Eugenio Salcedo, Soldado del Regimiento de Dragones de México, residente en este pueblo, otorga poder a don José Andrés de Alcántara, Agente de Negocios de México, para que lo defienda de los pleitos civiles, eclesiásticos y seculares, especialmente del que tiene pendiente a su nombre su curador con el Conde de la Torre de Cosío, sobre cierto principal y réditos, pareciendo dicho curador ante las autoridades correspondientes y con derecho ponga demandas, pedimentos, requerimientos.
Doña María Isabel de Echeagaray, junto con don José María Cardeña y Gallardo, Subteniente de Milicias de esta Villa, la primera como viuda y albacea de don Miguel Eustaquio Cardeña, quien fue escribano, tutora de sus menores hijas doña María Guadalupe Cardeña, doña María Concepción Cardeña y doña María Javiera Cardeña, el segundo como heredero de su difunto hermano don Romualdo Cardeña y apoderado de don Francisco Cardeña, su hermano ausente, otorgan poder especial a don José Andrés de Alcántara, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que comparezca ante el Señor Oidor y Juez General de Bienes de Difuntos de este reino, donde siga y concluya la testamentaria del difunto Miguel Eustaquio Cardeña.
Doña María Josefa Fernández de Ulloa, de esta vecindad, viuda del finado don José de Arias, y su albacea testamentario, otorga poder especial a don José Andrés de Alcántara, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que en su nombre la represente en el Superior Gobierno, en el artículo que ha promovido don José Antonio de la Peña, Regidor de este Ayuntamiento, sobre arrimos que demanda por la casa de su habitación; arreglándose para ello a las instrucciones que le ministre para su defensa.
Doña María Francisca [Fernández de] Ulloa [y Cardeña], de esta vecindad, viuda del difunto Licenciado don Francisco María Rascón, otorga poder especial a don José Andrés de Alcántara, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que en su nombre practique y promueva en aquel superior gobierno todas las presentaciones, autos, agencias y diligencias que sean conducentes a fin de que se le despache título en forma del Oficio Público y de Cabildo de esta Villa, que recayó en la otorgante en virtud de la formal renuncia que de él hizo su tía doña Nicolasa Catarina Cardeña, antes de morir.