Francisco Utrera, de esta vecindad, declara fue casado en primeras nupcias con Jacinta Antonia de los Reyes con quien tuvo hijos, y por fallecimiento de ésta entregó a sus hijos sus legítimas de los bienes que quedaron; por segunda vez contrajo nupcias con María Josefa Pérez, quien con trabajo propio compró a María de Jesús de Alba, un solarcito que consta por escritura, en el que labró la casa que ambos tienen de morada, señalando que él no aportó dinero alguno, pero si contribuyó con trabajo personal, no han tenido hijos.
Josefa Joaquina Galindo, viuda de José Joaquín Viveros, junto con sus legítimos hijos, en nombre de José María Viveros y María Viveros, hijas de la declarante, venden a María Josefa Pérez, vecina de Jalapa, un solar que mide 51 y media varas de frente y 55 de fondo, linda al poniente con solar del molino de Cagigas, al sur con solar de Juan Romero de Acosta, al oriente con solar de Francisco Pérez y al norte con el resto del solar que heredaron de dicho difunto. La venta la hacen en 57 pesos y 4 reales.
Don Juan García del Hoyo, como apoderado de doña María Albina, viuda de Juan Santos, de doña Francisca Vivero, viuda de Miguel Cagigas, y de José Antonio Vivero, los tres hermanos y herederos de don José Joaquín Vivero y Josefa Joaquina Galindo, vende a don Domingo Aravalles, vecinos de esta Villa, la mitad de un solar de 28 varas de frente por donde linda con la Calle que baja para el molino de Maniau, alias de Cagigas, al norte con solar de dicho don Domingo, al sur con solar de María Josefa Pérez, y al oriente con el de José Molina, en el precio de 168 pesos de oro.\t
María de Jesús de Alba, mujer de José Joaquín López, negros libres vecinos de este pueblo de Jalapa, otorga que vende a María Josefa Pérez, mujer de Francisco Utrera de esta misma vecindad, 16 varas de solar de frente y 50 de fondo, que linda por el frente al poniente con la calle que baja para la laguna de la Alameda, al fondo que es el oriente con tierras de la virgen, al sur con las mismas, y al norte con las otras 16 varas que le quedan a la vendedora, por 20 pesos que a razón de 10 reales vara le ha dado.
María Josefa Pérez, viuda de Francisco Utrera, vecina del pueblo de Jalapa, vende a don Agustín Terrazas, de la misma vecindad, una casa de cal y piedra cubierta de madera y tejas, junto con un solar que mide 16 varas de frente y 50 de fondo, ubicados en el barrio de La Alameda, linda al poniente con el Callejón de los Campos que baja para La Alameda y casas de los herederos de Antonio Justo Martín, al sur con tierras de la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, al norte con casa y solar de María de Jesús Alba. La venta la hace en 250 pesos de oro común.
El presbítero don José Nicanor Serrano, cura interino del pueblo de Naolinco, de este partido, dijo que su antecesor el presbítero don José Joaquín Bonilla, ya difunto, con fecha de 29 de octubre de 1836 solicitó al obispo de esta diócesis, licencia para tomar 400 pesos, de 700 que tiene la cofradía de Animas de aquel curato, con objeto de imponerlos sobre finca idónea, para reponer con esa cantidad las casas curatales que se hallan en ruinas, con oferta de satisfacer 20 pesos anuales por vía de rédito. Que el obispo tomando en consideración el pedido del citado presbítero, tuvo a bien conceder la licencia solicitada, bajo las condiciones que aparecen en su decreto. El interesado, diciendo que, sin embargo, de la superior resolución inserta, no tuvo efecto el reparo de las citadas casas curales, por lo que actualmente se hallan en peor estado. Es por ello, que el señor comparente se ha visto en la necesidad de tomar aquella cantidad, con total arreglo a lo mandado por el obispo, en cuya virtud declara que ha recibido de la citada cofradía de Ánimas del curato del pueblo Naolinco, la cantidad de 400 pesos, en esta forma: 200 que reconocía la casa que remató el señor su antecesor a favor de don Manuel de Acosta y que antes era de dicha cofradía, 100 que dio de limosna el finado don Nicolás Domínguez Muñiz y otros 100 que este mismo señor fincó con la precisa condición de que con su rédito anual de 5 pesos se aplicaran anualmente misas por el bien de su alma y la de la difunta su esposa doña María Josefa Pérez; por cuya cantidad de 400 pesos otorga recibo y se obliga y obliga a los señores que le sucedieren a satisfacer el premio del 5 por ciento anuales a la referida cofradía de Ánimas o a quien la representa, así como a cumplir lo dispuesto por el señor don Nicolás Domínguez, que deberá contarse desde esta fecha. Siendo condición, que los naturales de dicho pueblo de Naolinco en todo tiempo estén bajo la obligación de proporcionar casa curatal a todos los señores curas que en lo sucesivo fueren de aquella doctrina sin gravamen ni renta alguna; en cumplimiento al pago de la deuda hipoteca las mencionadas casas curatales del pueblo de Naolinco.