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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0047 · Pièce · 1824/01/30
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, como albacea del finado don Juan Melitón de Lascurain quién fue su socio; otorga que ha recibido de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, como tutor y curador ad bona de la menor doña María Dolores Castro, que también reside en este suelo, la cantidad de 4 000 pesos en reales, que le ha suministrado de los bienes de aquella. Y se obliga a tenerlo en calidad de depósito irregular por el tiempo que tarde la interesada en salir de la minoría o que se habite por derecho para percibir sus haberes. En cuyos casos hará la entrega de este principal previo aviso con antelación de cuatro o seis meses, abonándole el rédito de 5 por ciento anual hasta el día de la redención. Cuyo préstamo es precisamente con el fin de hacer redención de igual suma a la que está hipotecada la casa de que adelante se hará mérito. Y para el cumplimiento de esta obligación en favor de su acreedor, hipoteca dos casas altas y bajas contiguas, cubiertas de madera, ladrillo y teja, situadas en esta villa, en la calle que nombran Ancha a donde hacen frente al oriente y del otro lado casa alta de los herederos de don Domingo Franceschi y casas bajas de doña María Isabel Garzón y del finado don Pedro Martín del Puerto Vicario. La primera hace esquina y otro frente al norte, con la Plaza Principal y del Mercado y; la otra linda por el costado del sur con el de casa baja que fue de los herederos de don Miguel Eustaquio Cardeña y por el fondo del poniente linda ambas con casa alta de don José Fernández de Castañeda y el Hospital o Convento de la Pura y Limpia Concepción o de San Juan de Dios. Cuyas dos fincas, son las mismas que en unión del mencionado Lascurain hubo y compró de don José María de Goiri, de esta vecindad, por escritura pública, que a favor de ambos otorgó en esta villa su fecha a 25 de noviembre de 1820. Finalmente se obliga a no enajenar dichas fincas hasta no estar pagado dicho principal y réditos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0049-PX_0049_0071 · Pièce · 01/08/1777
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Eufrosina de los Ríos, mujer de don Juan Antonio de Llano, vecina del pueblo de Jalapa, otorga que vende a doña María Isabel Garzón , mujer de don Miguel de Remolina Cabo, una esclava negra de 15 a 16 años de edad, nombrada María Bárbara de Loreto, criolla del ingenio la Orduña, que compró del mayorazgo que nombran de Cadena. La venta se hace en 100 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0058-PX_0058_0124 · Pièce · 20/12/1793
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel González de la Cruz, apoderado de don Lorenzo Romero, doña Gertrudis de la Calle, doña María Eduarda Méndez, don José Rafael González Silva, doña Ana María y doña Teresa de la Calle, vecinos de la jurisdicción de Tlaxcala y herederos de don José de la Calle Hurtado de Mendoza, vende a don Domingo Franceschi[Franco], una casa de altos que linda al norte con la calle Real y casas de los herederos de don Laureano Fernández de Ulloa, al oriente con casa que hoy es de don José Sanchinel y sitio de los herederos de don Juan Antonio de Arce y Arroyo, al sur con casa de doña María Isabel Garzón, viuda de don Miguel de Remolina Cabo y con casa de la testamentaria de don Antonio Merino, con la que también linda al poniente; la vende en 2, 450 pesos de los cuales reconoce a censo 150 pesos a favor de la Tercer Orden de este convento de San Francisco.

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MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0145 · Pièce · 28/02/1787
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Juana Morales, natural y vecina de Jalapa, hija legítima de don Juan de Morales y doña Ana de Arcos, viuda y albacea testamentaria de don Carlos José Garzón otorga su testamento donde nombra como sus albaceas testamentarios a sus hijos don Luis José Garzón y doña María Ignacia Garzón, viuda de don Miguel de Remolina Cabo, mismos que nombra herederos universales en compañía de sus demás hijos doña Josefa Garzón, doña María Ignacia y doña Ana María, viuda del capitán don José María Chavez.

