Don Agustín Socorro, natural de la Ciudad de la Gran Canaria, hijo legítimo de los difuntos don Salvador Socorro y doña María del Rosario, naturales de Santa Brígida de la Bella, otorga poder para testar al Capitán don Juan Antonio de Zavalza, vecino de este pueblo y a don Diego Núñez, vecino de la Nueva Veracruz, así como nombramiento de albaceas y herederos.
Testamento de Melchora Núñez, viuda de Juan Pardo de Ulloa, vecina de Jalapa, hija legítima de Diego Núñez y de Agustina López, difuntos, vecinos que fueron del Ingenio Chico, en esta jurisdicción, de donde es natural la otorgante.
Don Manuel Mañueco Osorio, vecino de Jalapa, vende a Diego Núñez, vecino de este pueblo, una casa de paja con un medio solar, un horno y lo demás en ella edificado, por el precio de 30 pesos en oro común.
Diego Núñez y Juan Pardo, vecinos de Jalapa, como principales deudores, se obligaron a pagar a María Rodríguez, vecina de Jalapa, viuda de Juan Martín de Abreo[Abreu], 425 pesos de oro común, precio de 17 mulas de arria, a 17 pesos cada una, en esta manera: la mitad para la fecha de esta carta en 6 meses, y la otra mitad, para allí en otros 6 meses, con las costas de la cobranza.
El Capitán Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella y su jurisdicción, dijo está de viaje en la Nueva ciudad de la Veracruz con su Compañía de Infantería Española de esta villa, y por lo que Dios fuere servido disponer, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea sepultado en la parroquia de esta villa, y que el día de su entierro todos los sacerdotes que fueren posible hasta en número de 20 digan una misa cada uno. Manda se den limosnas a las cofradías del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial de esta villa, a la de la Purísima Concepción de Nuestra Señora de Jesús [roto], Nuestra Señora de la Soledad y Ánimas del Purgatorio. Declara ser casado con doña María de Brito [Lomelín], hija de Salvador de Brito [Lomelín] y de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], y tiene por hijo natural al Licenciado Alonso López de Sagade [de Bugueiro]. Declara ser natural de la villa de Mellide [Melide] e hijo de don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y de María Varela de la Iglesia, asimismo, dijo no tiene recibidos de sus padres cosa alguna a cuenta de su legitima, sólo 50 doblones de a 4 pesos cada uno que le dio su madre para su pasaje a este reino y 200 reales de vellón que le dio su padre y un macho ensillado que vendió en Cádiz a 800 reales de vellón. Manda que de sus bienes se den diferentes cantidades de dinero a Jacinto de Chávez, a Diego Núñez, y a Micaela González, niña, [roto]. Declara que del precio de las tierras de su trapiche de hacer azúcar y de la licencia para su fundación todavía debe 250 pesos, de lo que dio fianza para pagarlos a Su Majestad o a los propios de esta villa, los cuales tiene en depósito con el Capitán Francisco de las Casas de quien tiene recibo para que se paguen a quien tocare el derecho a dichas tierras. Declara tener en poder del Capitán Ignacio de Acosta Tenorio 918 pesos y 4 reales de oro común de los cuales tiene librados 400 pesos al Doctor Francisco Santín Villamane, Beneficiado interino del pueblo San Juan Coscomatepec, para que habiendo menester se le dieren en préstamo y en caso de que dicho beneficiado los haya recibido ordena se cobren [roto]. De lo contenido en la cláusula antecedente tiene remitidas en este último [roto] a dicho Capitán Ignacio de Acosta 198 arrobas y 14 libras de azúcar blanca [roto]; señala tiene remitidas a su encomendero don Joseph [José] de Padilla, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, 283 arrobas de azúcar blanca; también a don Juan Antonio Romero, 3 cargas de tabaco fino; tiene entregadas cargas a Domingo de Brito [Lomelín] y a Catalina Ruiz de Santiago. Declara por bienes las casas de su vivienda con medio solar en que está fundada y una tienda de mercaduría y pulpería a cargo de Diego Núñez, que la administra a salario, cuyo monto de géneros que en ella están entre deudas y prendas monta 3 550 pesos 2 tomines; la mitad de una casa de piedra y solar en que fue fundada; y un trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, que se compone de las tierras que le pertenecen con casas de calderas y molienda de cal y canto cubierta de teja y una cocina, otros jacales, 12 suertes de caña, molienda corriente, calderas de cobre [roto], otros bienes y treinta y tres piezas de esclavos. Manda que si su hijo don Joseph [José] López de Sagade [Bugueiro] quisiera ordenarse de epístola siendo clérigo, manda a su mujer doña María de Brito [Lomelín] junto con su albacea testamentario que instituya y funde una capellanía. Nombra albacea a la dicha su mujer y por su fallecimiento a su hermano el Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Clérigo Presbítero, y como universales herederos a sus hijos.
