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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANX-P-0042-PX_0042_0037 · Stuk · 13/05/1769
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Oduyer, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Pedro Yoldi, vecino de la nueva Ciudad de Veracruz, para que cobre a cualesquier persona, admita las fianzas e hipotecas en especial la fianza de don Jacinto Mugarte, Capitán de Navío, al cual debe cobrar la cantidad de 5, 700 pesos, tal como establece la escritura de riesgo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0050-PX_0050_0003 · Stuk · 07/01/1778
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Miguel de Ichaso, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio de Oduyer, su yerno, vecino de Cádiz, para que comparezca ante las justicias, junto con don Miguel Antonio de Ichaso, hijo del otorgante y residente en la Ciudad de Cádiz, para administrar los bienes que adquiera en las diligencias que efectué.

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MX UV.USBIX ANX-P-0042-PX_0042_0133 · Stuk · 03/02/1770
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Oduyer, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 22, 600 pesos, los cuales ha recibido de don Antonio de Alba, vecino de España y residente en este pueblo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0046-PX_0046_0037 · Stuk · 12/05/1775
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Julián Ocalaghan, vecino de España, residente en el pueblo de Jalapa, por vía de codicilo nombra como albacea testamentaria a don Miguel de Ichaso, vecino de España, residente en este mismo pueblo, en lugar de don Antonio Oduyer y don Juan Santiago Lobo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0046-PX_0046_0040 · Stuk · 27/05/1775
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Miguel de Ichaso, vecino de España, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Alonso de Ichaso, su hijo, junto con don Antonio Oduyer, su yerno, para que pidan, reciban y cobren de cualquier persona, de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de pesos, oro, plata, géneros y otras mercancías que le deban.

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MX UV.USBIX ANX-P-0045-PX_0045_0106 · Stuk · 05/03/1774
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Julián Ocalaghan, del comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Oduyer, para que en su representación saque a su consignación, de las casas y lugares que le quisieren confiar a riesgo de mar y premio de tierra, todos los géneros, frutos y efectos que le quieran confiar en la forma en que se lo haga saber por cartas misivas.

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MX UV.USBIX ANX-P-0045-PX_0045_0109 · Stuk · 09/03/1774
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Oduyer, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, exhibió poder general que le confirió don Antonio Butler y Compañía, nombrada “Butler y Mateus”, hecho en Cádiz, el cual sustituye en don Vicente Francisco Vidal, para que en nombre de dicho Butler y Compañía, cobre judicialmente a las personas que le adeuden las cantidades de dinero, mercaderías y otros, a través de libranzas, préstamos, y demás documentos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0045-PX_0045_0110 · Stuk · 09/03/1774
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Gregorio Chasco, vecino de la Ciudad de Veracruz, residente en este pueblo de Jalapa, otorga que debe y se obliga a pagar a don Antonio Oduyer, del Comercio de España y de esta misma residencia, la cantidad de 4, 477 pesos 3 ½ reales, mismos que se obliga a pagar en todo el mes de mayo del presente año a don Miguel de Ichaso o a quien en su derecho representare, y para seguridad de dicha deuda hace hipoteca especial de una tienda suya, que posee en la Ciudad de Veracruz, bajo la administración de don Agustín Fernández.

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MX UV.USBIX ANX-P-0043-PX_0043_0260 · Stuk · 03/11/1772
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Oduyer, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de don Ignacio Maestre, la cantidad de 1, 150 pesos de a 128 cuartos cada uno, mismos que le suplió a riesgo de mar don Tomás Patricio Ryan, vecino de Cádiz, quien se obligó a pagar en este reino al otorgante como principal consignatario, y en virtud de que ha recibido la dicha cantidad, da por cancelada la escritura de obligación.