Don Francisco Antonio Díaz y Herrero, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder para testar a sus hermanos don Carlos Díaz y Herrero y don Sebastián Díaz y Herrero, para que ordenen su testamento, en donde declara que los bienes que posee lo saben sus albaceas, nombra herederos a sus 2 albaceas.
Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Alguacil Mayor de esta Jurisdicción, Regidor Perpetuo de esta Villa de Xalapa, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, natural de Romeral, Provincia de la Mancha, Arzobispado de Toledo, otorga su disposición en donde declara tiene entregado el almacén de su casa y tienda de géneros a sus dependientes don Fernando González y a don Juan de Tejada, a quienes por su trabajo en la administración les hace reconocimiento del 15 y 10 % a cada uno. Junto con don Diego Leño tiene compañía en arrendamiento de la hacienda de Lucas Martín. Es casado con María Josefa de Herrasti y Alba, a cuyo matrimonio llevó de caudal 55, 000 pesos, y procrearon 6 hijos. Nombra como albaceas a su esposa, a don Mateo Badillo, a don Diego Leño, y a don Francisco Javier Sáenz de Santa María, a quienes también nombra curadores, tutores y tenedores de bienes de las personas y bienes de sus hijos.
Don Carlos Díaz y Herrero, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder para testar a sus hermanos don Francisco Díaz y Herrero y don Sebastián Díaz y Herrero, para que ordenen su testamento, en donde declara que sus bienes, derechos y acciones lo saben sus albaceas a quienes nombra como sus herederos; revoca cualquier otra disposición hecha antes de la presente fecha.
Don Carlos Díaz y Herrero, natural de la Villa del Romeral Provincia de la Mancha en los Reinos de Castilla y vecino de Jalapa, hijo legítimo de don Francisco Díaz de la Serna y de doña Josefa Herrero Vegue, otorga poder para testar a su primo don Alberto Herrero, vecino y del comercio de la ciudad de Veracruz, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento. Declara que es de estado soltero y que no tiene herederos. Nombra a su primo como albacea testamentaria y como universal heredero de todos sus bienes.
Don Sebastián Díaz y Herrero, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, oriundo de la Villa del Romeral, Provincia de la Mancha en el Arzobispado de Toledo, y residente en Jalapa, otorga poder para testar a sus hermanos don Francisco Antonio Díaz y Herrero y don Carlos Díaz y Herrero, para que ordenen su testamento, en donde declara que sus bienes, deudas y acciones lo saben sus albaceas; nombra herederos a sus hermanos, revoca cualquier otro poder para testar.