Don Pedro de Garay y Bea-Murguía y don Eduardo de Alsasua, del Comercio de España y residentes en Jalapa, otorgan poder especial a don Antonio de Uscola, vecino de la Ciudad de México, para que en sus nombres los obligue a favor del Bachiller José Tuñón de Llamas, residente en la Ciudad de México, por la cantidad de 20, 000 pesos que le ha entregado y tiene recibidos del susodicho.
Don José Tuñón de Llamas, mercader viandante de este reino y residente en Jalapa, otorga poder general a don Tomás Fernández Guerra, igualmente mercader viandante, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otras mercancías que le deban, así también lo represente en sus demandas de carácter civil, criminal, ordinarias o ejecutivas y que comparezca ante cualquier juez superior e inferior.
Don José Tuñón de Llamas, natural de Caboalles de Arriba, Obispado de Oviedo, en el reino de León y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Pedro Tuñón y de doña María de Llamas, otorga su testamento donde declara no tener parientes ni descendientes, por lo cual nombra como albacea testamentaria y heredero universal a don Remigio Fernández. Los bienes, deudas, derechos y acciones lo sabe su albacea y constan en sus papeles.