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOMaría Josefa Pérez, de esta vecindad, mayor de sesenta años y libre de ajena administración; dijo que, Josefa Joaquina Galindo, Juan José y Antonio Viveros, le vendieron un solar con 23 varas de frente y 45 de fondo, ubicado en esta ciudad, al barrio que nombran del Molino, como consta la escritura que le otorgaron en esta ciudad el 24 de julio de 1778. Pero que el frente de dicho solar quedó reducido a 21 varas por haberse tomado dos para el público con el objeto de ampliar la calle; también el fondo quedó en 34 varas, por haber dispuesto de lo restante en favor de José María Hernández, quien vendió después ese terreno y lo posee hoy Manuela Cárdenas. Además, que a María Irinea Pérez, hermana de la comparente, le donó un jirón del mismo solar, en cuyo frente tiene formada su casita la referida Irinea. Y que, por lo expuesto, ha quedado por propiedad de la relacionante, el solar bajo las dimensiones siguientes: en el frente al poniente con la calle que baja para el punto nombrado el Molino o camino de Coatepec 11 varas, cuya latitud camina igual hacia lo interior hasta la distancia de 11 varas y cuarta donde se amplía a 15 varas dicha altitud que sigue igual hasta el extremo del fondo, el cual se compone de 34 varas de poniente a oriente, lindando por este último rumbo con el terreno que fue de la que habla y hoy posee la nominada Manuela Cárdenas; por el sur linda calle en medio, con casa que fue de José Cabañes y hoy posee don Mariano Domínguez; y por norte con terreno que se ha expresado que fue de la comparente y le tiene cedido a María Irinea, su hermana. Y que en dicho terreno deslindado tiene fabricada la comparente, una casita de piedra y lodo, cubierta de madera y teja; cuyo edificio y terreno ha pactado venderle al ciudadano José María Medina bajo las siguientes condiciones: 1.ª Que el comprador le ha de satisfacer 2 reales diarios, entregándoselos por mesadas. 2.ª Que, si la vendedora fallece antes de que haya acabado de solventar el precio, Medina dará los reales necesarios para su entierro y demás gastos y el resto que quede hasta el completo de los 275 pesos le entregará a don Rafael Velad, para que este señor le dé la distribución que le comunicará la otorgante; entre otras disposiciones que se mencionan en el acta. Por tanto, la comparente otorga que vende a don José María Medina, la casita y solar, en precio de 275 pesos, siendo por cuenta del comprador el pago de la alcabala y los derechos de escritura. Y el comprador para la seguridad de los pagos, hipoteca la misma casa y solar referidos, bajo los linderos que se han explicado; y se obliga a no vender ni grabar dicho fundo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOMaría Irenea Pérez, de esta vecindad, mayor de edad, dijo que tiene una casita de material que labró a sus expensas en un sitio que le donó su difunta hermana María Josefa [Pérez], por lo cual le vendió al ciudadano José María Medina su casa y solar, y en la referida escritura se halla una cláusula que a la letra dice: “que a una hermana de la comparente, y lo es María Irenea Pérez le donó un jirón del mismo solar a la parte norte con 10 varas de frente, el cual a distancia de 11 y cuarta a lo interior se estrecha a 6 varas de latitud, siguiendo igual hasta el fondo, y en cuyo frente tiene formada su casita la referida Irenea”. Cuya cláusula es desde luego el título legítimo que acredita la propiedad y dominio que en dicha casita y sitio tiene la nominada María Irenea, quien como tal dueña legítima otorga que se la vende al ciudadano José Silvestre Aburto en cantidad de 200 pesos, los 100 de ellos al contado y los otros 100 que le ha de satisfacer el comprador con abonos de 8 pesos mensuales con hipoteca de la misma casita; que la repetida casita se halla ubicada en esta ciudad a la calle que de las gradas del cementerio de San Francisco baja para el rumbo que llaman del Molino, con la cual calle hace su frente al poniente, lindando por el costado del sur con la casa y solar que la nominada María Josefa Pérez le vendió al ciudadano José María Medina; por el costado del norte linda con casa que hoy es del ciudadano Vicente Mora; y por la espalda o fondo al oriente linda el sitio con terreno que fue de la misma María Josefa.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOMaría de la Luz Ramírez Parra, viuda de esta vecindad, dijo que su difunto marido don Rafael Castorena compró del Presbítero don José Manuel Casas, un solar eriazo, situado en la calle del Toronjo de esta ciudad, cuya escritura de venta fue otorgada el 12 de febrero de 1830. Y que el citado marido edificó una casa en dicho solar y habiendo fallecido y dejado varios acreedores, ella ha tratado de venderla para cubrir los créditos de éstos. Además, por haber tenido un hijo único, durante su matrimonio, que se haya en edad pupilar, se presentó al alcalde primero solicitándole licencia para efectuar la venta y después ésta obtenida; otorga que vende a don Vicente Mora, vecino de la hacienda de Pacho, una casa situada en ésta ciudad, en la calle del Toronjo, con 29 varas de frente y 49 de fondo, lindando por el oriente con casas de don Mariano Cadena; por el norte con solar de doña Joaquina Aravalles y por el sur con el de casa de María Josefa Pérez. La vende en precio de 800 pesos, de los cuales declara haber recibido en reales de contado.
JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONALJuan José Barradas, vecino del pueblo de Naolinco, marido legítimo de María Josefa Pérez, junto con don Francisco Rivera, de este comercio y vecindad, han recibido de don Juan José del Castillo, de esta vecindad, la cantidad de 200 pesos en reales efectivos, cuya cantidad es la misma por la que otorgó Castillo escritura de obligación con hipoteca de su casa el 19 de agosto de 1807, de los que corresponden 100 pesos a Juan José Barradas y 100 pesos a su hermana Matiana Josefa Barradas, por quien los percibe Rivera, cuya escritura queda cancelada por la presente.