Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, don Francisco Sáenz de Santa María, y don Gregorio Ochoa de Amezaga, vecinos de esta Villa de Jalapa, dijeron que en junta del 23 de marzo de 1790 fueron elegidos Diputados para la solicitud del título de Villa a este pueblo, solicitud que fue concedida junto con el uso del Escudo de Armas, como se expresa en las Reales Cédulas hechas en Madrid el 18 de diciembre de 1791, una de las cuales, el Conde de Revillagigedo, remitió el testimonio al Gobernador de Veracruz con superior decreto de 5 del corriente para que se notificase a los comparecientes acudan a aquella superior a promover lo conducente a su cumplimiento; por lo que a través de la presente, los otorgantes señalan que dan poder a don Juan Arredondo, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que a nombre del vecindario acuda a hacer los trámites necesarios para su cumplimiento, presentando para ello escritos, memoriales y demás que sean necesarios.
Don Gregorio Ochoa de Amézaga vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, Mayordomo de la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción, otorga que ha recibido 200 pesos de doña Rosa Laureana de Castro, junto con otros 200 pesos que se obligó con su marido, don Pedro Miguel Martínez, a manera de depósito regular con hipotecas de sus dos casas ubicadas en la calle de San Francisco de Paula.
Don Gregorio Ochoa de Amézaga de esta vecindad y comercio, como Mayordomo actual de la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción, otorga que ha recibido de doña María de la Trinidad Cabañas, viuda y albacea del difunto don Cristóbal Martínez, la cantidad de 100 pesos por otros tanto que reconocía éste sobre la casa que compró con el mismo gravamen de don Manuel Bárcena Bezanilla, por lo se da por cancelado la escritura de deuda.
Don José Pérez de Llera, otorga que ha recibido de don Gregorio Ochoa de Amezaga la cantidad de 5, 419 pesos 4 reales en dinero de contado, dando por cancelada la escritura de deuda de 4 de mayo de 1798. \r\n
Don Gregorio Ochoa de Amezaga, natural del Señorío de Vizcaya, hijo de los difuntos don Juan Bautista de Ochoa y doña María Cruz de Zavala, otorga su testamento donde declara fue casado con la difunta Rita Barrera y Bazán con quien procreó 2 hijos. Hace donación de lo que quedase líquido del quinto de sus bienes a sus 2 nietos. Declara que la casa que esta en la calle de la Caridad esquina del Ganado es de sus 2 hijos, las otras casas que posee tiene gravamen. Nombra como albaceas fideicomisarios y tenedores de sus bienes a don Sebastián Fernández de Bobadilla, a don Nicolás Pinto y a don Mateo Badillo. Nombra como universales herederos a María del Rosario y Juan Díaz Ochoa.
Don Gregorio Ochoa de Amezaga, del Comercio de España, y residente en Jalapa, otorga poder general a don Santos de Iriarte, residente en la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre demande, reciba y cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos que le deban, asimismo para que comparezca ante los jueces, justicias, juzgados y tribunales correspondientes.
Don Gregorio Ochoa de Amézaga, vecino y del comercio del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don José Toraya Cagigal, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que en su nombre pida, demande y conteste los negocios civiles y criminales en sus reales audiencias y demás tribunales superiores e inferiores.
Don Gregorio Ochoa de Amezaga y don Antonio Martínez y Zavala, vecinos y del comercio de Jalapa, otorgan poder especial a don Andrés Pérez Gómez, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en sus nombres cobre del arriero Francisco Robles, vecino de este pueblo, 2, 742 pesos 6 y un octavo reales.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, don Carlos Díaz y Herrero, don Francisco Sáenz de Santa María y don Gregorio Ochoa de Amezaga vecinos de Jalapa, elegidos Diputados para la solicitud del honorífico y distinguido pedimento de Villa a este pueblo, siendo necesario que en la corte de Madrid haya persona representando a este pueblo, otorgan poder especial a don Juan Ventura de Cañas y por su falta a don Jerónimo Lisbona, vecinos de dicha corte de Madrid, para promover, solicitar y pedir ante la Católica Majestad de Nuestro Rey y Señor Natural don Carlos IV y en su Real y Supremo Consejo, la gracia y merced de título de Villa para este pueblo de Jalapa.
Don Gregorio Ochoa de Amezaga, vecino de esta Villa de Xalapa, albacea de don Juan Ajustrado, otorga poder general al Licenciado José Colas de Paracuellos, Abogado de la Real Audiencia de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales que tenga con cualquier persona, lo defienda y demande, para lo cual comparezca ante cualquier juez, justicia, ministro y tribunal superior e inferior, secular y eclesiástico.