Doña Juana de Vergara, mujer de don Narciso José de Lagos y Arbide, residentes y vecinos de este pueblo de Jalapa, hija legítima de don Sebastián de Vergara, vecino del pueblo de Tepetlaoxtoc, con licencia de su marido otorga poder especial a don José González, vecino de Texcoco, para que en su nombre asista a la conclusión y definición de los inventarios de los bienes que dejó su difunto padre.
Don Narciso José de Lagos y Arbide, vecino de Jalapa, casado con Juana de Vergara, dijo que por fallecimiento del padre de su mujer, Sebastián de Vergara, se hicieron inventarios, partición y división de bienes, por lo que otorga que ha recibido de don Juan Fernández de Infanzón, albacea de su mujer, la cantidad de 400 pesos 6 reales en dinero de contado y efectos, correspondiente a la hijuela y legítima paterna, obligándose a tenerlos como bienes hereditarios de su esposa y no ponerlos a deuda alguna.
Pedro Rafael Moral, natural y vecino de esta Villa, de oficio carpintero, hijo legítimo José Joaquín del Moral y de Juana de Vergara, difuntos, otorga su testamento donde declara estar casado en segundas nupcias con Juana Antonia Jiménez, con quien procreó a José Bernardo, de estado casado; a Rafaela Josefa, viuda; a Antonia Josefa, doncella; y a José Miguel, que murió casado con Rafaela Josefa Fuentes con quien tuvo dos hijos, Cayetano y Mariano. Declara que estuvo casado en primeras nupcias con Rosalía Cortés, con quien procreó a José Antonio, difunto, quien estuvo casado con Gertrudis López y Ortiz, dejando dos hijos, María y Juan. Nombra como albacea a su esposa Juana Antonia Jiménez y a su hija Antonia Josefa Moral. Nombra como herederos universales a sus hijos y nietos.
El Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], hijo de Francisco de Buendía y de Isabel Madrigal, difuntos, y natural del Comenal Viejo [Colmenar] del arzobispado de Toledo, otorga su testamento en la manera siguiente: manda ser sepultado en el convento del Señor San Antonio de esta villa. Pide que se digan por su alma doscientas misas rezadas por la pitanza ordinaria; cien para el alma de sus padres y otras misas para aquellas personas a quienes puede ser de encargo de alguna cosa de obra o de palabra. Ordena que se den de sus bienes a las mandas forzosas y acostumbradas, a la Casa Santa de Jerusalén, para la beatificación de Gregorio López y para la del Señor Juan de Palafox, 4 reales para cada una. Ítem, se den 3 pesos de limosna a todas las cofradías y hermandades sitas en la iglesia parroquial de esta villa. Declara ser casado con doña Inés María de Serrano y Perea y al tiempo que, cuando contrajeron matrimonio, recibió 2 400 pesos por dote y él tenía por caudal propio 1 400 pesos y durante el matrimonio procrearon como hijos a Bernardo José de once años, a Lucas José de diez años, a Narcisa Josefa de nueve años, a Josefa de cinco y a Francisca Josefa de Buendía, de tres años. Asimismo, declara que fue casado en su primer matrimonio con doña María Martín del Canto, natural de la ciudad Nueva de la Veracruz por la cual recibió por dote 100 pesos por doña Juana de Vergara, vecina que fue de dicha ciudad y él tenía otros 100 pesos de caudal propio y de dicho primer matrimonio tuvieron por hijos legítimos a doña Gabriela Josefa de Buendía y Canto, casada, menciona que no le ha dado la dote y a don Juan de Buendía, casado, a quién le ha dado 300 pesos. Declara que actualmente es Alcalde Mayor de esta villa y no debe nada a Su Majestad. Declara que debe 3 194 pesos al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, su compadre, vecino de la ciudad de la Veracruz; 200 pesos al Bachiller José López de Sagade Bugueiro y ordena a sus albaceas que paguen de sus bienes. Declara que tiene remitidas al Castillo de San Juan de Ulúa, diferentes porciones de cal, que han dado distintos vecinos de esta villa, manda que sus albaceas ajusten cuentas y se pague lo que debe. Menciona que le adeudan algunos naturales de los pueblos de esta jurisdicción; entre otros que se mencionan en el acta. Declara que tienen en su poder 10 doblones de a 16 pesos que le empeñó el Alférez don Pedro Fernández de Ves y Segura, por 100 pesos, manda que una vez que le pague la cantidad, se le devuelvan los dichos doblones. Declara por bienes treinta y dos mulas herradas que las tiene guardadas Alonso Galván, vecino de esta villa, manda que sus albaceas las recauden por bienes propios; entre otros bienes que se mencionan en el acta. Nombra por sus albaceas testamentarios y fideicomisarios en primer lugar al dicho Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, su yerno; y en segundo lugar a don Juan de Buendía, su hijo, y en tercer lugar a don Dionisio Serrano y Perea, su hermano. Y por tenedor de bienes al dicho Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, su yerno. Nombra por universales herederos a Gabriela Josefa y a don Juan de Buendía, ambos hijos del primer matrimonio y todos los del segundo matrimonio antes mencionados; y por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a doña Inés María Serrano, su legítima mujer.
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