Parecieron en forma de Cabildo los Oficiales de República del pueblo de San Antonio Tepetlán, nombrados en esta escritura, quienes otorgan poder a don Vicente Agudo, vecino del pueblo de Naolinco, para que defienda a su pueblo de todos los pleitos que tenga o tuviere con cualquier persona o comunidad, haga pedimentos, alegaciones, escritos y demás que sea necesario, compareciendo ante las autoridades correspondientes, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
El Gobernador Domingo Jiménez, primer Alcalde, Nicolás Vázquez, junto con otros Oficiales y naturales del pueblo de Santa María Asunción Misantla, otorgan poder a Vicente Agudo, vecino de esta cabecera, para que en sus nombres cobre todas las cantidades de pesos, plata, oro, que les adeuden y si por dichas cobranzas se ofreciere contienda de juicio, haga todos los actos, autos y diligencias jurídicas que se ofrezcan.
Nicolás Pérez, Domingo Reyes, Manuel Pérez, Tomás Antonio Huesca, Luis José Barradas y José Patricio Fernández, vecinos del pueblo de Naolinco, en nombre y representación del vecindario de razón de Naolinco, compuesto por: José de Acosta, Manuel Fernández, Julia Cueva, Manuel Antonio, Nicolás Barrera, Antonio de Zárate, Mariano Cayetano Dorantes, José Bruno de Acosta, Joaquín Sayago, Antonio Gómez, Joaquín de Aguilar, Manuel Márquez y Nicolás de Aguilar, otorgan poder general a don Vicente Agudo, de aquella propia vecindad, para que a nombre de dicho vecindario pida, demande, reciba y cobre de manera judicial y extrajudicial a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías y efectos que les deban, así como para seguir cualquier litigio, donde demande, pida y haga ejecución, mejoras, juramentos y demás diligencias judiciales y extrajudiciales.
Don José Mariano de Acosta, don José María Casas, don Agustín de Agudo y demás que se mencionan, vecinos de razón del pueblo de Naolinco, otorgan poder general en primer lugar a don Juan José Domínguez y en segundo a don Vicente Agudo, para que en nombre y representación de ese vecindario cobre todas las cantidades que se les deban o debieren, así también para que administren todos sus bienes, y para que en razón de dichas cobranzas los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Don Felipe Nicolás de Acosta, vecino de Naolinco, otorga poder a don Vicente Agudo y a sus hijos Francisco de Acosta y José Mariano de Acosta, para que lo defiendan de todos los pleitos, pareciendo ante las autoridades correspondientes y hagan los requerimientos, alegaciones, citaciones, sigan juicios, litigios, artículos, y demás que sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
Antonio Domínguez y Enrique Antonio Sandria, naturales y vecinos del rancho de las Ánimas, en Jurisdicción de la Antigua Veracruz, por sí y presentando voz y caución por Serapio Galindo, de la misma vecindad, otorgan poder general a don Vicente Agudo para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante; así para que los defienda en todos los pleitos, causas y negocios.
Alonso Pérez, Gobernador, Jerónimo Francisco, Pedro Pablo, Pascual Francisco y Juan Rodríguez, Alcaldes, junto con los demás Oficiales del pueblo de San Pedro Tonayán, otorgan poder a Vicente Agudo, para que en sus nombres siga los pleitos que tengan o tuvieren con cualquier persona o comunidad.
Don José Albino Muñiz, residente en esta Villa, otorga poder a don Vicente Agudo, vecino del pueblo de Naolinco, para que en representación de su persona demande y perciba de cualquier persona las cantidades de dinero, joyas, esclavos y demás que le deban, así como en todos los pleitos, causas civiles y criminales que tenga, por lo que se le da este con libre y general administración.
Pedro Mendoza, Juan Cayetano, José Antonio Filoteo, José de Acosta, y Dionisio Linetro, pardos libres, labradores y vecinos de Otates, Coyolillo y Omiquila, a nombre propio y en el los demás que se mencionan en esta escritura, otorgan poder a don Vicente de Agudo, vecino del pueblo de Naolinco, para que los represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, seculares y eclesiásticos.
Antonio Jerónimo Álvarez, labrador y vecino del pueblo de Naolinco de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Vicente Agudo, vecino de dicho pueblo, para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre a quien con derecho deba la parte que le toca de herencia como descendiente por vía recta del Capitán don Manuel de Acosta.