Doña Ángela Borro y don Francisco de Ávila, residentes en esta Villa, viuda e hijo legítimo del finado Bachiller don José de Ávila, otorgan poder especial a don Nicolás Campero y Bustamante, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en sus nombres otorgue aceptación de la escritura de adjudicación de una casa que del finado Ávila les han hecho, en la que los obligue a reconocer a premio sobre la misma finca 1 200 pesos que reporta sobre si, de cuya cantidad 800 pesos pertenecen a un ramo de capellanías y los 400 pesos restantes a favor de la Venerable Orden Tercera; como también la parte que de ella corresponda a los coherederos con respecto a la suma de 14 000 pesos, en que se les adjudica y de la que así les corresponda, les han de abonar el acostumbrado premio de 5 % anual por el término que se estipule.
Don Francisco de Ávila, Capitán retirado del Regimiento de Infantería de la Nueva España, dijo que por fallecimiento de su padre el Bachiller don José de Ávila se siguieron autos de su testamento en la ciudad de Veracruz pero, él todavía no ha recibido lo que le corresponde de paterna, por lo que el albacea de su padre, don Manuel de Viya y Gibaja, le prestó la cantidad de 754 pesos, mismos que se obliga a pagar en un término de 3 años, contados desde esta fecha, para seguridad de esta deuda, hipoteca una casa alta y baja de piedra y madera cubierta de azotea, situada en la segunda calle de la Merced, haciendo esquina con la de Chafalonía, de la que se compromete a no vender, enajenar ni hipotecar hasta que la deuda este pagada.
Don José de Ávila, Alcaide de la Real Cárcel, dijo que por cuanto se halla presa en dicha Real Cárcel, María Josefa Martínez, a pedimento de su marido José Estrada por desavenencias en su matrimonio, cuya causa se sigue en el juzgado del Señor Alcalde Ordinario de segunda elección de esta Villa, y habiéndose enfermado dicha María Josefa Martínez, se ha ordenado se excarcele en calidad de presa hasta que mejore su sanidad, por lo cual el otorgante sale y se constituye en fiador comentariense y carcelero seguro, de tal manera que restablecida de sus males la devolverá y presentará en esta Real Cárcel.
Se tomó la razón de 53 pipas de vino que lleva Gerónimo [Jerónimo] de Vergara, en la cuadrilla de carros de Juan Vázquez de Medina, para entregar en México a José Ávila, a don Francisco García y a Francisco de Arrechao.
Se tomó la razón de 4 pipas de vino en 24 barriles, que lleva Juan de Rivas en su recua, para entregar en Oaxaca a Jodeph [José] de Ávila.\n
Don José de Ávila, Alcaide de la Real Cárcel de esta Villa, dijo que por cuanto en la causa criminal que siguen Ángel Torrontegui con su mujer, María Antonia Palacios, en el juzgado del señor alcalde de primera elección, se mandó por dicho señor alcalde que se depositasen los bienes del marido en persona que éste nombrase y fuese de su satisfacción, y habiendo nombrado a Gertrudis Josefa González, ofreció ésta por su fiador al otorgante, declarando por la presente que se constituye fiador, liso y llano pagador de todos los bienes que se depositen en doña Gertrudis.
Don José de Ávila, Alcaide de la Real Cárcel, dijo que por cuanto por orden del Señor Alcalde de Primera elección, don José Antonio de la Peña Vallastra, se halla presa Antonia Cipriana Salazar, a quien le imputan estar comprometida en los autos criminales que se siguen en el juzgado del nominado alcalde, contra José Trinidad Berrospe, reo prófugo, sobre varios robos que hizo en esta Villa, y por autos de conformidad se ha mandado ponerla en libertad en fiado, ofreciéndose el compareciente a otorgar la fianza comentariense, por lo tanto otorga que recibe en fiado, presa y encarcelada a la nominada Antonia Cipriana, obligándose a presentarla en la cárcel cuando se le mande.
Don Lino Caraza Jiménez y don Miguel de Arieta, del Comercio de España, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder a don José de Ávila, vecino de Puebla, para que los obligue a ambos por 2, 000 pesos como fiadores llanos y principales pagadores de su hermano el Bachiller José Zavalza, Presbítero, de esta misma vecindad, a favor de cualquier persona, juzgados, tribunales o comunidades, otorgando en razón de ello las escrituras que se le pidan por los tiempos, plazos, condiciones y demás de que se tratare.
Don José María Rodríguez, Maestro de las obras Públicas de Albañilería que se hacen por cuenta de Su Majestad en la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Francisco García Jiménez, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que en representación de su persona acepte la escritura que le entregará doña María Ignacia Monzabal, por la venta de una casa situada en la calle que nombran de la Merced con el frente al poniente de edifico bajo contigua por el sur con la alta del Bachiller don José de Ávila, venta que fue verificada en 2 500 pesos al contado, para lo cual le confiere este con libre administración.
Don Juan Antonio de Llano, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José de Ávila, Notario Eclesiástico y vecino de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, para que solicite la cantidad de 4, 000 pesos a crédito, por el periodo de 2 años, obligándolo a la paga de los mismos y otorgando las escrituras de obligación y depósito que sean necesarias.