la otra mitad la fabricó a sus expensas en otras 6 varas de terreno que extrajudicialmente compró a Mariano Palmeros. La vende por el precio de 400 pesos que declara haber recibido en reales de contado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0121 · Item · 1830/10/04
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Nepomuceno Durán, de esta vecindad, otorga poder especial a su hermano el Teniente Coronel don José María Durán, para que a nombre del comparente concurra a los actos conciliatorios ante los alcaldes que convenga para cualquier clase de asuntos pertenecientes al otorgante, ya como actor o como demandado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0078-PX_0078_0002 · Item · 21/01/1818
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, que se compone de don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo, Alférez Real; el Licenciado José María Durán, y el Capitán don José Simón de la Portilla, Regidores Llanos; don Bernabé de Elías [Vallejo], don Juan Manuel de Revilla, y don Miguel de Arieta, Diputados y Síndico Personero del Común, otorgan poder general, en primer lugar a don José María Quijano y Álvarez, y en segundo a don José María Guido, ambos vecinos de la Capital de México, para que a nombre de este Ayuntamiento, demanden, perciban y cobren judicial y extrajudicialmente de cualquier persona, tesoros, conventos y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero, oro, plata, bienes, efectos que se le estén debiendo a este cuerpo a la fecha y debiesen en adelante, en virtud de instrumentos públicos o simples. Y para que defiendan en este Ayuntamiento en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares. Y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio lo sigan, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando la documentación, testimonios y lo que le sea requerido, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituirlo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0057-PX_0057_0211 · Item · 17/09/1792
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña Josefa, doña Antonia y doña María Ana Díaz Mier, hijas del difunto don Domingo Díaz Mier, otorgan poder a su sobrino don José María Durán, para que demande y cobre judicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de pesos, oro, plata, piedras preciosas y algunos otras bienes y especies que le adeuden a través de instrumentos públicos o simples; así también las obligue por cualquier cantidad de pesos, entregando las escrituras, recibos, etc., las defienda de los pleitos civiles, criminales, eclesiásticos y seculares que tenga o tuvieren, pareciendo antes las autoridades correspondientes y presentando la documentación, testimonios y los que le sean pedidos, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.

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MX UV.USBIX ANX-P-0066-PX_0066_0154 · Item · 23/12/1801
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Auto del testamento nuncupativo de María Allén. José María Durán, Abogado de la Real Audiencia de México, vecino de esta villa, dijo que el sábado 5 del corriente lo llamó Camilo Antonio Bermon, para que viera con prontitud a María de Allén, quien se encontraba muy mal y había dispuesto hacer disposición testamentaria y que se hallaba sin quien la dirigiese y sin arbitrio de buscar escribano por su pobreza, y habiendo llegado el otorgante hizo que se buscaran dos testigos vecinos de este lugar, que lo fueron Francisco Andueza y Luciano Martínez, que en consorcio de Camilo Bermon, Manuel Nava y el Presbítero don José Mariano de Guevara autorizaron el acto, y en presencia de ella expresó ser su voluntad que el otorgante corriese con sus negocios después de su fallecimiento. Y para cumplir con la escrupulosidad correspondiente, y reducir a testamento escrito este nuncupativo, se ha de servir mandar que los nominados testigos declaren sobre la certeza y tenor de este escrito, para el indicado efecto.

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MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0134 · Item · 08/11/1803
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Don Mariano de Campo, de este comercio y vecindad, como apoderado de los herederos de Acosta, y don Cayetano Acosta, marido legítimo de doña Mónica Acosta, heredera del Presbítero don José Nicolás de Acosta, ambos se expresaron respecto a cierto litigio que trataron de promover la susodicha y su consorte por el derecho que exponen tener a las tierras nombradas los Ojuelos, por lo cual se han comprometido en poner dicho asunto en manos y parecer de jueces árbitros para que de común acuerdo decidan las dudas y diferencias que encontraren, por lo que otorgan poder a los licenciados don Sebastián Jarero, vecino de la Nueva Veracruz, y a don José María Durán, de esta Villa, ambos Abogados de la Real Audiencia de México. El primero nombrado por parte de don Mariano de Campo y el segundo por la de don Cayetano Acosta, para que ambos de mancomún vean los autos o papeles que sobre el caso hubiera y con audiencia o sin ella procedan a sentenciar lo que les parezca.

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MX UV.USBIX ANX-P-0068-PX_0068_0021 · Item · 11/02/1804
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El Licenciado José María Durán, Abogado de la Real Audiencia de la Nueva España, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga poder general a don Nicolás Inmera, vecino de la Ciudad de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, así como también para cobrar judicial y extrajudicialmente a cualquier persona que le deba, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y mercaderías.

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MX UV.USBIX ANX-P-0068-PX_0068_0054 · Item · 25/04/1804
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El Licenciado José María Durán, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, otorga poder general a don Manuel Palacios, Agente del Número de la Ciudad de México, para que lo defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios civiles, criminales, eclesiásticos y seculares que tenga con cualquier persona, así como para que demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente a todas las personas que le deban cualquier cantidad de dinero, frutos, efectos, mercaderías y demás géneros y bienes muebles o raíces.\t

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MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0262 · Item · 23/11/1787
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Don Juan Manuel Castañón, vecino de este pueblo de Jalapa, como curador ad litem de la persona y bienes del menor don José María Durán, bisnieto de don Domingo Díaz Mier y de doña Juana Jiménez, otorga poder especial al Licenciado don José Vidal, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que se presente en el Juzgado de Capellanías de este obispado en nombre de dicho menor y practique todas cuantas diligencias, actos y agencias sean oportunas a fin de que se declare capellán sucesor de su tío difunto don Juan Bernardo Díaz Mier, en las capellanías que fundo dicho su bisabuelo como albacea de don Manuel Domínguez y de doña Ana Jiménez Román, vecinos que fueron de este pueblo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0052-PX_0052_0048 · Item · 30/01/1782
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Don Juan Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, a nombre de don José María Durán y de doña Anna María Durán, de la misma vecindad, doncella de 25 años y con licencia concedida por la Real Justicia, otorga poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de Puebla, para que otorgue escritura de imposición de censo por la cantidad de 1, 000 pesos, la cual ha de entregar el Licenciado Carlos Suárez, Presbítero de este Obispado.