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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0069 · Stuk · 1836/06/23
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Rivera, originario del pueblo de Naolinco, vecino de esta ciudad, hijo legítimo de don Antonio José Rivera y doña Inés Viveros, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que habiendo contraído matrimonio con doña Dolores Sayas hizo con ella vida conyugal hasta el año de 1820, en que por haber adulterado dicha señora, según consta en la causa criminal que se siguió contra ella y para en el oficio público de esta ciudad, quedaron separados ambos conyugues, sin haber vuelto a reunirse ni un solo momento. Declara que durante el tiempo que vivió maritalmente con su citada esposa hubo por hijos a doña Rafael Bernarda y a doña Petra Plutarca y otros que murieron en su infancia. Declara que las dos expresadas sus hijas se hallan casadas, doña Rafaela con don José Antonio Casas y la doña Petra con don Francisco Pérez Rincón, y que ninguna de sus dos hijas expresadas ha recibido cantidad ni cosa alguna, en razón de dote ni de otra manera. Declara que en el año de 1820 al tiempo de separarse de su esposa la nominada doña Dolores no tenía más bienes que 250 pesos del valor que le tocó en la división de su herencia paterna, consistente en una casa, y que a la vez tenía varios acreedores que le habían dado habilitaciones de consideración, siendo uno de ellos don Bernabé de Elías Vallejo que le prestó 4 000 pesos; y otro don Manuel Ignacio Aparicio en compañía de su tío don Antonio José Rivera a quien debía 2 800 pesos, cuyas deudas pagó paulatinamente. Declara que sus bienes consisten en la casa de su habitación con la fábrica de aguardiente anexa a ella; en las otras dos casas contiguas a la expresada, que llega hasta la esquina de la plazuela del Carbón y bajan por la cuesta de Xallitic hasta encontrar con la fábrica mencionada; en otra casa que fue comprada a doña Carmen Rivera que está en medio de las de don José María León y de los hijos de don Domingo Cereseto alias Piamonte; en un trapiche situado en la hacienda de Sosocola, con los respectivos campos de caña y todos los aperos necesarios; y finalmente en todas las cercas, casas y cualquiera otra finca o mejora que haya en la expresada hacienda, pues ésta la recibió en arrendamiento sin más que las tierras y la casita que se halla respecto al río de Sedeño, que fue la que habitaron antiguamente los dueños de la misma finca. Ordena que el quinto de sus bienes, deducidos los gastos que se tienen que cubrir, quede a cargo de sus albaceas, quienes administrarán las casas que lo compongan y entregarán mensualmente a doña Romana Casanova su líquido para que disfrute de él mientras la señora viva y no se case, y se distribuirán los bienes del quinto entre todos sus nietos con igualdad. Ordena que, a Teodora Contreras, de esta vecindad, y lavandera antigua de su casa, se le consigne un cuartito de algunas de sus casas para que durante sus días viva en él sin que se le cobre renta alguna. Nombra por sus albaceas a sus hijos políticos don José Antonio Casas y don Francisco Pérez Rincón, y a su primo don Antonio María de Rivera. Instituye por sus universales herederos a las dos referidas sus hijas, doña Rafaela Bernarda y doña Petra Plutarca Rivera.

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MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0140 · Stuk · 24/09/1810
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Bustillos, don José Pérez de Llera y don Juan Francisco Cardeña, todos de esta vecindad, dijeron que en 1808 celebraron los dos últimos comprarle al primero el agua que se encuentra en la casa de su madre doña Inés Viveros, en 200 pesos con deducción de la cuarta parte que había de quedar para el uso de la familia, en cuya virtud fabricaron la cañería por donde había de pasar el agua, afectando a terceros, con quienes convinieron satisfactoriamente, por lo que don Francisco Bustillo otorga que vende a don José Pérez de Llera y a don Juan Francisco Cardeña, el agua que se halla en la casa de doña Inés, en 450 pesos que han satisfecho.

