Antonio de [Aguilar] se obliga de dar y pagar a Antonio de Aborruza 108 ducados de Castilla, los cuales son en razón que el susodicho le ha dado.\n
[Antonio] de Aguilar otorga poder general a Pedro [Valdez], vecino de la Veracruz.
Álvaro Correa se obliga de entregar a Antonio de Aguilar o a Juan de la Rea, o a la persona que los susodichos mandaren, 40 quintales de harina hecha de trigo, puesta y entregada en el puerto de San Juan de Ulúa, los cuales son por los que el susodicho Antonio de Aguilar le pagó en reales de plata, a 18 reales quintal.\n\n
Julián de Olmeda, vecino de la ciudad de los Ángeles, declara haber recibido de Álvaro Correa, 139 pesos de oro común que el susodicho y Antonio de Aguilar se comprometieron a pagar por Agustín Montero, por lo que otorga carta de pago en forma y da por libre y finiquito al dicho Álvaro Correa y Agustín Montero.
Antonio de Aguilar, vecino del pueblo de Orizaba, se obliga de pagar a Juan Fernández, arriero, estante en el río de Alvarado, 50 pesos de oro común, los cuales son por razón de dos cargas de cacao de Guasacualco [Coatzacoalcos] que del susodicho confesó haber recibido compradas.
Antonio de Aguilar se obliga de pagar a Luis Muñoz Bravo, 100 ducados de Castilla de 11 reales cada uno, los cuales son por razón de 100 fanegas de maíz que el susodicho recibió compradas.
Antonio de Aguilar y Álvaro Correa se obligan de pagar a [Juan] de Moya, quien tiene poder de Julián de Olmeda, 139 pesos de oro común que Agustín Montero debe al susodicho Olmeda.
Antonio de Aguilar otorga poder general a Álvaro de Lara.
Francisco Núñez otorga su poder a Juan Gómez para que cobre de Antonio de Aguilar, 30 pesos de oro común que el susodicho le debe de ciertas partidas de trigo.
Gregoria de los Reyes, viuda y albacea de Antonio de Aguilar, junto con Nicolás Montero, esposo de su hija Ana María y demás herederos del difunto Aguilar, otorgan poder general a don Diego Santos de Ávila, Procurador de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.