Don Isidro Mendoza, vecino de esta Villa, otorga poder especial a don Agustín de Sorazabal, vecino del puerto de Santa María, para que pida, demande, reciba y cobre de manera judicial o extrajudicial a don Juan Bautista Pandiaga, vecino de la Ciudad de Cádiz, la cantidad de 2 200 pesos.
Don Manuel de Erquicia y Vicuña, residente en Jalapa, natural de la Villa de Usurbil en la Provincia de Guipúzcoa, hijo de don Ignacio de Erquicia y doña Josefa Vicuña, otorga poder para testar a don Juan Antonio de Zuloaga, a don Pedro López Gómez, y don Agustín de Sorazabal, para que ordenen su testamento, donde declara: manda a sus albaceas que del líquido que resultase suyo lo remitan con la seguridad y brevedad a sus albaceas de España, de los bienes, deudas y acciones lo saben sus albaceas, es soltero, por albaceas nombra a don Antonio Vicuña y Goenaga y a don Juan Antonio de Zuloaga, en segundo lugar a don Antonio de Vicuña y Aranguren, residente en España, y don Agustín de Sorazabal, y en tercer lugar a don Manuel Ignacio de Iturralde, residente en Cádiz, para que cumplan lo convenido en su testamento, nombra herederos de la mitad del remanente de sus bienes a sus hermanas doña Manuela de Erquicia y Vicuña, y Josefa Antonia de Erquicia y Vicuña, y la otra mitad a las personas que nombra en carta que deja a sus albaceas, anula la carta que hizo el 1 de mayo de 1776 en Cádiz.