Doña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda y albacea de don José de Arias y Torija, vecino que fue de la misma villa, dijo que teniendo pactada por convenio expreso con don Francisco Fernández y Agudo, la venta de una casa de alto y bajo, ubicada en esta villa, en la primera calle antes llamada Real y ahora Principal, cuya casa quedó por bienes de don José de Arias, difunto. Dicha casa linda por el oriente con la de don José Antonio de la Peña; por el poniente con la que antes fue de don Juan Esteban de Elías; por el sur con la de la cofradía Señora de Santa Anna; que tiene de frente 28 varas castellanas y de fondo 55 y tres cuartas. Y para que el contrato tuviere efecto, otorga que vende a don Francisco Fernández y Agudo, la referida casa, por la que ha de reconocer de censo redimible con el rédito de 5 por ciento y con hipoteca especial la cantidad de 1 000 pesos, de un ramo de capellanía fundado por don Laureano Fernández de Ulloa y su mujer doña Margarita Martínez Navarro, el cual goza don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa; asimismo, 2 600 pesos pertenecientes al convento de San Francisco de esta villa; y 6 000 pesos que corresponden a él Beaterio; también, reconocerá 3 000 pesos con que la misma testamentaria consigna al bachiller don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. La venta la hace por el precio de 22 000 pesos, bajo las condiciones que se mencionan en el acta.
Sans titreDon Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, dijo que en el año de 1825 fue nombrado albacea dativo del finado su tío don Juan Esteban de Elías, bajo la fianza de don Francisco González, y habiendo cumplido dicho encargo, solicitó González se cancelara dicha fianza, cosa que no procedió en los autos de dicha testamentaria, por haber éste desaparecido sin saberse de su paradero. Por lo que don Bernabé, menciona que el 11 de diciembre de 1833 solicitó se declarase libre de fianza a González, para que éste quedase libre de responsabilidad, en caso contrario, él se obliga a que los satisfará con sus bienes, comprendidos en una casa de altos y bajos. Misma, que se ubica en esta ciudad con su frente al norte, que lo hace a la plaza pública principal del mercado, y otro al oriente con la calle Ancha, por el sur linda con casa baja del concurso a don Miguel Martínez, que después fue dividida en dos, y hoy es de don José Ignacio García y de don Antonio María Salonio, y por el poniente con casa alta que fue de don José Fernández de Castañeda. Asimismo, don Bernabé dijo que entre los bienes de la testamentaria de su tío don Juan Esteban se contaban 3 000 pesos con censo redimible de 5 por ciento anual, que le reconocía el Ayuntamiento de esta ciudad, sobre el ramo de harinas, que fueron destinados, según voluntad del finado, para que el cura que fuere de esta parroquia los invirtiese en los reparos de la fábrica material de dicha iglesia o de sus altares. De dicha cantidad, solo ha sido reconocido por sus réditos que importaron hasta el 14 del presente 2 950 pesos, de los que deducidos 117 pesos uno tres cuartillas reales, que antes percibió el relacionante, quedaron líquidos 2 832 pesos seis y una cuartilla real, de la que le expidió el libramiento respectivo. El comparente declara que dichos 3 000 pesos y sus réditos que reporta sobre sí con formal y expresa hipoteca el impuesto de harinas de esta ciudad, y reconoce sobre estos fondos su Ilustre Ayuntamiento, son y pertenecen a la iglesia parroquial para los reparos de su obra material y de sus altares, y por la presente ratifica la separación que de ellos hizo de los bienes de la testamentaria, para que invirtiesen en los piadosos objetos a que fueron destinados. Cuyas cantidades percibirá el dicho señor cura del ilustre cuerpo municipal, en el orden que tengan a bien convenir.
Sans titreDon José Miguel Moreno, de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor del presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate, cura del pueblo de Tlacolulan, una casita de paredes, de edifico bajo, cubierta de madera y teja situada en esta villa, haciendo esquina a los callejones que nombran del Chorro del Poblano y del Rastro, su frente principal al primero con 14 varas mirando hacia el sur y del otro lado casa y solar del finado don Pedro Martín del Puerto Vicario; por su fondo al norte tiene 70 varas y linda con el solar del matadero o carnicería antigua del finado don Juan Esteban de Elías; por el costado del oriente linda con el de casa de doña Teresa Méndez y por el poniente con el otro callejón del rastro y casa y terreno del otro lado de José María Jiménez. Cuya deslindada casita, es la misma que hubo y compró de don Carlos José Reyes por escritura pública, que a su favor otorgó en esta villa el 22 de julio de 1818. La vende en cantidad de 500 pesos en reales de efectivo.
