Don Pedro del Puerto Vicario, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Domingo de Madariaga, también de aquel comercio y vecindad, para que en su nombre otorgue en dicha ciudad una escritura de obligación y fianza en la que lo constituya fiador y principal pagador por el valor del cargamento que condujo de Málaga el bergantín San Francisco de Paula, su capitán don Martín de Revilla a la consignación de don Tomás Martínez, la cual haga se extienda en todas las cláusulas, cuyo poder lo confiere sin limitación alguna.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder a don Tomás Martínez, residente en el puerto de Veracruz, para que en su nombre demande y cobre a don Narciso Montero, Alcalde Mayor de Mesquiaguala y Tetepango, la cantidad de 3, 248 pesos, que se obligó a pagar a los 40 días de llegado el riesgo, por escritura que expidió en Cádiz el 21 de noviembre de 1778, cantidad que le suplió a riesgo de mar don Santiago Iriarte, y de lo que perciba entregue recibo, carta de pago, finiquito y cancelación, confiriéndole este poder con libre y general administración.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, otorga poder a don Francisco de Riofrío, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que en su nombre demande y cobre judicialmente de don Narciso Montero, Alcalde Mayor de Misquiahuala y Tetepango, la cantidad de 3, 248 pesos que se obligó a pagarle en Veracruz, a los 40 días de vencido el riesgo, misma que le suplió a riesgo de mar don Santiago Iriarte; por lo que el otorgante ordena a su apoderado que cuando reciba dicha cantidad, la ponga a disposición de don Tomás Martínez o de don Tomás García, y de ella entregue recibo, finiquito y cancelación de la citad escritura, si por dicha cobranza fuese necesaria contienda de juicio, que la siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes.
Don Vicente de Echavarría y Arana, vecino de Tacámbaro en esta Nueva España y residente en el pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Tomás Martínez, vecino de España, residente en Jalapa, la cantidad de 10, 905 pesos importe de varios géneros de Castilla, en el periodo de 1 año.
Don Manuel García Herreros, vecino y del comercio de la Ciudad de México, en representación de don Sebastián de Heras Soto, vecino y del comercio de México, exhibió 2 escrituras de riesgo de mar otorgadas por don Rafael de la Madrid y Lobiano, vecino y del comercio de Cádiz, la primera de 10,600 pesos que el prestó don Juan Antonio García y Vía, la segunda de 14,000 pesos que le prestó don Hipólito de Guerra, todos vecinos de Cádiz, sumando ambas con los premios de tierra importan 31,237 pesos, que ofreció pagar en este reino por mano de don Tomas Martínez al señor don Sebastián de Heras Soto, por lo que otorga ha recibido dicho principal y por consiguiente cancela las mencionadas escrituras.
Don Manuel García Herreros, vecino y del comercio de la Ciudad de México y residente en Jalapa, en consorcio con don Tomás Martínez, del Comercio de España, don Baltazar Ruiz, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, y don Pedro Modesto de Basoa, del comercio de España, dijo que otorgaron poder general a don Pedro Antonio y a don Jerónimo Ruiz, vecinos del pueblo de Maravatio, para que ante la Real Justicia de Acámbaro demandasen los efectos que vendieron en calidad de fiados a don Vicente Echavarría y Arana, mercader viandante, vecino del pueblo de Tacámbaro, y debido que los poderdantes vienen en camino hacia la Nueva Veracruz sin dejar substituto en aquellos lugares, otorgan poder don Rafael Gómez, vecino de Acámbaro, para que cobre y tome cuentas de todas las personas que le deban en aquellos lugares, así como para que los defienda en todos sus pleitos.
Doña María Manuela Callejo, residente en Jalapa, con licencia de su esposo don Tomás Martínez, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, otorga poder especial a don Juan Angel Huarte, residente en Oaxaca, para que de mancomún con don Sebastián Pérez, vecino de la ciudad de Veracruz, y su marido, la obliguen como fiadora y principal pagadora de don Juan Ángel Huarte hasta en la cantidad de 25, 000 pesos de oro común, para lo cual otorgue escritura de obligación y fianza a favor de los fondos de temporalidades, cofradías, obras pías o tribunales que le suplan y presten a réditos dicha cantidad.
Doña María Manuela Callejo, residente en Jalapa, viuda y albacea de don Ignacio Muñoz, vecino que fue de la Nueva Veracruz, con licencia de su esposo don Tomás Martínez, otorga poder especial a don Francisco Javier de Bona, mercader viandante, para que en su nombre cobre a don Juan Antonio del Castillo y Llata, vecino de la ciudad de Querétaro, la cantidad y cantidades de pesos que debe.
Don José Antonio de la Madrid y Lobiano y doña María Manuela Callejo, marido y mujer, vecinos de la Nueva ciudad de Veracruz y residentes en Jalapa, se otorgan poder para testar el uno a la otra y la otra al otro. Declara el primero que fue casado en primeras nupcias con doña María Josefa de Amotegui, difunta, con quien tuvo un hijo llamado don José María de la Madrid y Amotegui. La otorgante declara que fue casada en primeras nupcias con don Ignacio Muñoz, natural de las montañas de Santander, con quien tuvo 4 hijos, y en segundas nupcias con don Tomás Martínez, natural de las mismas montañas, con quien tuvo una hija. Se nombran el uno a la otra y la otra al otro como albaceas, y como herederos universales a sus hijos. Declaran que los bienes, deudas, derechos y acciones que les pertenecen se lo dejan comunicado uno al otro y constan en sus libros y papeles.
Don Tomás Martínez, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder especial en primer lugar a don Luis de Ortiz, y en segundo a don Juan Francisco de Arrellano, vecinos de la ciudad de Cádiz, para que en su nombre pidan en el tribunal o juzgado una copia de autorización con todos los requisitos necesarios de las informaciones de nobleza que tiene su hermano don Manuel Martínez.