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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0041-PX_0041_0237 · Unidad documental simple · 17/11/1768
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Rincón, doña Felipa Rincón, y don José Simón Rincón, junto con doña Catarina Viviana Ortiz de Zárate, viuda de don José Antonio Rincón, difunto y hermano de los primeros; madre, tutora, curadora y defensora de su hija menor, doña María Gertrudis Rincón, herederos del Bachiller don Juan Antonio Rincón, difunto hermano de los anteriormente mencionados, los cuales por ser hijos de 2 diferentes matrimonios, los difuntos del primer matrimonio y los vivos del segundo matrimonio, tienen algunas diferencias, por lo cual acuerdan acudir ante un juez, para realizar el inventario y partición de bienes de su difunto hermano.

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MX UV.USBIX ANX-P-0043-PX_0043_0033 · Unidad documental simple · 20/03/1771
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Ana Felipa Rincón, doncella mayor de 25 años, don José Simón Rincón, doña Catarina Viviana Ortiz de Zárate, viuda de don José Antonio Rincón, tutora de su hija doña María Gertrudis Rincón, todos vecinos de este pueblo de Jalapa, herederos de don José Antonio Rincón y de su difunto hermano don Juan Antonio Rincón, Presbítero, de cuya herencia dejaron una casa, de la cual queriéndose dividir lo que les tocaba de ella la pusieron a la venta, y no habiendo comprador, el dicho coheredero y albacea del venerable, don Manuel José Rincón ofreció por dicha casa la cantidad en que esta valuada que son 2, 078 pesos, a quien otorgan se la adjudican por la mencionada cantidad.

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MX UV.USBIX ANX-P-0045-PX_0045_0167 · Unidad documental simple · 16/08/1774
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Catarina Viviana Ortiz de Zárate, viuda de don José Antonio Rincón, tutora y curadora de la persona y bienes de su hija doña María Gertrudis Rincón, dijo que por muerte del hermano de su esposo, el Bachiller Juan Antonio Rincón, se formaron inventarios de sus bienes, de los cuales a su hija como heredera de su padre le tocaron 600 pesos que estaban en poder de su hermano don Manuel Rincón, por lo otorga que ha recibido de dicho Manuel, la cantidad señalada en dinero de contado, la cual entregará a su hija para cuando tenga la edad para recibirlos, obligándose a vestirla, alimentarla, y para su seguridad hace hipoteca de la casa de su morada que se compone de 28 y tercias varas de frente con su sitio de 58 varas.