Don Domingo Díaz Mier, hijo de los difuntos don Antonio Díaz Mier y de doña María de Estrada, natural de este pueblo, otorga poder al Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, Josefa, Antonia y Mariana Díaz Mier, para que ordenen su testamento donde declara fue casado con la difunta Juana Jiménez Román, quien llevó al matrimonio un solar que vendió en 200 pesos, y él llevó 3, 000 pesos; procrearon 4 hijos; en segundas nupcias se casó con doña María Josefa del Monasterio [María Josefa de la Cruz], quien mantiene su capital apartado de los de él, ya que fue un acuerdo que ambos hicieron, acordando cederse mutuamente el derecho de los gananciales que pudiera haber de los bienes adquiridos durante el matrimonio.
Don Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla, doña Josefa Díaz Mier , doña Antonia Díaz Mier , doña Mariana Díaz Mier , doña María Rosalía Díaz Mier y doña Ana María Durán y Mier, hermanos, hijos legítimos y herederos de don Domingo Díaz Mier, vecinos del pueblo de Jalapa, se obligan a pagar a don Mateo Antonio Ortiz de Zárate, la cantidad de 2, 400 pesos en el periodo de 2 años.
El Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, doña Josefa Díaz Mier, doña Antonia Díaz Mier, doña Mariana Díaz Mier y doña María Rosalía Díaz Mier, hijos y herederos de don Domingo Díaz Mier, difunto, el primero como albacea y tenedor de bienes, otorgan que imponen 400 pesos a censo redimible en un sitio y casas de su propiedad, ubicada en la Calle de la Amargura que sube para el Calvario, linda al oriente con casa del Maestro Rincón, al sur con casa de altos de la capellanía del otorgante, la cual hace esquina con la plazuela del Rey, al poniente con calle y casas del Capitán don José Antonio de la Pedreguera y al norte con casas de don Juan Onofre Florido.
Doña Josefa y doña Mariana Díaz Mier, doncellas mayores de 25 años, vecinas de la Villa de Xalapa, en quienes recayó el patronato de la Capellanía que su difunto padre, don Domingo Díaz Mier, fundó como albacea de doña Ana Jiménez, por lo que venden a don Genaro Garza, vecino de la ciudad de la Veracruz, una casa de cal y canto de dicha capellanía, cubierta de madera y tejas, la cual linda al poniente con la casa del correo y solar con paredes de la testamentaria de don Luis Antonio de Zárate, al norte con casa y solar de Marcela Baizabal, al sur con casa de uno de los herederos de don Manuel de Olmedo y al oriente con solar y casa del difunto don Pedro Gorrindo. La venta la hacen en 1, 469 pesos 6 y medio reales.
Doña Josefa, doña Antonia y doña María Ana Díaz Mier, hijas del difunto don Domingo Díaz Mier, otorgan poder a su sobrino don José María Durán, para que demande y cobre judicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de pesos, oro, plata, piedras preciosas y algunos otras bienes y especies que le adeuden a través de instrumentos públicos o simples; así también las obligue por cualquier cantidad de pesos, entregando las escrituras, recibos, etc., las defienda de los pleitos civiles, criminales, eclesiásticos y seculares que tenga o tuvieren, pareciendo antes las autoridades correspondientes y presentando la documentación, testimonios y los que le sean pedidos, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
Doña Josefa Díaz Mier, doña Antonia Díaz Mier y doña Mariana Díaz Mier, doncellas, vecinas de Jalapa, declaran que el 1 de octubre de 1784 celebraron, con asistencia de su difunto hermano, el Presbítero Juan Bernardo Díaz Mier, quienes pusieron la hacienda El Lencero y don Juan Antonio Gómez de Guevara, su industria, trabajo y habilitación pero sobre los aprovechamientos han tenido varias diferencias, hasta que habiendo liquidado las cuentas con intervención de expertos que resultaron alcanzadas por el dicho Juan Antonio en 12, 238 pesos, 5 y 1 octavo reales, con cuya liquidación quedó disuelta la compañía, entregándole las escrituras de la hacienda llamada El Lencero en calidad de arrendamiento por 5 años, y cuya deuda se obligan a liquidar a los 6 meses de haber fenecido el arrendamiento.
Doña María, doña Josefa, doña Antonia y doña María Anna Díaz Mier, junto con doña Anna María Durán y Mier, vecinas de Jalapa, doncellas mayores de 25 años, hijas, nietas y herederas de don Domingo Díaz Mier, otorgan poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de la Puebla, para que en unión de don Juan Bernardo Díaz Mier, hermano y coheredero de las otorgantes, haga una escritura de imposición de censo por la cantidad de 10, 000 pesos, cantidad que han de recibir de don Carlos Suárez, Presbítero del Obispado de Puebla y se cargará a las fincas de las otorgantes a favor del Beaterio de este pueblo.
Doña María Díaz Mier, doña Josefa Díaz Mier y doña Antonia Díaz Mier, doncellas mayores de 25 años, y su hermana doña Mariana Díaz Mier, ausente en la ciudad de la Puebla, herederas de su difunto padre don Domingo Díaz Mier, otorgan poder general al Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, Presbítero domiciliario del Obispado de la Puebla, hermano de las declarantes, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y esclavos que le deban y las defienda en sus demandas de carácter civil, criminal, ordinarias y ejecutivas.
El Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier, Presbítero; doña Josefa Díaz Mier, doña Antonia Díaz Mier, doña María Rosalía Díaz Mier, doña Mariana Díaz Mier; y doña Anna María Durán y Mier, hermanos, hijos, albaceas y herederos de don Domingo Díaz Mier, otorgan en conformidad que aceptan formar compañía entre ellos de la “Hacienda el Lencero” que heredaron de dicho don Domingo Díaz Mier, la cual durará 9 años, quedando bajo la administración de don Juan Antonio Gómez de Guevara, quien pone su industria, trabajo y 3, 502 pesos y 7 y medio reales que debe dicha hacienda de habilitaciones que se le han hecho por 17 personas, en diversas cantidades.
Doña Mariana Díaz Mier, doncella mayor de 25 años, vecina de esta Villa, como heredera de su hermano don Juan Bernardo Díaz Mier, declara que éste vendió a Juan Jaimes un solar ubicado en la Calle que llaman del Chorro del Poblano, el cual linda al oriente con casa esquina de Carlos [José de los Reyes]Gómez, Callejón de la carnicería en medio, por el norte con casita y solar de Miguel Viveros, Maestro Campanero, por el poniente con casa y solar de Antonio Mariano Peretón y por el sur con dicha Calle del Chorro del Poblano. Lo vendió en 80 pesos, por lo que cede, renuncia y transfiere los derechos que ha dicho solar tubo en los herederos del difunto Juan Jaimes y Arbona.