Don Alonso de Somoza, Alférez Reformado de uno de los Regimientos de los Reales Ejércitos, residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Pedro Guido, Procurador del Número de la Real Audiencia de Guadalajara, para que se presente ante el Presidente y oidores de la Real Audiencia y le den testimonio del recibimiento que hizo dicha Real Audiencia y sus tribunales al Señor Juan de Somoza, tío del otorgante, cuando tomó posesión de oidor de ella, habiendo venido a ejercer este empleo de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda,
Don Alonso de Somoza, vecino de España y residente de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Licenciado don Félix de Sierra, Abogado de la Real Audiencia de la Ciudad de México y Agente fiscal de la misma, para que lo represente ante la acción que pretende defender ante Su Alteza, los Señores Presidentes y Alcaldes del Crimen de la Audiencia Real de esta Nueva España en virtud de los documentos que se le tiene remitidos.
Don Bernardo Cervantes, Procurador de Número, se presentó a declarar por parte de Alonso de Somoza, diciendo que éste es residente en el pueblo de Jalapa, casado en Sanlúcar de Barrameda con Jerónima Fernández Pardo, a quien le había solicitado una licencia en la que pedía se le librase despacho, la que se le remitió por el tiempo de 3 años para que afianzando con Juan Santiago Lobo de que se regresaría a España en las urcas, y obligándose dicho fiador de que remitiría testimonio de haberse embarcado en ella, por lo que se le alzare la carcelaria y se le excusase el embargo de sus bienes. De todo lo mencionado, el Escribano Manuel de la Roja y Castillo, vecino de Veracruz, mandó certificación, señalando que Somoza había embarcado el día 25 de marzo del presente año, en la urca nombrado San Juan, y pedía se cancelara la fianza dada y se le diere testimonio de haber cumplido con lo mandado.
Don Juan Santiago Lobo, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, dijo que don Alonso de Somoza, se encuentra preso en los recintos de este pueblo por ser casado en España, procediéndose al embargo de sus bienes, razón por la que dicho Somoza recurrió a la Sala del Crimen para solicitar se le alzase el embargo de sus bienes y se le relajase la carcelería bajo fianza. Petición que fue aceptada con la condición de que diese 1, 000 pesos o un fiador para que se obligue a verificar el regreso o embarque de su persona a España; señalando de este modo a don Juan Santiago Lobo, que se constituye como fiador de dicho Somoza, quien se embarcará para España en las primeras arcas que regresarán a España y por tanto se ofrece en dar testimonio de este hecho a los 15 días de verificado éste, y por su falta exhibirá los 1, 000 pesos en la Sala del Crimen.
Don Alonso de Somoza, Escribano del Navío nombrado “La Perla”, de la flota a cargo del señor Marqués de Casa Tilly, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, en los Reinos de Castilla y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José Fernández de Arroez, vecino de la Ciudad de Guadalajara, para que comparezca ante la Real Audiencia de Guadalajara, donde solicite copia de los testamentos de su tío el señor don Juan de Somoza y demás papeles que le pertenecen.