Manuela de Zaragoza, vecina de este pueblo de Jalapa, albacea y heredera de su difunto marido don Gaspar Álvarez, otorga que vende a don Vicente Fernández de Baldimo, una casa con el solar que le pertenece que tiene de frente 19 y 3 cuartas varas hacia el norte por donde linda con el Callejón de Quiñones y del otro lado casa de don José de Ugarte, por el costado del oriente linda con Callejón del Diamante y solar de Francisco Javier López, por el fondo que es de 27 y media varas hacia el sur linda con casa de don Narciso Hernández Badillo, y por el costado del poniente linda con unas paredes que fueron del difunto don Juan de Quiñones. Dicha venta la hace con el cargo y gravamen de sustentar y alimentar a la vendedora los días que Dios le dé vida y darle un cuarto de dicha casa para su habitación hasta su muerte; se la vende en 400 pesos.
Don Vicente Fernández Baldimo, vecino de Jalapa, declara que ha recibido de doña Paula Barradas Meléndez, viuda de don Francisco del Día, la cantidad de 500 pesos, los cuales se obliga a tener y guardar en calidad de depósito irregular por el plazo de 5 años y para su segura paga hipoteca una casa de paredes, techada de madera y tejas, ubicada en el callejón de la Pila de Gorozpe.
Don Juan Cardeña,vecino de esta Villa de Xalapa, como curador de las hijas menores de don Vicente Fernández de Baldimo, difunto, instituido y nombrado por él en su testamento, dijo que siendo menores las herederas, dio su albacea, don Pedro Rodríguez 500 pesos en depósito irregular a don Domingo Molina, quien lo otorgó en forma con hipoteca de dos casas, y por cuanto se le ha ofrecido a dicho Molina vender una de las casas, se ha convenido con dicho curador, por ser las herederas de edad adulta, que le entrega 200 pesos, por lo que se cancela la hipoteca de una de las casas.
Don Domingo Molina, vecino de Jalapa, otorga que ha recibido de don Pedro Antonio Rodríguez, como albacea del difunto don Vicente Fernández de Baldimo, la cantidad de 500 pesos que pertenecen a sus hijos menores, cuya cantidad se obliga a tener en depósito irregular por plazo de 5 años, contribuyendo con 25 peso anuales, y para el seguro pago de la deuda, hipoteca dos casas ubicada una en la calle de la plazuela del rey que va para los Tecajetes haciendo esquina con la casa del campanero, y la otra en la calle del ganado haciendo frente con la anterior, linda al norte con la carnicería, al poniente con la calle del Campanero y al sur con casa y solar de María Guadalupe Durán.
Don Vicente Fernández de Baldimo, natural del lugar de Argomedo, Valle de Valdebezana, en el Obispado de Burgos y residente en este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Pedro Fernández de Baldimo y de doña María González, difuntos, otorga su testamento donde declara haber sido casado de primeras nupcias con doña Lucía Muñiz de Cámara difunta, con la cual tuvo por hijos a María Manuela, María Josefa y Joaquín, todos menores de edad. Declara fue casado por segunda vez con doña Rosalía Cervantes de quien tiene una hija nombrada María que es de 5 meses. Nombra como albacea testamentaria y curador ad bona de las personas y bienes de dichos sus hijos a don Pedro Rodríguez, y como herederos universales nombra a sus hijos.
Don Pedro Antonio Rodríguez, de este comercio y vecindad, como albacea de don Vicente Fernández de Baldimo, tutor y curador de sus hijos menores, exhibió una escritura fechada el 3 de octubre de 1785 en la que consta que don Francisco Flores de Castro, Subdelegado del Partido de Jalacingo, recibió de dicho albacea 200 pesos en calidad de depósito irregular, pertenecientes a dichos menores, cuyo principal y réditos declara don Pedro Antonio Rodríguez, tener recibidos de don Francisco de Castro, apoderado de Francisco Flores, por lo que da por cancelada la escritura.
Don Roque Jacinto Florido, dueño de casas y 2 ranchos, don Francisco Javier Fernández de Ulloa, dueño de tienda y casas, don Blas Domínguez Ballesteros, dueño de tienda, don Félix Ruiz, dueño de casas, don Antonio Merino, dueño de casas y tienda, don Juan de Ugarte, dueño de tienda, don Manuel Rincón, dueño de casas, don Vicente Fernández de Baldimo, dueño de casa y tienda y don Manuel de Boza, soltero, compartido de una buena tienda, todos vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Juan Sánchez Casahonda, Agente de Negocios de la Real Audiencia y Corte de México, para que los obligue como fiadores y principales pagadores de don Nicolás Antonio de Rosas y la Plaza, provisto Alcalde Mayor de esta jurisdicción de Jalapa y Jalacingo.
Doña Andrea Dorotea Hernández y doña Gertrudis López, viuda y sobrina, ambas albaceas del difunto Capitán de Pardos, Francisco Javier López, venden a doña Josefa Balon, de esta misma vecindad, una casa ubicada en la esquina que llaman del Callejón del Diamante, con el frente que lo hace al poniente a dicho callejón con casa que fue del difunto don Vicente [Fernández de] Baldimo; al poniente, que es el fondo, linda con otra casa perteneciente a los bienes de dicho Francisco Javier; y lo mismo y con el patio de esta linda igualmente por la banda del sur; por el norte hace frente en el Callejón de Quiñones y casa de doña Rita Morales. La venden en 1,700 pesos de los que continuará reconociendo 500 pesos a censo redimible con causa de réditos de 5% anual, a favor del Convento Hospital de esta Villa.\r\n
Don Pedro Antonio Rodríguez, vecino de esta Villa, como albacea de don Vicente Fernández de Baldimo, ha recibido de don Juan Pensado, de esta misma vecindad, 100 pesos que dicho don Vicente Fernández le había prestado en calidad de depósito irregular con causa de réditos, por lo que se cancela dicha deuda.
Don Pedro Antonio Rodríguez, de esta vecindad, albacea testamentario de don Vicente Fernández de Baldimo, como tal albacea entregó a don Domingo Molina, de esta vecindad, 500 pesos en depósito irregular con causa de réditos de 5 %, a cuyo seguro hipotecó 2 casas, por escritura hecha en esta Villa el 1 de octubre de 1785, de cuya cantidad Molina redimió 200 pesos y los 300 restantes los ha entregado con sus respectivos réditos antes de ayer, por lo que otorga recibo y cancelación de escritura.\t