Sans titreDon Juan Esteban de Elías, de este comercio y vecindad, apoderado especial de don Juan Antonio Reyes, Regidor honorario del Ilustre Ayuntamiento de la Puebla, vende a don Domingo Gutiérrez, del comercio de la Nueva Veracruz, una casa de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta Villa, haciendo esquina en la segunda cuadra de la Calle que nombran de San Francisco de Paula. La vende por precio de 6 000 pesos.
Don Juan Esteban de Elías, natural de la Villa de Soto, Obispado de Calahorra, provincia de la Rioja, soltero mayor de 60 años, hijo legítimo de don Juan [de] Elías y de doña María Pérez, difuntos; otorga poder para testar a don Juan de Bárcena, Capitán Retirado de Milicias y a don Domingo Franceschi, ambos de este comercio, para que en su nombre y después de sus días ordenen su testamento en la forma y con arreglo a la memoria de comunicados firmada por él.\t
Don Bernabé de Elías Vallejo y don Juan Melitón de Lascuráin, ambos de este comercio y vecindad, albaceas mancomunados del finado don Juan Esteban de Elías, y nuevos arrendatarios del Mayorazgo de la Higuera que pertenece al Señor Conde de Santiago, han recibido de don José Rodríguez, por sí y en representación de su difunto padre político don José Rodríguez Guapillo, a saber, el potrero llamado San Marcos, Trapiche de la Laguna y terreno de la Isleta de Haya, con sus campos, cercas, casas y aperos, propiedades que subarrendó el finado Elías a don José Rodríguez Guapillo por escritura del 5 de marzo de 1808, la cual queda cancelada por la presente.
Don Juan Esteban de Elías, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Manuel Sáenz de Santa María, vecino de la Ciudad de México, para que se encargue de la demanda que contra el otorgante puso don Francisco Villa, vecino de Perote, sobre el cobro de una libranza que con fecha de 1 de junio de este año giró contra don Esteban de Munuera, vecino de Puebla, en favor de don Matías de Eiras y Puga, quien la endosó al de dicho Villa, quien le demanda su cobro.
Pedro Miguel Martínez y Juan Esteban de Elías, vecinos del comercio de Jalapa, otorgan poder a Luis Rodríguez Brioso, vecino de México, para que en sus nombres siga los pleitos que tengan o tuvieren con cualquier persona o comunidades.
Doña Petra [Antonia] Bonilla, viuda de don Manuel [José] Bellido, a recibido de don Juan Esteban de Elías, como hermano mayor de la Venerable Tercera Orden de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco de esta Villa, la cantidad de 600 pesos pertenecientes a dicha venerable orden tercera, obligándose a tenerla en calidad de depósito irregular por 5 años y a reconocer y contribuir 30 pesos anuales de réditos, y como seguro de la deuda hipoteca el mesón que tiene en la Plaza Mayor de esta Villa, el que hace frente al poniente, por el costado del sur linda con casa de don Francisco Javier Fernández de Ulloa, por el poniente con casa de don Mariano de Campo y por el norte con el Callejón del Arco; cuyo mesón junto con el de San Antonio, situado en la Calle Real que va para San José en esta Villa, se encuentran con un gravamen de 7 600 pesos, de los cuales 4 000 corresponden a una capellanía que mandó fundar don Bartolomé Salvo para enseñanza de gramática a los jóvenes de este suelo; 3 000 pesos pertenecientes a las fijas de Veracruz, don Juan Manuel Bonilla; y 600 pesos restantes a favor de los indios naturales de esta Villa, cuyos tres principales los reconoce la otorgante a censo redimible de un 5% anual.
Don Manuel de Goiri, vecino y del comercio de esta Villa, Alcalde Ordinario por Su Majestad, otorga poder especial a don Juan Esteban de Elías, de esta misma vecindad, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente a don José María León, a don Joaquín Torres y a don José Antonio Díaz y Sala, la cantidad de 2,391 pesos 2 reales que le quedaron debiendo al otorgante de varios efectos de Castilla.