Doña María Francisca de Acosta, de esta vecindad, viuda de don Ventura Rosende, vende al Capitán don Francisco Prast, una casita de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, que fabricó en la Plazuela nueva del cuartel que nombran de San José, en terreno que pertenece a los naturales de esta Villa, por el que se les contribuye anualmente con 20 reales; se compone de 8 ½ varas de frente, que lo hace a la indicada Plazuela así al oriente y 53 y ¾ de fondo al poniente por donde linda con solar que ocupa don José María Rodríguez, por el costado de el norte, linda con casa de José Mariano [de]Guevara, y por el del sur con otra de María Refugio [del] Rivera. Propiedad que vende al precio de 100 pesos, que tiene recibidos de contado.
Auto del testamento nuncupativo de María Allén. José María Durán, Abogado de la Real Audiencia de México, vecino de esta villa, dijo que el sábado 5 del corriente lo llamó Camilo Antonio Bermon, para que viera con prontitud a María de Allén, quien se encontraba muy mal y había dispuesto hacer disposición testamentaria y que se hallaba sin quien la dirigiese y sin arbitrio de buscar escribano por su pobreza, y habiendo llegado el otorgante hizo que se buscaran dos testigos vecinos de este lugar, que lo fueron Francisco Andueza y Luciano Martínez, que en consorcio de Camilo Bermon, Manuel Nava y el Presbítero don José Mariano de Guevara autorizaron el acto, y en presencia de ella expresó ser su voluntad que el otorgante corriese con sus negocios después de su fallecimiento. Y para cumplir con la escrupulosidad correspondiente, y reducir a testamento escrito este nuncupativo, se ha de servir mandar que los nominados testigos declaren sobre la certeza y tenor de este escrito, para el indicado efecto.
José Mariano de Guevara, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Antonio Valentín de Guevara, con licencia del mismo, a nombre de sus hermanos menores vende, a José Ontiveros, de la misma vecindad, una casa de paredes y tejas con el solar que le corresponde, la cual tiene 36 varas de frente y 29 de fondo, linda al norte con la Calle Real que sale para el camino de Veracruz y casa de altos de don Blas Cortés, al sur con solar del pueblo, al oriente con tierras de la Virgen y al poniente con solar de Gertrudis Socorro, dicha venta la hace en 120 pesos.
Juan José de Guevara, Maestro de Arquitectura, vecino de este pueblo, otorga que deja encargado a su hijo José Mariano de Guevara en casa de don Francisco de Castro, Maestro de Flebotomía y Resura, para que aprenda a trabajar dichos oficios en el tiempo de 5 años, que comenzarán a contarse desde 28 del presente; el Maestro tendrá la obligación de alimentarlo, vestirlo, calzarlo, enseñarle a trabajar dichos oficios y concluido el tiempo, le dará vestido, capa y sombrero.
Don José Mariano Florido vecino de la jurisdicción de Xalapa, otorga que se constituye en fiador principal pagador a favor del Presbítero don José Mariano Guevara, provisto cura del pueblo de Xilotepec, quien deberá asegurar la cantidad que en cada bienio importan las Bulas de la Santa Cruzada, las de difuntos, y las del nuevo indulto de carnes saludables que hayan de expenderse en su feligresía, en el tiempo que dicho presbítero sirva el indicado curato y sean aquellas a su cargo.