Don Rafael Pensado y Barradas de esta vecindad y comercio, otorga que ha recibido de don José Bernardino Alcalde, la cantidad de 2 000 pesos en moneda corriente, y en consecuencia se obliga a satisfacer dicho capital, así como los premios que tienen pactados en la forma que aparecen en el papel de condiciones, agregado a este registro. Y para seguridad del referido capital y de sus premios, el comparente en consorcio de la señora doña María Margarita Barradas, su madre y albacea del finado don Cipriano Pensado y Navarrete, hipotecan una casa propiedad de la testamentaría de Cipriano, ubicada en esta ciudad de Xalapa en la calle de Alba, a la que hace su frente al poniente formando esquina y otro frente por el sur con el callejón de la Cerbatana o Bochas y del otro lado casa de don Juan de Bárcena, lindando por oriente que es su fondo con casa de don Pedro Telmo Landero y González, y por el costado del norte con casa que pertenece al tercer orden de San Francisco, y la cual se obligan a no vender ni disponer de ella entretanto no este cubierto el referido crédito y sus premios.
Sem títuloDon José Antonio de Bárcena, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Juan de Bárcena, de este comercio y vecindad, padre legítimo de su esposa doña Gabriela de Bárcena y Zugadi, la cantidad de 13 000 pesos, correspondiente a la herencia materna de su consorte.
Don Juan de Bárcena, de este comercio y vecindad, otorga en arrendamiento a favor de don Pedro Francisco de Villa, vecino de la hacienda del Encero, el sitio de ganado mayor llamado El Coyole, con todas las tierras, pastos y abrevaderos, el arrendamiento ha de durar 6 años, al fin de cada dos años le ha de entregar 482 pesos 6 y medio reales, además del estipulado arrendamiento para satisfacerle los 965 pesos 5 reales que importó el traspaso de los enseres de la tienda de Corral Falso; incluye otras cláusulas y condiciones que se describen en la escritura.
Don Juan Esteban de Elías, natural de la Villa de Soto, Obispado de Calahorra, provincia de la Rioja, soltero mayor de 60 años, hijo legítimo de don Juan [de] Elías y de doña María Pérez, difuntos; otorga poder para testar a don Juan de Bárcena, Capitán Retirado de Milicias y a don Domingo Franceschi, ambos de este comercio, para que en su nombre y después de sus días ordenen su testamento en la forma y con arreglo a la memoria de comunicados firmada por él.\t
Don Pedro Francisco de Villa, natural del pueblo de [Atzalan], Jurisdicción de Jalacingo, avecindado en la Hacienda el Lencero, hijo legítimo de don Andrés de Villa y doña Josefa Cabañas, difunta, otorga su testamento donde declara está casado con doña Juana Pérez Pensado, con quien ha procreado a María de la Luz, de 13 meses de edad. Declara que la Hacienda el Lencero, perteneciente a los bienes del finado don Manuel Antonio del Valle, la tiene en arrendamiento por 4 años, pagando de renta anual 1 500 pesos, de cuyo arrendamiento restan 15 o 16 meses, teniendo los pagos en orden. Declara como bienes una tiendita en el paraje de Corral Falso, en terreno y casa perteneciente a don Juan de Bárcena, a quien las tiene arrendadas, cuya tienda asciende a 2 000 pesos, de cuyas utilidades que produce la mitad pertenece a su hermano don José Pensado. Nombra como albaceas a su esposa doña Juana Pérez Pensado, junto con don Juan Antonio Pérez Pensado, padre de su esposa, y a don Cipriano Pensado, hermano político del otorgante. Y como heredera universal designa a su citada hija y al póstumo o póstuma de que se halla grávida su mujer.
Don Joaquín de Castillo y Bustamante, Caballero de la Orden de Santiago, como presidente, el Capitán don Juan Francisco Carasa, don José María de Goiri, don Francisco Antonio de Ortigosa, don Manuel Rincón, y demás personas que integran el Ilustre Ayuntamiento, otorgan que han recibido de los albaceas del finado don Juan de Bárcena, primer patrono que fue de la escuela de primeras letras que mandó fundar don Manuel de Boza, y que lo son don José Antonio de Bárcena, don José Antonio del Valle, y don Juan Francisco de Bárcena, la cantidad de 11 000 pesos, que dicho cuerpo se obliga a tener en su poder como depósito irregular, por tiempo de 5 años, pagando premio de 5 % anuales.
Doña María Josefa, doña [María] Francisca, doña María de Jesús y doña [María] Micaela González y Guevara, hermanas, mayores de 25 años, han recibido antes de ahora, en varias partidas, del finado don Juan de Bárcena, la cantidad de 1 000 pesos, cuya cantidad se obligan a pagar a sus albaceas o herederos en el término de dos años y pagar el 5% de réditos anuales, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de sus acreedores, hipotecan una casa y cuatro asesorías separadas de la primera, ambas ubicadas en esta Villa, la primera situada en la esquina de la Calle de Alba y Callejón de la Cerbatana que va para el juego de bochas, y las asesorías situadas en el referido Callejón de la Cerbatana.
Don José Antonio del Valle, don Juan Francisco de Bárcena, doña María del Rosario de Bárcena, don Juan Bautista Garaicoechea, los dos primeros albaceas y todos herederos del difunto don Juan de Bárcena, por sí unos y otros en representación de sus esposas, hijas del difunto; y don Juan Antonio de Bárcena, curador ad liten de la menor doña Ramona de Bárcena, también heredera, y apoderado de don Martín Sánchez y Serrano, del comercio de Veracruz, marido de doña María Josefa de Bárcena, hija del referido finado; venden a favor de don José Antonio de Bárcena, marido de doña Gabriela de Bárcena [y Zugadi] hija del finado, las existencias todas de géneros, frutos, semillas, utensilios y cuanto concierne a la tienda y giro de comercio que el finado tenía establecido en los bajos de su casa mortuoria, bajo los pactos y condiciones que para su efecto propuso el comprador y que en esta escritura se mencionan. La venden por precio de 43 363 pesos y 7 reales.\t
Don Juan Bautista de Garaicoechea, de este comercio y vecindad, marido y conjunta persona de doña Manuela de Bárcena, ha recibido de don José Antonio de Bárcena, de don José Antonio del Valle y de don Juan Francisco de Bárcena, como albaceas del finado don Juan de Bárcena, padre de su esposa, la cantidad de 6 154 pesos uno y tres cuartillas reales, que en varias partidas y antes de ahora le han entregado de los bienes que quedaron por muerte de don Juan de Bárcena y que pertenecen a dicha su esposa. Cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito, junto con 13 000 pesos que anteriormente percibió del haber hereditario materno de su esposa.
Don José Antonio y don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, como albaceas de su finado padre don Juan de Bárcena, otorgan poder general a don Martín Sánchez y Serrano, hermano de los otorgantes, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en sus nombre y representando la testamentaria que esta al cargo de ambos cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, géneros, bienes, muebles, raíces y otros que le deban a la dicha testamentaria. Y para que lo defienda en todos sus pleitos, causa y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.