Clara Dolores Acosta y Bravo, hija legítima de Andrés Acosta y Francisca Javiera Bravo, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que es de estado doncella y que no tiene herederos forzosos ascendentes ni descendientes. Declara que la casita en la que vive fue de su hermana Clara Trinidad [Acosta y Bravo], quien murió sin hacer testamento, pero de palabra dijo que era su voluntad que dicha casa se le entregara a dos huérfanas sobrinas suyas, de las cuales solo vive una nombrada María Gertrudis, hija de Luis Baizabal y de María Teresa López, difuntos, y en consideración a ello, ordena que se le entregue dicha casa a su sobrina. Declara que la casa que posee en esta ciudad, en la primera cuadra de la calle del Ganado, quedó por herencia de su abuela doña Juana Rivera. Nombra herederos a sus sobrinos nietos María de la Luz López, María Gertrudis y Rafael Baizabal, en la forma siguiente: a Rafael la octava parte del total del remanente; y de lo restante se harán cinco partes, para que tres de ellas se le apliquen a María de la Luz y dos a María Gertrudis. Nombra albacea testamentario a don Dionisio Camacho.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Francisco Sáenz de Santa María, Regidor perpetuo por Su Majestad, albacea dativo del difunto don Gregorio de Ochoa de Amézaga, doña María del Rosario Ochoa de Amézaga, viuda de don Matías Ochoa de Amézaga, y el Regidor Alguacil Mayor don Carlos Díaz y Herrero, de esta vecindad, curador ad litem de don Juan de Dios Ochoa, hijos y herederos del expresado difunto don Gregorio de Ochoa, dijeron que por cuanto de los bienes de dicho difunto quedaron cuatro casas, venden a don José Antonio de la Peña, una de ellas ubicada en la calle del Ganado con la que hace frente al oriente y del otro lado solar de las señoras Camino, por el norte linda con casa que fue de Juan Prieto Rendón y hoy es de la testamentaria del presbítero don José Camino, al costado del sur linda con casa y solar de José Antonio Medina, y por el poniente que es su fondo linda con solar de Francisca Javiera Bravo. La vende en precio de 1268 pesos y 3 reales.\t
Doña Juana de Rivera, vecina de este pueblo de Jalapa, hija legítima de don Julián Hernández y doña Eugenia Hernández, difuntos, viuda de Pedro Bravo de Alarcón, otorga su testamento donde menciona sus bienes y nombra como albaceas testamentarias y herederas universales a Francisca Javiera Bravo, viuda de Andrés Basilio, y Teresa Bravo, sus hijas legítimas.
Doña Francisca Xaviera Bravo, hija de los difuntos Pedro Bravo y de Juana de la Rosa Rivera, natural de esta Villa, mayor de 60 años de edad, viuda de don Francisco de Acosta, otorga su testamento donde declara por bienes la mitad del valor de una casa de paredes, situada en la calle del ganado; cuya casa está gravada con el principal de 300 pesos, de los cuales 100 pesos pertenecen a la Cofradía del Santísimo Sacramento, 40 pesos a su nieto Andrés Acosta, otros 50 de crédito particular, y los 110 pesos restantes que sean invertido en reparos de la misma casa. Declara fue casada y no llevó caudal al matrimonio, procrearon cinco hijos, de los cuales uno murió, pero lo representa el hijo y sucesor, Andrés Acosta. Asimismo, señala que posee por más bienes una casita que le fue construida por sus hijos, en terrenos ajenos. Tiene unas joyas cuyo valor encarga para que los inviertan en misas y sufragios por su alma. Nombra albaceas a sus hijas Clara de la Trinidad y Clara Dolores Acosta y Bravo, y como herederos universales a sus cuatro hijos y a su nieto.