Don Ignacio Javier de Urrutia, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, con poder para testar otorgado por su hermano don Matías Francisco de Urrutia, realiza su testamento en el que nombra como albacea al otorgante y como herederos a sus padres don José Sebastián de Urrutia y doña Ángela María de Landaburu, y por muerte o ausencia de éstos, su mencionado hermano y a su hermana doña Josefa Venancia de Urrutia, mujer de don Domingo de Alzaga, vecinos del puerto de Santa María.
El Capitán Rodrigo Antonio de Neira y Quiroga, vecino de la Ciudad de México y residente del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Francisco Ignacio de Herrasti, don Matías Francisco de Urrutia y don Ignacio Javier de Urrutia, residentes del mismo pueblo, la cantidad de 101, 056 pesos y 5 y medio reales, cuyo pago realizará en 2 partes; el primero de 50, 000 pesos dentro del lapso de 8 meses y el resto los 51, 056 pesos, 51 y medio reales, del mes de abril a mayo del mismo año de 1771.
Don Juan Gómez de Estrada vecino y del comercio de Jalapa, otorga que ha recibido de don Francisco Ignacio de Herrasti, de la misma vecindad y comercio, 1, 500 pesos en calidad de depósito irregular por tiempo de 5 años, con el 5 % de réditos en cada año, y para el seguro pago de la deuda hipoteca una casa ubicada en la esquina de la calle Real y callejón de la casa de la Tercera Orden, al oriente linda con casa de la testamentaria de don Ignacio Javier de Urrutia, al poniente con dicho callejón y casa del otro lado de don Francisco Santa María, y por al sur con casa de la Tercera Orden.
Don Francisco Ignacio de Herrasti y don Ignacio Javier de Urrutia, del Comercio de España y residentes en Jalapa, apoderados del difunto don José Imbluzqueta y de sus herederos, vecinos del puerto de Santa María, otorgan que han recibido de don José Sáenz Izquierdo, apoderado de doña María González Brito, vecina de dicho puerto, la cantidad de 863 pesos y 4 reales que quedó debiendo a dicho Imblusqueta de la conducción y confianza de varios efectos que condujo en este reino, por lo que da por cancelada la escritura.
Don José Manuel de Alba, vecino y del comercio de Jalapa, otorga que vende a don Ignacio Javier de Urrutia, del Comercio de España y residente en Jalapa, tres casas; una contigua a la casa de su morada, de paredes y techada con madera y teja y de edificio bajo, sita en la calle de San Francisco de Paula, la segunda que es la de su morada de edificio alto, sita en la calle Real; y la tercera hace frente al oriente con casa de don Tomás Jiménez, callejón en medio, al norte con casa que llaman de la Capellanía, al fondo que es el poniente con solar de José Antonio Bremón, y al sur con solar de Ana Zamora y casa del otorgante. La venta se hace en 10, 000 pesos por las tres.
Don Ignacio Xavier de Urrutia, vecino del comercio de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Manrrique de Lara, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que lo obligue como fiador y pagador hasta en la cantidad de 2, 000 pesos en favor y caución de los caudales que entraren en su poder por razón de Mayordomías de los Conventos de Monjas de Nuestra Señora de la Concepción y Santa Inés de dicha ciudad o de las recaudaciones vacantes y obras pías de este obispado.
Don Ignacio Javier de Urrutia, vecino y del comercio de Jalapa, otorga poder especial a don Manuel Eugenio de Olaguibel, vecino de la ciudad de la Puebla, para que a dicta y crédito del otorgante pida y saque del cofre de aquella Santa Iglesia Catedral 2, 000 pesos de oro común en calidad de depósito irregular con obligación de réditos.
Don Matías Francisco de Urrutia, natural de la Villa de Durango Señorío de Vizcaya en los dominios de España y residente en este pueblo de Jalapa, hijo de don José Sebastián de Urrutia y de doña Ángela María de Landaburu, otorga poder para testar a su hermano don Ignacio Javier de Urrutia, a quien nombra también albacea. Declara ser soltero. Nombra como herederos universales a sus padres.
Don Alonso José Gatica, cura de esta parroquia y Vicario Foráneo de ella, otorga que ha recibido de don Ignacio Javier de Urrutia, del Comercio de España y residente en este pueblo, la cantidad de 500 pesos, los cuales se ocuparan para costos de construcción de la capilla del crucero de la antigua parroquia.
Don Nicolás Manuel Fernández, del Comercio de España y vecino del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de Ignacio Javier de Urrutia, residente en esta vecindad, como apoderado de los hijos del Reino de Navarra, Señorío de Vizcaya y Provincias de Guipúzcoa y Álava, residentes en este pueblo, la cantidad de 1, 000 pesos en dinero de contado, los cuales carga a censo redimible sobre dos casas de su propiedad, con réditos de 5% anuales, para que con ellos cuide del aseo, culto y adorno de la capilla y altar que en dicha parroquia tienen consagrada las 4 Provincias. Dichas casas se encuentran en este pueblo, una en la Calle Nueva que reporta sobre su valor 500 pesos de censo redimible, pertenecientes a obra pía.