Don Juan Crespo Patrón, vecino y del comercio del pueblo de Perote, otorga que se obliga a pagar a don Mariano Peña, apoderado de don Ángel Pedro Puyade, vecino y del comercio de la Ciudad de México, en la testamentaria de don Antonio Callebout de quien es albacea y heredero, la cantidad de 4, 000 pesos en 8 plazos de 6 meses cada uno, por lo que hipoteca una tienda que tiene en el pueblo de Perote.
Don Antonio Callebout, natural de la ciudad de Cádiz y residente en el pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Luis Callebout y doña Mariana Costo, difuntos, otorga su testamento donde declara que sus bienes, deudas, derechos y acciones lo saben sus albaceas a quienes nombra como tales y como heredero universal a don Ángel Pedro Puyade, residente en este reino.
Don Antonio Callebout, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, albacea testamentaria del difunto don Francisco [Capdevielle]Vázquez, otorga poder general a don Ángel Pedro Puyade, del Comercio de España y residente en la Ciudad de México, para que en su nombre, como albacea del referido difunto, defienda dicha testamentaria en todos sus pleitos, causas y negocios civiles, ordinarios y ejecutivos.
Don Domingo Escandón, vecino y del comercio de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, como apoderado de doña María Paz, doncella, vecina de esta Villa, vende a don Juan de Dios Arzamendi, vecino de dicha ciudad, una casa de paredes cubierta de madera y teja, ubicada en la Calle de Tecuanapa o del Beaterio, con la que hace frente al norte, entre la casa de don Pablo Fraile de Santa María, que queda al poniente y la de Antonia de Castro, que queda al oriente, y por su fondo al sur linda con casas de don Antonio Gómez, Clérigo Presbítero. La vende en 2 500 pesos.
Don Ángel Pedro Puyade, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de don Francisco Joaquín Moreno, la cantidad de 1, 557 pesos 5 reales y 9/4 de contado, misma que le prestó a riesgo de mar don Juan Manuel de Sarría el 9 de abril de 1776 en Cádiz, y se obligó a pagarle al otorgante, quien señala da por cancelada la mencionada escritura.
Don Ángel Pedro Puyade, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura por la cantidad de 19, 000 pesos, los cuales le ha pagado don Francisco Victoriano Jaso, vecino del pueblo de Tangancícuaro, quien se obligó a pagar dicha cantidad.
Don Ventura de Lacomba, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Nicolás Hickie y a don Ángel Pedro Puyade, del mismo comercio y residentes en este pueblo, para que pidan, demanden, reciban y cobren a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban.
Don Andrés Semeria, de esta vecindad y comercio, otorga poder a don Juan Kellly, y a don Ángel Pedro Puyad, vecinos de México, para que en su representación lo defiendan en los pleitos civiles, criminales, eclesiásticos y seculares que tenga o tuviere con cualquier persona, pareciendo ante las autoridades correspondientes y presentando la documentación, testimonios, y los que les sean solicitados, por lo que se les da éste con libre y general administración.
Don Antonio Callebout, del Comercio de España, tenedor y heredero de don Nicolás Hickie, por poder para testar del 5 de octubre de 1779, en virtud del cual, otorga que da poder don Ángel Puyade, vecino de México, para que en su nombre y en representación de sus derechos y acciones, se presente en el Real Tribunal del Consulado de aquella Corte y en las demás que convengan, y pida se le mande entregar la cantidad de 13 637 pesos, 6 y 3/8 reales, pertenecientes a la testamentaria de dicho don Nicolás Hikie, en virtud del libramiento que se ha mandado a expedir bajo la fianza que tiene ofrecida y conseguida, entregue los recibos que se le pidan, por lo que se le da poder con libre y general administración.
Don Ángel Pedro Puyade, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de don Francisco Joaquín Moreno, la cantidad de 1, 557 pesos 5 reales y 9 cuartos, en dinero de contado, mismos que le suplió don Juan Manuel de Sarría, en Cádiz a riesgo de mar, y se obligó a pagarle en este pueblo al otorgante, quien señala da por cancelada la mencionada escritura.