Don José de la Presa y Miranda, vecino del pueblo de Jalapa, con poder para testar otorgado por don Antonio Añesi, de la misma vecindad, procede a realizar la descripción del testamento, en el cual lo nombra albacea testamentario y como heredera universal a la ilustre Cofradía de la Pura y Limpia Concepción, ubicada en la antigua parroquia de este pueblo. Declaró que lo que debe y le deben lo sabe su albacea y consta en sus apuntes; manda se pague lo uno y se cobre lo otro.
Antonio Añesi, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que debe a don Juan Crisóstomo Palou, del comercio de España o a su apoderado don José Gutiérrez de Palacio, la cantidad de 980 pesos en plata doble, por el valor total de varios géneros de Castilla que le tiene comprados en la presente flota, mismos que se obliga a pagar, dándole 50 pesos semanalmente, desde la siguiente a la de reyes del año entrante.
Don Antonio Añesi, natural de la Villa de Albenga, Marquesado de Saboya y vecino de este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Juan Bautista Añesi y de Josefa, difuntos; otorga poder para testar a don José de la Presa y Miranda, asimismo lo nombra albacea testamentaria, y como heredera universal nombra a la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción ubicada en la antigua parroquia de este pueblo.