Don Tomás Gregorio de Miranda, vecino de México y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que se obliga a pagar a don Juan José de la Viña, la cantidad de 1, 721 pesos 3 ½ reales, que importaron una memoria de varios efectos, que en esta fecha le compró a precios corrientes, de cuya cantidad pagará la mitad dentro de los 8 meses siguientes, contados desde la presente fecha y la otra mitad el día 20 de agosto de 1777.
Don Juan José de la Viña, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, hace la cancelación de una escritura por la cantidad de 22, 077 pesos y 3 reales en plata, los cuales ha recibido de don Agustín de Arbide.
Don Juan José de la Viña, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, hace la cancelación de una escritura, por la cantidad de 8, 880 pesos, los cuales ha recibido de don Diego de Cadalso, vecino de Cádiz.
Don Juan José de la Viña, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, hace la cancelación de una escritura por la cantidad de 26, 801 pesos, los cuales ha recibido de don José Patricio de Mendívil
Don Juan José de la Viña, del comercio de España y residente en Jalapa, exhibió escritura hecha en Cádiz por la que consta que don Francisco Freijoso, con orden de don Manuel José de Bustamante, obligo a pagar en este reino al compareciente 3,575 pesos, los mismos que le presto en Cádiz a riesgo de mar don Juan José Larrio, y que se da el otorgante por recibido, cancelando la mencionada escritura.
Don Juan José de la Viña, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, hace la cancelación de una escritura por la cantidad de 11, 264 pesos, los cuales ha recibido de don Pedro de Urrutia.
Don Juan José de la Viña, del Comercio de España y residente en este pueblo, otorga poder especial a don Juan José de Elizaga, Subteniente de Granaderos del comercio de Puebla, de donde es vecino, para que en su representación cobre a don Juan Pedro Yurami también vecino de Puebla, la cantidad de 611 pesos que le debe procedidos de efectos de Castilla que le vendió al fiado y cuyo plazo es cumplido.
Don Juan José de la Viña, del Comercio de España, residente en esta Villa de Xalapa, otorga que se obliga a suministrarle a su hermano el Padre Fray Juan Fernando de San José de la Viña, Religioso Presbítero del Orden de Nuestra Señora de Belén, 150 pesos anuales para que le sirva de congrua para efecto de secularizarse desde el día en que lo verifique, hasta que tenga el susodicho otra congrua o beneficio con que poder mantenerse.
Don Juan José de la Viña, del comercio de España, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder a don Luis de Enderica, vecino de México, para que en su nombre cobre judicialmente a don Felipe García o de quien en derecho deba, la cantidad de 25, 054 pesos con sus correspondientes fletes hasta Veracruz en donde deberá hacerle el pago, importe de una escritura de riesgo vencido que otorgó en Cádiz, y si se ofrece, siga contienda de juicio.
Don Lucas Rosete, vecino de Jalapa, otorga que debe a don Juan José de la Viña, del comercio de España y residente en este pueblo, la cantidad de 4, 200 pesos en plata doble, por el valor total de varios efectos de Castilla que le tiene comprados en la presente flota, mismos que se obliga a pagar en el primer despacho de caudales que se verifique en el Puerto de Veracruz.