UntitledDiego Martín, vecino de Jalapa, vende a Diego Nuñez, vecino de este pueblo, un negro esclavo nombrado Manuel, de nación Angola, de 20 años de edad, que hubo y compró el Lic. Alonso García, presbítero, por escritura ante Diego Cortés de Brito, escribano público de Los Ángeles; sujeto a servidumbre, libre de empeño, hipoteca y enajenación, sin asegurarlo de tacha, defecto ni enfermedad, por el precio de 250 pesos de oro común; y el comprador se obligó a pagarlos de esta manera: la mitad para hoy día de la fecha en 2 meses, y la otra mitad, para allí en otros 2 meses, con las costas de la cobranza.
Testamento de Melchora Nuñez, mujer de Juan Pardo de Ulloa, vecina de Jalapa, hija legítima de Diego de Nuñez y de Agustina Lopéz, vecinos que fueron del ingenio Nuestra Señora de la Concepción.
Juan Núñez, hijo legítimo de Gabriel Núñez y Juana López, vecinos que fueron del pueblo Acatzingo, de donde es natural, otorga su testamento de la manera siguiente: Declara que está casado con María Díaz, hija legítima de Mateo Díaz y Francisca Juárez, vecinos que fueron de esta villa, y al tiempo que se casaron le mandaron en dote 500 pesos, durante el matrimonio procrearon por sus hijos a Sebastián, Juana, Gabriel que murió, Manuela que murió niña y a Gabriel; de igual forma el otorgante tiene dos hijos naturales llamados Jacinto y Antonia que está casada con Pedro de Olivera. Menciona por sus bienes [roto] cuatro mulas de carga, cuatro caballos y una yegua, una escopeta, un arcabuz, una espada y daga, un solar que linda con la calle del convento, un platanal y una rosa que tiene hecha para milpa, así como otros bienes que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas testamentarios a dicha María Díaz y a Diego Núñez su hermano. Y en el remanente que quedare de sus bienes instituye como sus herederos a sus hijos legítimos Sebastián, Juana y Gabriel. Por último nombra por tutor y curador de las personas y bienes de los menores sus hijos a Diego Núñez su hermano.
UntitledBernardo Núñez, hijo legítimo de Diego Núñez y de María Núñez, difuntos, vecino del pueblo de Jalapa, otorga su testamento de la siguiente manera: declara no deberle nada a nadie; es casado con Juana de Acosta, quien no trajo dote ni caudal alguno a su poder y él sólo tenía 20 pesos; tuvo 5 hijos legítimos; entre sus bienes se encuentran la casa en la que vive con su menaje, un caballo manso y una fragua de herrería. Nombra como albaceas a su mujer Juana de Acosta y como sus herederos universales a sus hijos para que por iguales partes lo hereden.
Isabel Ramírez, vecina de Veracruz, dio carta poder a Gaspar de Aguilar, vecino de la misma ciudad, para que en su nombre cobre de Diego Núñez 220 pesos de oro común de una obligación.