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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0128 · Stuk · 1829/11/23
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Rivera y Viveros, albacea y heredero de sus finados padres don Antonio José Rivera y doña Inés Viveros; don Manuel Gil, como marido de doña María Micaela Rivera; don Francisco Barquín, en representación de su esposa doña María Antonia Rivera; doña María del Carmen Rivera, viuda, mayor de edad; don Ponciano de Casas por su consorte doña María de Jesús Rivera; y el Bachiller don José María Rivera, como curador de las menores doña Pascuala y doña Trinidad Rivera y Viveros, todos dijeron: Que por fallecimiento de los relacionados difuntos quedaron varios bienes, los cuales fueron disponiendo los herederos y el albacea, quedando solamente por dividir una casa de edificio bajo, ubicada en esta villa, haciendo esquina a la plaza que nombran del Carbón y calle que baja para Jalitic [Xallitic], que se compone de 37 varas de frente hacia el poniente en la calle que atraviesa de dicha plazuela para la de la Constitución y del otro lado solar y paredes de los herederos de don Juan José Florido y 77 varas de fondo hacia el oriente, por donde linda con una barranca detrás del aguaje de Jalitic [Xallitic]; por la banda del sur linda con casa que fue de don Domingo Cereseto alias Piamonte; y por el costado del norte con la citada calle que baja para Jalitic [Xallitic] y del otro lado las paredes y estribos de la casa que pertenece a doña Maria Ana Roso. Y no habiendo cómoda división de dicha finca, convinieron adjudicársela a don José María Rivera y Viveros por el precio de 1 500 pesos, con la obligación de entregarle a cada uno de los otros seis partícipes la cantidad de 250 pesos y asistir a las menores doña Pascuala y doña Trinidad, la cantidad de 20 pesos mensuales, como consta el documento que extrajudicialmente formalizaron en esta villa el 2 de agosto de 1826. Por lo que a la fecha el albacea les ha entregado a sus coherederos y curador de las menores el haber que cada cual debía percibir a virtud del mencionado convenio; por tanto, se haya concluida la testamentaria de los finados. Por consiguiente, los interesados otorgan que tienen recibidos los 250 pesos, extienden el formal recibo y adjudican la casa señalada en precio de 1 500 pesos. Por último, el albacea don José María Rivera añade que la casa contenida en esta escritura se hipotecó por el relacionante y por su madre doña Inés Viveros a favor de don Bernabé de Elías Vallejo, por un capital de 4 000 pesos en que la grabaron con otras, como consta el instrumento formalizado en esta villa a 6 de noviembre de 1823 a cuyo gravamen no son responsables los demás coherederos y sólo el supradicho don José María, lo cual declara y confiesa ser cierto.

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MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0096 · Stuk · 23/08/1803
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Don Manuel Bustillos, vecino de esta Villa, vende a don Anastasio Cruz, de esta misma vecindad, una cantidad de agua que es como un limón, la cual sale de una toma y caja que nace en el patio de su casa; linda al sur con casa de Inés Viveros, cuñada del otorgante, al norte con callejón que sube a Xallitic, al poniente con casa y solar de José Licona, yerno del otorgante, y al oriente con calle en medio de San Antonio, que baja a la Calle Real, dicha venta la hace en la cantidad de 100 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0155 · Stuk · 1823/11/06
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Doña Inés Viveros y don José María Rivera y Viveros, de esta vecindad, madre e hijo, albaceas del finado don Antonio José Rivera, marido de la primera y padre de segundo, otorgan que han recibido de don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, la cantidad de 4 000 pesos en reales, que les ha prestado en varias partidas, y de cuya suma otorgan recibo en forma. La cual se obligan a entregarle 1 000 pesos anualmente, contados desde esta fecha hasta el año de 1827, año en que ha de quedar extinguida esta deuda. Y para seguridad de su obligación, hipotecan tres casas contiguas de paredes cubiertas de madera, ladrillo y teja, de edificio bajo, ubicadas en esta villa, en la calle que nace de la plaza de la Constitución para la que nombran del Carbón y calle de San Juan, que se componen de 37 varas de frente, que hacen al poniente con dicha plazuela y paredones que pertenecen a los herederos de don Juan José Florido, y 77 de fondo hacia el oriente, por donde lindan con el Aguaje y plazoleta de Xalitic, por el costado del sur, linda la primera con el de la casa de Domingo Cereseto, alias Piamonte, y por el del poniente hacia la última otro frente y esquina a una callejuela precipitada que nace de la misma plazuela del Carbón para el mencionado Xalitic. Cuyas deslindadas fincas de los costados son las mismas que han redificado y casi levantado desde sus cimientos sobre las deterioradas, que con la del medio, hubo y compró el marido de la primera otorgante y padre del segundo don Simón Santiago de Murrieta, en esta villa a 13 de diciembre de 1809. Y por las cuales se obligan a no ceder, cambiar o enajenar, hasta que no esté íntegramente pagado dicho principal.

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MX UV.USBIX ANX-P-0051-PX_0051_0165 · Stuk · 08/01/1781
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Doña Gertrudis Barradas, natural de este pueblo, hija de los difuntos don Sebastián Barradas y doña Catarina Chávez Galindo, otorga testamento donde declara no debe a nadie, pero a ella deben algunas cuentas sus hijas Inés Viveros y María Magdalena Lagunas junto con su marido; por bienes tiene una casa que construyó en solar que heredó de sus padres, fue casada en primeras nupcias con Antonio Basilio Viveros, de quien le quedaron 3 hijos; por segunda vez se casó con Juan José Lagunas, con quien procreo 2 hijos, señala que sus hijos José Antonio Viveros y Juan José Lagunas fabricaron unas piezas a un costado de su casa. Nombra por albacea a su hijo José Antonio, nombra como herederos del solar a sus 5 hijos, manda que la casita que construyó la hereden sus hijos José Antonio Viveros y Josefa Viveros.