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MX UV.USBIX ANX-P-0052-PX_0052_0215 · Pièce · 26/10/1782
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Miguel de Remolina Cabo, natural de la Villa de Laredo Obispado de Santander, vecino de la ciudad de Cádiz en España y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Lucas de Remolina Maquilón y de doña Francisca de Cabo, difuntos, viudo de doña Ángela de Villareal Gómez y casado en segundas nupcias con doña María Isabel Garzón ; otorga poder para testar en primer lugar a don Felipe Montes, vecino de la ciudad de Cádiz, quien fue Diputado de España, en segundo a don Pedro Verdes Montenegro, don Miguel de Mendiburu e Irigoyen y don Felipe de Revilla Bárcena, vecinos de España y residentes en Jalapa, asimismo los nombra albaceas testamentarios, y como herederas universales a doña Ángela de Remolina y Villareal, su hija legítima del primer matrimonio, y doña María Manuela de Remolina y Garzón, su hija del segundo matrimonio.

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MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0002 · Pièce · 07/01/1786
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Isabel Garzón, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Miguel de Remolina Cabo, otorga poder especial a don Miguel de Mendiburu e Irigoyen y a don Pedro Verdes Montenegro, vecinos de la ciudad de Cádiz, para que soliciten a los albaceas y herederos copia del testamento y última disposición .

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MX UV.USBIX ANX-P-0052-PX_0052_0386 · Pièce · 09/10/1783
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Isabel Garzón, mujer legítima de don Miguel de Remolina Cabo, vecina del pueblo de Jalapa, concede licencia a su citado esposo para que por el tiempo de 3 años realice viaje a Europa y residir en las partes y lugares que le fueren convenientes para el mayor adelantamiento de su caudal y poder llevar con mayor comodidad las cargas del matrimonio.

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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0109 · Pièce · 1826/09/15
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido la cantidad de 1 040 pesos en reales de contado, cuya suma pertenece desde esta fecha a Pomposa y a María Porfiria Cortés y Altamirano, hijas menores del difunto Tomás Cortés y de María de Jesús Altamirano, vecina de esta villa. A cuyo favor y por mitad se obliga tener en calidad de depósito irregular por el tiempo que dure la minoría de ambas interesadas, contribuyéndoles el premio de un 5 por ciento anual para su sustento. Y en favor de sus acreedoras hipoteca dos casa altas y bajas continuas, de cal y piedras, cubiertas de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en la calle que nombran Ancha, haciendo a esta su frente hacia el oriente y del otro lado casas de los herederos de don Domingo Franceschi y de los de María Isabel Garzón; por su fondo, al poniente, linda con oficinas y habitaciones del hospital de San Juan de Dios y casa de don José Fernández de Castañeda; por el costado del sur, linda con el de casa baja de don José Miguel Martínez Torcuato; y por el del norte hace otro frente y esquina a la plaza Principal. Cuya finca no podrá enajenar hasta no estar pagado este principal y sus premios.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0099 · Pièce · 25/11/1820
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que vende a don Juan Melitón de Lascuráin y a don Bernabé de Elías [Vallejo], dos casas de cal y piedra, alta y baja, ubicadas en la Calle Ancha, contigua una a la otra, linda con casa de la testamentaria de don Domingo Franceschy, otras dos bajas de doña María Isabel Garzón y de la testamentaria de don Pedro del Puerto Vicario, una hace esquina y otra frente a la Plaza Principal, al poniente linda con casa alta de don José Fernández de Castañeda y con el costado de la iglesia, al sur con casa que fue de don Miguel Eustaquio Cardeña. La venta se hace en 19 200 pesos, 3 000 de ellos ya han sido pagados, 1 400 han de reconocer a censo perpetuo con causa de réditos a favor del Convento Hospital, 800 pesos a favor de una memoria de misas rezadas, 6 000 impuestos sobre una de las casas, 2 000 sobre las dos casas, y los 6 000 restantes han de reconocer a premios sobre las fincas a favor del vendedor.