Don Vicente Jiménez Barragán, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Clemente Couso, de la misma vecindad, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban y para que lo represente en todas sus demandas de carácter civil, criminal, ejecutivas u ordinarias.
Domingo de Ochoa, vecino del pueblo de Jalapa, dijo haber otorgado poder para testar a su hijo Manuel de Ochoa el 23 de octubre de 1778, por lo que por vía de codicilio, nombra a doña Antonia García, su legítima esposa y a don Clemente Couso, como sus albaceas testamentarios, en compañía de su citado hijo.
Don Clemente Couso, vecino de la villa de Xalapa, se constituye en fiador liso y llano de don Rafael de Aguilar, Cura de la doctrina de San Pedro Tonayan, por la cantidad de 400 pesos que importan las bulas que necesita, las cuales pagará en todo el mes de diciembre de este año.
Juan Antonio Maza, Ministro de Vara de este juzgado, se obliga a pagar a don Clemente Couso, vecino de este pueblo de Jalapa, 188 pesos que le suplió para la habilitación de una milpa que tiene sembrada en tierras del difunto José de Ochoa y que pagará con maíz de la misma cosecha.
Don Manuel José Bellido, vecino de Jalapa, dijo que hizo postura de la tienda y un rancho que quedó de los bienes de doña Ángela Francisca del Pino, por el precio de su avalúo, de lo que otorga que ha recibido dicha tienda y rancho con todos sus efectos, mulas, ganados y aperos, que importaron 21, 322 pesos 4 y 3 cuartillas reales, de los que se constituye deudor; por lo que estando sus fiadores don Mariano Antonio de Campo, don Andrés Rodríguez Rojo, don Manuel de Boza, don Clemente Couso, entre otros, quienes dijeron que se obligan a pagar dicha cantidad después de cumplidos los 9 años contados desde hoy, a los herederos de Ángela, y en sus nombres al curador que se les nombrare, y para seguridad de su pago hacen hipoteca de dicha tienda y rancho.
Don Clemente Couso, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don José Antonio Canseco, vecino de Toluca, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban y para que lo represente en todas sus demandas de tipo civil, criminal, ordinarias o ejecutivas.
Alfonsa Hernández, mujer legítima de José Ladrón de Guevara, junto con Micaela Hernández, soltera, hijas legítimas y herederas del difunto Agustín Hernández, venden a Brígida Antonia de Torres, viuda de Manuel Casas, vecina de Jalapa, un solar y casita de madera, que mide 16 varas, linda al sur con el callejón de la Sierpe y solar de don Luis de Zárate, al oriente con casa y solar de don Clemente Couso, al norte con solar de doña María Romero, y al poniente con otra parte del solar que le tocó a Pedro Vela, otro heredero. La venta la hacen en 116 pesos.
Don Pedro Gorrindo Palomino, Justicia Mayor de la provincia de Jalapa, declara que ha otorgado recibo a favor del Guarda, don Clemente Couso, por la cantidad de 2, 557 pesos y 6 reales por concepto de sus salarios.
Don Clemente Couso, vecino de esta Villa, dijo que fue nombrado Exactor del Ramo del Peaje en la Garita de esta Villa que nombran de México, para cuyo cargo se requiere de fianza, pero como no tiene fiador solicitó que dicha fianza se reduzca a hipoteca, por lo que hace hipoteca de su casa de edificio bajo, cubierta de madera y teja que posee en la primera cuadra de la calle que nombran de la Amargura. Por lo que se obligó a no venderla ni enajenarla mientras esté en el cargo.
Don Clemente Couso, Guarda de la Real Aduana, otorga poder general a don Pedro Telmo Landero y González, Abogado Promotor Fiscal de la Real Hacienda y Cajas de Veracruz, para que en su nombre demande, reciba y cobre a cualquier persona o comunidades de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de dinero, frutos, géneros, efectos, mercaderías y demás bienes que le deban.