Don Antonio Pilzano, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, con poder que tiene de don Francisco Carbonel, labrador, vecino de la Villa de San Esteban de Litera; y con poder otorgado por doña María Codallos y Rabal y por doña Francisca Asensio y Codallos, otorga que recibe de don José Antonio Oyarzábal, vecino de la ciudad de Querétaro, y por mando de don Manuel Ramón de Goya, vecino de la capital de México, la cantidad de 1, 200 pesos que por manda especial, don Francisco Codallos y Rabal, Presbítero, en su testamento dejó a las susodichas por iguales partes.
Don Antonio Pilzano, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Francisco Sáenz de Santa María, residente en la Ciudad de México, para que cobre a cualquier persona todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercancías y otros géneros que le deban.
Don Francisco Antonio Díaz y Herrero, vecino de España y residente en Jalapa, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 10, 350 pesos de oro común, los cuales se obligó a pagar a don Antonio Pilzano, vecino de la Ciudad de Cádiz, y como ha cubierto dicho adeudo, da por nula y rota la citada escritura.
Don Antonio del Camino, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Antonio Pilzano, del Comercio de España, residente en el pueblo de Jalapa, la cantidad de 7, 587 pesos, 2 y medio reales, producto de la compra de algunos géneros, los cuales cubrirá en el mes de enero de 1779.