Don Nicolás Manuel Fernández, vecino de este pueblo de Jalapa, vende a don Juan Bautista Rodazo, una casa de cal y piedra cubierta de madera y teja con su solar correspondiente, cercado de paredes, tiene de frente 17 varas y una sesma hacia el norte con calle del Beaterio y casa del otro lado de los herederos de Domingo Monares; de fondo 46 varas hacia el sur con casa del otorgante, por el oriente linda con casa y solar de don Nicolás Iquits, linda por el poniente, por donde hace esquina con el boquete que vendió al presente escribano don Miguel Eustaquio Cardeña, entre la casa y solar de la Maestra Magdalena. La vende en 2,000 pesos de oro común a censo redimible con obligación de réditos de 5 % anuales.
Don Nicolás Manuel Fernández, del comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga que vende a don Nicolás Hickie, una casa de paredes y tejas, con 22 varas largas de frente que hace al norte con la calle del Beaterio, y 47 de fondo que hace hacia el sur por donde linda con solar del vendedor y por el costado del oriente con casa y solar de don José de Castro. La venta la hace al precio de 1, 200 pesos.
Don Nicolás Manuel Fernández y don José Sanchinel, vecinos de Jalapa, otorgan que se constituyen en fiadores y principales pagadores de don José María Ponce de León, Provisto Administrador de Correos de la Caja de este pueblo, por 2, 000 pesos cada uno, para caucionar el descubierto en que saliera alcanzado durante el tiempo que ocupe el cargo, cantidad que tendrán a disposición del Administrador Principal del puerto de Veracruz..
El Capitán José Antonio de la Pedreguera, don Nicolás Manuel Fernández y don Antonio Merino, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder a don José Velasco y Chavarría, residente en México, para que los obligue por 2, 000 pesos, a favor del Real Tribunal del Consulado de este Reino, como fiadores de don Luis Antonio de Llano, otorgando las escrituras que se le pidan con todas las cláusulas y requisitos.
Don Juan Antonio de Llano, Diputado del Comercio del Reino, Juez Comisario Real de Guías y Recaudador de Avería, otorga que debe y se obliga a pagar don Nicolás Manuel Fernández, como apoderado general de don Lorenzo de Azuela, del comercio de Cádiz, la cantidad de 9, 826 pesos 7 y 1/ 8 reales, procedentes de ajuste y liquidación de todas las cuentas que ha tenido con el referido Lorenzo, mismos que se obliga a pagar 500 pesos anuales, comenzando a contarse desde 1 de enero de 1775.
Don Nicolás Manuel Fernández y doña Antonia Josefa Serdán Ponce de León, marido y mujer, vecinos de Jalapa, venden a don Antonio Merino, de la misma vecindad, una casa ubicada en este pueblo de Jalapa, la cual linda al norte con la Plaza Pública y la Calle Real, al poniente con casas de los herederos del Capitán don Bartolomé de Castro y la calle que baja para la de Tecuanapa, al sur con casas y patio que fueron de Teodora Josefa Mojica y ahora lo son de Juan Antonio de Llano, y al oriente con casas y corral de don José de la Calle. La venden en 8, 000 pesos de a 8 reales de plata cada uno, que quedan sobre dicha casa a réditos de 5 % anuales.
Don Ignacio Ladrón de Guevara, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Nicolás Manuel Fernández, de la misma vecindad, la cantidad de 500 pesos de oro común, cantidad que tendrá en su poder en depósito irregular por 3 años, al término de los cuales los devolverá con sus respectivos réditos.
Don Nicolás Manuel Fernández, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don José de Llano, de la misma vecindad, para que cobre a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y otros géneros y mercancías que le deban, así para que lo represente en todos sus pleitos, negocios y causas, civiles y criminales.
Don Juan Antonio de Espinosa, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que por muerte de doña Ángela Francisca del Pino quedaron como herederos 5 de sus nietos, y de sus bienes hicieron inventario sus albaceas don Manuel de Boza, difunto, y don Juan de Bárcena, vivo, y por causa de que la mayoría de los herederos son menores de edad, don Juan Antonio de Espinosa otorga que ha recibido de don Juan de Bárcena, como albacea, 503 pesos 4 reales en calidad de depósito irregular pertenecientes a doña Rafaela Josefa y doña Manuela Josefa Salvo, herederas de la difunta, obligándose a tener dicha cantidad hasta que las dos menores se hallen habilitadas. Como seguro pago de la deuda hipoteca una casa ubicada en la calle Real, que hace esquina con las de don Nicolás Manuel Fernández,don Francisco Santa María y don Juan de Estrada.
Don Juan Mateo Juille, don Carlos Díaz y Herrero, don Antonio Callebout, don Nicolás Manuel Fernández, don Manuel José Bellido y don Fernando Menacho, residentes y comerciantes de Jalapa, como acreedores de don Domingo Alfonseca, otorgan poder especial a don José de Ahedo, vecino y del comercio de la Ciudad de México, para que los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios.