Matías Lorenzo, vecino de esta provincia, dio su poder cumplido a Mateo de Rivera, su compañero en el ingenio que tienen arrendado, para que lo represente en todos sus pleitos, causas civiles y criminales y para que pueda cobrar cualesquiera de sus bienes muebles y raíces que le fueren debidos en esta Nueva España.
Matías Lorenzo, vecino de esta provincia, y Mateo de Rivera, estante en ella, declararon haber arrendado un ingenio de azúcar con sus pertrechos a Juan de Quirós, en diciembre de 1606; y aunque entre ellos se concertó de palabra que dicho arrendamiento fuese de compañía, ésta en realidad no tuvo efecto; y por la presente, Matías Lorenzo dio por libre al referido Mateo de Rivera del citado arrendamiento y de la compañía, y el uno con el otro no se pedirán ninguna cosa, ni alegarán otra razón, aunque el derecho se la conceda.
Se tomó la razón de 25 botijas de vino que es una pipa, que lleva Juan Cano en recua de Mateo de Rivera a la Ciudad de Tlaxcala.
Mateo de Rivera, vecino de la ciudad de Tepeaca, señor de su recua, se obliga a pagar a Juan Fernández, vecino del pueblo de [Tlalixcoyan], 92 pesos y 4 tomines de oro común, los cuales debe por razón de 46 pesos que le prestó, y el resto que sale a pagar por Felipe, indio arriero.\n
Matías Lorenzo,vecino de esta provincia, se obligó a pagar a Mateo de Rivera, residente en la provincia de Jalapa, 500 pesos de oro común que le resta debiendo del alcance de cuentas que ambos hicieron, en esta manera: 250 pesos seis meses después de la fecha de esta escritura y los 250 pesos restantes de allí en otros seis meses.