Don Manuel de Lebrija y Abellán, hijo legítimo de don Manuel de Lebrija y Pruna y de doña Feliciana de Abellán,vecinos de la ciudad de la Nueva Veracruz, otorga su testamento donde declara que su caudal es la cuarta parte del valor de la Casa de Provisión de Bizcocho, que en compañía de su madre y otros dos hermanos tiene en Veracruz, más lo existente en Cajas Reales, considerado en más de 100 mil pesos. Nombra como albacea a su esposa doña María Josefa Martínez y Rosado, y por su falta a don Felipe Díaz, como sus universales herederos nombra a sus hijos legítimos.
Don Manuel de Lebrija y Pruna, vecino de la Nueva Veracruz y residente en Jalapa, Proveedor de bizcochos de los Navíos de Su Majestad, otorga que se obliga a calificar con documentos justificativos, dentro del tiempo que se manda por el señor Virrey, la porción de quintales que antes del día 15 de abril de 1773 se hayan entregado a don Joaquín García, Ministro de la Flota del cargo del Jefe de Escuadra Luis de Córdoba, otorga poder a don Juan de Vieyra y Sousa, para que lo obligue a hacer por firme la presente escritura y la mandada a otorgar en el oficio de Registros.
Doña Feliciana de Abellan viuda de don Manuel de Lebrija y Pruna, y don Manuel de Lebrija y Abellan y doña Gertrudis de Lebrija y Abellan, mayores de 25 años, madre e hijos, vecinos de la ciudad de la Nueva Veracruz y residentes en Jalapa, reciben de don Fernando Gutiérrez de Navia, vecino y del comercio de la ciudad de la Puebla, la cantidad de 6, 000 pesos en calidad de depósito irregular para tenerlos por un lapso de 5 años, pagando un rédito del 5 % por cada año y para la seguridad en su pago hipotecan 4 casas que heredaron de don Manuel de Lebrija y Pruna, que poseen en la ciudad de Veracruz y sirven de provisión a Su Majestad para todos los bajeles que anclan en aquel puerto.