Don Enrique Hayden, del Comercio de España, vecino de Cádiz y residente en Jalapa, como hermano mayor y heredero más inmediato y legítimo del Mayorazgo de su padre don Diego Hayden, difunto, el cual poseía en la Villa de Carrick, cuyo mayorazgo esta administrado desde la muerte de su mencionado padre por don Pierce Power, otorga poder especial a su hermano don Francisco Hayden, vecino de la Villa y Corte de Madrid, para que en su nombre tome y aprehenda la real, actual y corporal posesión de todas las casas, tierras, heredades y otros bienes pertenecientes a dicho Mayorazgo.
Don Enrique Hayden, vecino de Cádiz y residente en este pueblo de Jalapa, próximo a regresar a los Reinos de Castilla, otorga poder para testar a su hermano don Francisco Hayden, vecino de Madrid, y a su prima doña Catalina Teresa Porter, vecina de Cádiz y viuda de don Tomás Wadding. Dice ser soltero sin herederos forzosos. Declara formó compañía con don Liborio Clausell y don Agustín Butler. Nombra como albaceas a su referido hermano y prima y a sus dos compañeros don Liborio y don Agustín. Como herederos nombra a su hermano y por su muerte, a su prima.
Don Enrique Hayden, del Comercio de España y vecino de Cádiz, residente en Jalapa, hijo legítimo de don Diego Hayden y de doña María Bray, difuntos otorga su testamento donde declara ser soltero, nombra como herederos a su hermano don Francisco Hayden, vecino y del comercio de Madrid, y por su fallecimiento a su hermana doña Ana Hayden sólo la mitad y la otra mitad a los pobres, de no estar vivo ninguno de los dos herederos instituye y nombra en su lugar a los expresados pobres. Nombra como albacea testamentaria a los mismos que constaren del testamento que tuviere últimamente hecho o hiciere, y si muriera en este pueblo antes de emprender viaje, nombra como albacea a su compañero don Liborio Clausell.