Don Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente en Jalapa, declara que don Bernardo Juan de Arias y don José Tarno, vecinos de la Ciudad de México, se obligaron a pagar al declarante, la cantidad de 27, 921 pesos, 1 y 2 octavos de reales, de los cuales 12, 000 pesos han sido cubiertos y los restantes 15, 921 pesos los pagará el 1 de noviembre de 1775, de dicha cantidad hay una dote que corresponde a doña Josefa de Campos y Arraido.
Don Francisco Antonio Díaz y Herrero y don Carlos Díaz y Herrero, vecinos de España y residentes en Jalapa, apoderados de Bernardo Bustillo, Soldado de la Tercera Compañía del Segundo Batallón del Regimiento de Flandes, para el cobro de reales que le debían y que por ellos se presentó litis que siguió don Juan Francisco de Almanza, vecino de México, y en virtud de haber ganado el litis y haber fallecido dicho Almanza, por lo que sustituyen dicho poder en doña Josefa de Campos y Arraido, viuda de dicho Almanza, para que cobre dichos reales y en caso de existir algún inconveniente por su sexo u otra causa, lo sustituirán en la persona que dicha doña Josefa nombre.
Don Antonio Primo de Rivera, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a doña Josefa de Campos y Arraido, viuda y albacea de don Juan Francisco de Almanza, la cantidad de 1, 000 pesos, los cuales recibió a través de don Juan Santiago Lobo, hermano de la otorgante; dicha cantidad la conservará en su poder en calidad de depósito irregular, por 2 años en los cuales pagará la cantidad y sus réditos de 5 %.
Don José de Herrera y Campo, Maestro de Farmacopea, con botica pública en Jalapa, dijo que se le remató una de las casas que dejó el difunto don Antonio Primo de Rivera, en 5, 000 pesos a censo redimible de 5 % anuales, otorgando escritura de obligación para reconocerlos a favor del acreedor, hipotecando para ello la casa comprada, otra que tiene en la calle de Belén y un rancho nombrado Zoncuantla, de lo cual se le mandó hiciese aplicación de los créditos en las fincas rematadas, señalando 1, 000 pesos de la capellanía que fundó don Diego de los Ríos Botello para la parroquia de Izúcar, 1, 000 pesos pertenecientes a los hijos menores de doña Josefa de Campos y Arraido y 3, 000 pesos de don Juan Domingo Fernández Peredo y don Juan Sánchez Casahonda, por lo que a través de la presente ratifica que se obliga a reconocer como dueños de los últimos 3, 000 pesos a estos dos últimos a razón de 1, 500 pesos cada uno.
Don José de Arias [y Torija], don Francisco Sáenz de Santa María y don Ambrosio de la Torre, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan que se obligan a tener la cantidad de 29, 367 pesos 2 y ¾ reales, que entregaran a los menores hijos de doña Josefa de Campos y Arraido y a don Juan Francisco de Almanza, para cuando estos tengan la edad para recibirlos.
Doña Josefa de Campos y Arraido, viuda de don Juan Francisco de Almanza, vecina de la Ciudad de México y residente en el pueblo de Jalapa, informa que ha recibido de don Juan Santiago Lobo, vecino de España, quien fue nombrado síndico por los acreedores de bienes de su difunto esposo, la cantidad de 36, 008 pesos, por concepto de cartas de dote y un legado a favor de su hija legítima doña Ana María de Almanza, este último otorgado por don Agustín de Peñalba, difunto.
Don Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente en Jalapa, como Síndico del Hospital de San Hipólito Mártir [Hospital de Nuestra Señora de la Concepción], próximo a regresar a los Reinos de Castilla, otorga en arrendamiento a su hermana doña Josefa de Campos y Arraido, una casa ubicada en este pueblo y calle de Tecuanapa, por 3 años por precio y cantidad de 8 pesos al mes .
Doña Josefa de Campos y Arraido, viuda de don Juan Francisco de Almanza, residente en este pueblo hija legítima y heredera de doña María Micaela de Arraido y Monterde, mujer legítima de don Martín de Miranda y Tellechea, difunto, junto con doña Manuela y doña María Sebastiana de Campos y Arraido, también herederas, y los albaceas del difunto Martín, don Francisco Javier de Medina y doña Martina de Miranda y Tellechea, otorgan poder especial a don Miguel Ignacio de Miranda y Tellechea para que haga una escritura en la cual se eviten discordias y diferencias al realizar el inventario de los bienes mencionados en los testamentos.
Don Felipe de Aguilar, vecino de este pueblo de Jalapa, curador de don Miguel Ignacio de Miranda y Tellechea, hijo menor de los difuntos don Martín de Miranda y Tellechea y de doña María Micaela de Arraido y Monterde, otorga poder a don Gabriel de Arteaga para que en su representación proceda al otorgamiento de transacción con arreglamiento a los capítulos expresados en los poderes de doña Manuela Javiera de Campos Arraido y Monterde, y doña Josefa de Campos y Arraido.
Don José de Herrera y Campo, Maestro de Farmacopea, con botica pública, vecino de Jalapa, otorga que ratifica la escritura de 5, 000 pesos con obligación e hipoteca, y reconocerá a don Francisco Ignacio de Herrasti por dueño de los 1, 000 pesos que demandó a los hijos de doña Josefa de Campos y Arraido, y en su nombre a don Miguel Ignacio de Miranda y su apoderado don Francisco de Herrasti o a quien en su lugar hubiere, y pagará los réditos de 5 % anuales desde el día 27 de mayo de 1778.